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Publicado el Ambiente y Sociedad

El constante problema de la tierra en el Gran Sumapaz: Desde 1821 hasta 2018

Primera Publicación: Asociación Ambiente y Sociedad

Trabajo de investigación, María Alejandra Hernández Ramírez –Estudiante de historia, Universidad Nacional.

La tierra ha sido el principal foco de los conflictos ocurridos en Sumapaz. La legitimación de la propiedad de la tierra a manos de los gobiernos de turno desde la proclamación de la República creó una cantidad de procesos injustos de despojo de la tierra y de acumulación de otros en latifundios. El objetivo de este texto es explicar la gestión legal y los conflictos territoriales, teniendo en cuenta los antecedentes legales desde la declaración de la República en el siglo XIX y la abolición de los resguardos que desplazó a los habitantes del páramo en su momento, hasta la firma de los Acuerdos de paz del gobierno nacional a cargo de Juan Manuel Santos con la guerrilla de las FARC-EP en el año 2016 y la finalización del mismo gobierno en el 2018. En este sentido, se explicarán varios hechos importantes que ocurrieron durante este periodo de tiempo y que transformaron las formas de organización territorial en la región del Gran Sumapaz. La línea del tiempo que se describe en este texto también se encuentra de forma interactiva y de acceso libre en el siguiente enlace:

Ver línea de tiempo: (https://www.tikitoki.com/timeline/entry/1673475/El-constante-problema-de-la-tierra-en-el-Gran-Sumapaz/).

El repartimiento de tierras indígenas

En 1821 la consolidación de la república estaba en juego y eran varios los aspectos políticos y sociales que se querían modificar a favor de los derechos modernos, entre ellos el derecho a la propiedad privada. Surge la necesidad de privatizar las tierras comunales indígenas y abolir sus tributos para aprobar la recaudación de los impuestos directos a la propiedad privada, este fue un mecanismo fundamental para construir una ciudadanía participativa, de la que no hacían parte las comunidades indígenas. De acuerdo con la investigación de Lina del Castillo (2006) “‘Prefiriendo siempre á los agrimensores científicos’. Discriminación en la medición y el reparto de resguardos indígenas en el altiplano cundiboyacense, 1821-1854”, este proceso tuvo acuerdos legales, políticos y tecnológicos: aparece un nuevo trabajador, el agrimensor, que se encargaba de medir y dividir las antiguas tierras indígenas en terrenos vendibles para su privatización. El agrimensor y quien lo nombraba tenían un gran poder sobre la distribución de las parcelas de los resguardos.

Los resguardos indígenas fueron entidades territoriales, de propiedad comunal y autonomía política; sin embargo, el 11 de octubre de 1821 se dicta la ley nacional Sobre la abolición del tributo, i repartimiento de los resguardos de indígenas, por el cual los indios pasaron a llamarse indígenas y se regirían por las mismas leyes que los demás ciudadanos.

Esta ley fue aplicada con dificultad porque muchas veces el trabajo de los agrimensores quedaba incompleto y no se lograba medir todo el territorio del resguardo; por ejemplo, para 1938 tan solo 6 resguardos habían sido medidos y divididos de un total de 60 contabilizados en la provincia de Bogotá. Lina del Castillo en su investigación muestra una tabla de los resguardos medidos en la provincia de Bogotá desde 1832 hasta 1860, entre los que se encontraban los resguardos indígenas de Tibacuí, Yanaconas y Pasca en el cantón de Fusagasugá, ahora municipios pertenecientes a la provincia de Sumapaz.

La ley demandaba dividir el terreno en doce partes iguales: una de ellas pertenecería a la parroquia local, otra parte al agrimensor, como pago por su trabajo, y las 10 partes restantes a las familias tributarias indígenas; esto quiere decir que solamente los hombres, quienes podían demostrar que habían sido tributarios antes de la abolición de este impuesto, eran elegibles para reclamar uno de estos lotes.

