Con los pies en la tierra

Publicado el Observatorio de Tierras

La cuestión Agraria. Tierra y posconflicto en Colombia. Reseña

Rubiela Varón, investigadora del Observatorio

El libro escrito por Juan Camilo Restrepo junto a Andrés Bernal Morales y publicado a mediados del año 2014, analiza el estado de la llamada cuestión agraria en Colombia, durante la primera administración de Juan Manuel Santos (2010-2014). Los autores dividen el libro en tres grandes temas, en primer lugar, presentan lo que fueron los principales logros de Restrepo como cabeza del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a saber: dar inicio a la Política de Restitución de Tierras; impulsar el proceso de formalización de la propiedad agraria y de recuperación de baldíos; y revitalizar el debate sobre el desarrollo rural, asunto que parecía sepultado o prohibido en la agenda pública.

En segundo lugar, se presenta de forma pedagógica el contenido del primer punto del Acuerdo con las FARC, Reforma Rural Integral, además de una mirada histórica al programa agrario de esta guerrilla y su evolución, lo que los autores denominan como una “arqueología ideológica de las FARC”.

En tercer lugar, el interés de los autores era elevar una voz de alerta, pues un año después de la salida de Restrepo del Ministerio y bajo la gestión de Rubén Darío Lizarralde, era ya notable que algunas de estas políticas estaban iniciando un retroceso; como sucedió por ejemplo, con lo referente a la formalización de la propiedad y a la recuperación de baldíos para la nación. Estos son los temas que al modo de ver de los autores, definieron la cuestión agraria entre el 2010 y el 2014.

De todo el contenido del libro quiero destacar el abordaje dado por los autores a las críticas que, desde varios sectores políticos y la opinión pública, se le ha realizado a la Política de Restitución de Tierras: ha sido calificada de ineficiente, injusta o de ser un instrumento de manipulación del gobierno, entre otras cosas. La ineficiencia, que podría ser la crítica más sólida a la política, haría referencia especialmente a que los resultados de la Unidad de Restitución de Tierras no cumplen con las metas trazadas en el CONPES 3712, entre ellas, atender 360 mil reclamaciones durante los diez años de vigencia de la Ley 1448 del 2011. Según el informe de la Procuraduría Delegada para Asuntos de Restitución de Tierras, en los primeros tres años y medio de su implementación, se tramitaron 31.176 solicitudes de restitución, de las cuales sólo 3.045 demandas fueron admitidas en sede judicial, dando como resultado  972 fallos de restitución de tierras.

Ante este ritmo lento de la implementación, afirman los autores como defensa, que el proceso administrativo y judicial simplemente no puede ir más rápido, y que en efecto, la Política redujo por lo menos en quince años los procesos de restitución por la vía ordinaria, quedando cada proceso sujeto a su resolución en un tiempo que va entre nueve y doce meses. Por otro lado, aseveran que aún con estos resultados, la Política resulta ser de lejos más eficiente que otros instrumentos jurídicos empleados en el pasado para la restitución o recuperación de predios, como la Ley de Justicia y Paz, ─que en nueve años de implementación permitió la restitución de veintidós predios─ y la Ley de Extinción de Dominio, ─que en doce años de ejecución arrojó la cifra de setecientos treinta predios recuperados─. Ahora bien, aunque los autores nunca lo mencionan, podría aseverarse que buena parte del problema radica en el “trancón judicial”, en el que terminan los procesos que gestiona la URT ante los estrados judiciales. Ligado a lo anterior, otra gran limitación que va más allá de la capacidad institucional de la URT, es que Colombia posee una estructura de tenencia de la tierra caracterizada por un altísimo nivel de informalidad, lo que dificulta aún más, los procesos judiciales.

No obstante, estos obstáculos resultan de segundo nivel frente a otro de mayores proporciones, como lo es la falta de garantías en materia de seguridad. Señalan los autores que evidentemente, adelantar un proceso de restitución de tierras en medio del conflicto armado no es fácil y requiere del apoyo de las autoridades competentes para garantizar la seguridad, tanto de los reclamantes, como de quienes intervienen en el proceso (funcionarios, jueces agrarios). La pregunta en este caso es si el sector de Seguridad y Defensa está realizando todos esfuerzos necesarios para facilitar el proceso de restitución de tierras, teniendo en cuenta la responsabilidad que por ley le compete en el mismo.

Como se sabe, la implementación de la restitución depende no solo del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, sino también del Ministro Defensa Nacional, pues ambos son quienes definen las áreas de ejecución de la Política. En ese caso, la veeduría no sólo debería ejercerse hacia el Ministerio de Agricultura y en particular, hacia la Unidad de Restitución de Tierras, sino también sobre el Ministerio de Defensa, sector al que los autores se refieren solo de soslayo. Finalmente, leyendo el trabajo de Restrepo y Bernal queda la impresión de una indudable falta de articulación con los sectores del Estado corresponsables para llevar a buen término el proceso de restitución de tierras, asunto que valdría la pena abordar en otra entrada de este blog, centrando la atención en el tema de la seguridad del proceso de implementación.

 

Otras Fuentes

Procuraduría Delegada para Asuntos de Restitución de Tierras. (S.F). ¿Cómo va la Restitution de Tierras? Resultados de la fase administrativa y judicial. Documento en línea consultado el 20 de diciembre de 2016. Disponible en: [http://www.procuraduria.gov.co/portal/media/file/Restitucion.pdf]

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