Las mujeres indígenas solteras o que se casaron con hombres que no pagaban tributo tenían que demostrar que eran hijas de un hombre que sí pagó tributo, de lo contrario no tenían derecho a su tierra. Un problema común en el proceso de repartición de resguardos fue la corrupción: gobernadores de las provincias, como la de Bogotá, nombraban a un agrimensor a su conveniencia sin tener en cuenta las necesidades de los jefes de cantón, ni de cabildo, mientras los agrimensores se apropiaban de las mejores tierras divididas en forma de pago. A partir de 1850, la labor de medir los resguardos se aceleró y, ese mismo año, los indígenas obtuvieron el derecho de negociar sus tierras sin restricción.

El repartimiento de las tierras baldías

En 1850 el 75 % del territorio colombiano era terreno baldío por el que nadie reclamaba el derecho de propiedad. La falta de una reforma agraria que pudiera beneficiar a los campesinos y familias sin acceso a la tierra generó conflictos entre ellos y contra los terratenientes (Clavijo Bolaños, p. 20). Dos décadas más adelante se expidieron: La Ley 61 de 1874 que otorgaba la propiedad de un terreno a cualquier colono que la trabajara en cultivos de exportación: como café, caña de azúcar y cacao, pero también a colonos que la hubieran habitado por más de 5 años. Y la Ley 48 de 1882 que limitaba las adjudicaciones de baldíos de más de 5000 hectáreas, pero protegía la propiedad de quienes se habían apropiado de tierras baldías con anterioridad, lo que dejaba a grandes latifundios intactos (Daza Rincón, p. 50). Durante estos años proliferó la creación de grandes propiedades extensivas y se vivió una expansión demográfica por la llegada de un gran número de campesinos provenientes de Boyacá y otros municipios de Cundinamarca.

Los nuevos colonos llegaban en busca de oportunidades laborales en las haciendas y de tierras baldías para asentarse. Debido a este crecimiento demográfico en 1895 se fundó la Provincia de Sumapaz como una subdivisión del Departamento de Cundinamarca y se eligió a Fusagasugá como su capital como lo ha sido hasta hoy.

Años más tarde, la ley 71 de 1917 se expide luego de un fuerte conflicto entre los colonos del recién fundado municipio de Cabrera y la familia Pardo Roche, dueños de la Hacienda Sumapaz.

En el conflicto los colonos respondieron con violencia al desalojo ordenado por una querella puesta por la familia Pardo. La ley buscaba facilitar los trámites para que colonos y pequeños cultivadores obtuvieran baldíos y la indemnización por el desalojo. El propósito final de los colonos era ser reconocidos como propietarios. En virtud de esta ley se entregaron 29 predios a los colonos del municipio, aunque algunos de ellos fueron beneficiados con más de 100 hectáreas, pasando de su condición de colonos a ser terratenientes (Daza Rincón, pp. 54-55).

El régimen de haciendas y la colonización del Gran Sumapaz

La región del Sumapaz se caracterizó por la formación de grandes haciendas, unas a través de la adulteración de linderos en tierras baldías y otras se constituyeron sobre antiguos resguardos indígenas. Hacia 1908, campesinos provenientes del Tolima inician un proceso de colonización de tierras baldías. Al tiempo que se da esta oleada colonizadora, se instala un régimen hacendatario que se constituye como un modelo de explotación agraria y que genera unos antagonismos entre campesinos y propietarios. Algunas de las haciendas que nacen en este periodo son la de Sumapaz alto, el Chocho, Doa y el Hato (Pineda, p. 13).

Por su parte, Elsy Marulanda resume el conflicto agrario en dos reclamos: por el derecho a la propiedad de la tierra para su cultivo y por el derecho a la comercialización de sus productos. Entre 1925 y 1936 el conflicto se movió en medio de litigios judiciales e invasión de tierras, sin embargo, el Congreso de la República respondió a favor de resolver el conflicto con la aprobación de una ley.

La ley 200 de 1936 permitía obtener la propiedad de un terreno bajo unas condiciones: que un terreno fuera poseído, es decir, explotado económicamente, que existiera un documento legal que comprobara el dominio del predio por más de 30 años y que se pagara el valor del suelo. Otros terrenos no explotados económicamente fueron establecidos como baldíos. Sin embargo, la Ley no se refiere a la situación de arrendatarios de predios rurales, dejando por fuera a una cantidad de campesinos que sufrían las injusticias de los contratos de las haciendas. Los colonos se defendieron pidiendo las parcelas que ellos llevaban ocupando durante mucho tiempo, recurrieron a vías de hecho como la invasión a lo que las autoridades respondieron con la represión de la fuerza policial.

En palabras de Freddy Pineda y de forma más crítica, esta Ley de tierras no fue más que la legitimidad de la propiedad privada y sobre todo la defensa de los latifundios y para nada la democratización de la tenencia de la tierra. La Ley 200 también fue una estrategia política e ideológica, ya que en un momento logró apaciguar las inconformidades y la movilización campesina, mientras la ley protegía los intereses latifundistas.

Colonia Agrícola del Sumapaz

La Ley 114 de 1922 y el Decreto 1110 de 1928 legalizaron la creación de colonias agrícolas en terrenos baldíos, de esta manera se constituyó la Colonia Agrícola del Sumapaz como un movimiento agrario que se encargó de dirigir los procesos de colonización, del reclamo de las tierras apropiadas por latifundistas y de la organización colectiva. El movimiento fue fundado por Erasmo Valencia, uno de los primeros líderes campesinos en Sumapaz.

Los gobiernos conservadores de la época respondieron en dos sentidos: la parcelación de las peores tierras para campesinos y la fuerte represión a los colonos movilizados (Pineda, pp. 13-14). Los campesinos encontraron un apoyo en el Partido Comunista, que propuso como estrategia la creación de la “Autodefensa de masas”, la cual fue una organización campesina y una de las primeras guerrillas. La Autodefensa de masas continuó estimulando la toma de tierras, la defensa de la vida y de la comunidad. La lucha armada fue la respuesta a la persecución estatal a pesar del esfuerzo político y social que hasta ahora se había llevado a cabo en la región (Pineda, p. 18).

Luego de una amnistía ofrecida por el gobierno del general Rojas Pinilla a la guerrilla recién formada, la organización se comprometió a terminar con las acciones hostiles. El movimiento agrario del Sumapaz era uno de los más fuertes y el que más beneficios le generó al campesinado. Para los gobiernos del Frente Nacional (1958-1974), este movimiento fue motivo de preocupación ante la posible entrada del comunismo (Varela y Duque, pp. 180-181).

La creación del Instituto Colombiano para la Reforma Agraria (INCORA) y la gestión de Juan de la Cruz Varela como funcionario público permitieron la celeridad de la adjudicación de predios a campesinos y la formalización del Sindicato de Trabajadores Agrícolas del Sumapaz (SINTRAPAZ), una organización que se ha ocupado de la defensa de la tierra y de los derechos del campesinado desde 1962 hasta hoy (Daza Rincón, p. 66). Desde 1934, Juan de la Cruz Varela surge como líder comunitario ocupando cargos en la Sociedad Agrícola de la Colonia de Sumapaz y como concejal del municipio de Icononzo, durante estos años también sufre hostigamientos y persecuciones por ser uno de los líderes del Gran Sumapaz (Daza, pp. 62-63).

El campesinado siguió siendo agredido y amenazado, sin embargo, esto no impidió que el movimiento se fortaleciera. En la década de 1970 se crean las Juntas de Acción Comunal (JAC) en Sumapaz, estas son unas organizaciones sin ánimo de lucro en las que participan vecinos de las veredas. A través de estas Juntas se gestionaron diferentes obras públicas como caminos (de Cabrera a Bogotá), escuelas, electrificación de veredas, etc. Aunque históricamente el acceso a la tierra había sido la principal reivindicación, durante esta década y la siguiente, el movimiento se dedicó a exigir el mejoramiento y la adquisición de servicios públicos (Daza Rincón, pp. 67-68). Sin embargo, durante este mismo periodo de tiempo, las FARC-EP aparecen en la región como una guerrilla consolidada militarmente. En 1982 la guerrilla realizó su séptima conferencia en la que surge una estrategia de expansión hacia Bogotá denominada “urbanización de la guerra”. El Gran Sumapaz resultó ser un territorio estratégico por su histórica lucha agraria, su participación política y por ser un acceso a la capital del país (Cadavid Mesa, pp. 29-30).

Zonas de Reserva Campesina (ZRC)

Frente a un panorama de miseria y de pobreza rural que las instituciones distritales y nacionales no han podido suplir, surge la Zona de Reserva Campesina (ZRC) del Sumapaz, como una iniciativa organizativa de la población de la región con el fin de mejorar las condiciones de vida de la comunidad y de preservar el páramo. La ZRC como un espacio que vincula a las diversas posiciones campesinas en temas económicos, sociales y políticos, también ha sufrido el abandono estatal (Vargas Figueroa, pp. 8-10).

Desde la creación de las ZRC en 1994, se pusieron en marcha 6 zonas en todo el país, entre ellas la de Cabrera en Sumapaz, que contaba con un total de 44.000 hectáreas para 9.300 habitantes. Sin embargo, durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez (2002-2010) los avances en la constitución de esta se vieron estancados debido a una nueva legislación que buscaba su eliminación. Al mismo tiempo, la estigmatización de estas zonas y de los movimientos campesinos justificaron la militarización de las ZRC. Finalmente, la respuesta de la comunidad ha sido la autodeterminación y autonomía del campesinado, sin la aprobación oficial, continuando activas hasta el día de hoy (Vargas Figueroa, p. 56).

El gobierno de Juan Manuel Santos (2010-2018), tampoco se comprometió con las organizaciones campesinas. A partir de unas políticas para el crecimiento del sector agropecuario se produjo un plan de desarrollo con el fin de aumentar la productividad y la competitividad en el campo. Sin embargo, este plan no dejó de beneficiar a las agroindustrias o a las economías extractivistas. Estas políticas neoliberales desconocieron los objetivos de las ZRC que buscaban fomentar las economías campesinas y superar las causas de los conflictos sociales de la región (Vargas Figueroa, pp. 57-58). Finalmente, durante el mismo gobierno se desarrolla un proceso de paz y se firman unos Acuerdos entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC-EP en el año 2016. Los Acuerdos abrieron la posibilidad de terminar con la estigmatización y la violación de derechos humanos que el conflicto armado había generado contra el movimiento campesino en Sumapaz. Los Acuerdos también permitieron reformular las demandas de la comunidad en defensa del territorio incluyendo al páramo, el agua y la biodiversidad dentro de estas (Daza Rincón, p. 96).

Conclusión

Los conflictos en torno a la tierra en la región del Gran Sumapaz han sido constantes desde la colonia y, como se explicó en el texto, durante toda la república hasta hoy. Las gestiones legales por parte de los gobiernos y las luchas reivindicativas de los indígenas y los campesinos mantuvieron encendidos los conflictos, pero también las respuestas organizativas de las comunidades. El movimiento agrario del Sumapaz fue indispensable en la resolución de las disputas legales por la propiedad de la tierra, el mejoramiento de las condiciones de vida y, más recientemente, por la defensa del territorio campesino y del páramo como ecosistema. A lo largo de dos siglos fueron varios los actores sociales: los indígenas, los campesinos, los latifundistas, los gobiernos nacionales y locales, el movimiento agrario, las guerrillas revolucionarias, etc., que intervinieron en la situación de la tierra y de su propiedad a través de decretos, leyes, demandas, acciones violentas e iniciativas organizativas y comunales. La tierra en Sumapaz se ha repartido, se ha utilizado como zona de guerra y de aprovechamiento económico, pero actualmente los Acuerdos de paz han permitido luchas por la defensa a favor de la recuperación ambiental y de los usos agroecológicos del campesinado.

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