Desde que fue nombrado De Roux Presidente de la Comisión de la Verdad, me pregunté por qué un sacerdote jesuita habría sido llevado a tan delicada responsabilidad.
Luego de la conmovedora presentación de Ingrid Betancur ante la JEP finalizando 2018, le escribí a la JEP pidiéndole que admitiera mi testimonio personal acerca de las múltiples responsabilidades que le caerían a la Iglesia Católica en el origen, desarrollo y resultados de la violencia política colombiana.[i]
En un primer petitorio, le propuse a la JEP, entre otros que:
Estoy en capacidad de mostrar, con su venia jurisprudencial, hasta qué tanto el papel de la mencionada institución multinacional, formalmente religiosa pero fácticamente política, ha sido el de inspirar en la forma y el fondo la violencia política en Colombia (no sólo aquí ni ahora, por supuesto).
Y concluyendo esa solicitud, casi premonitoriamente, dejé ante la JEP esta advertencia:
(Ante la eventualidad de acudir, en sustitución, a la Comisión de la Verdad) contra ella “…preavisaría mi desacuerdo porque la presidenciatura de la misma, que el Estado le ha otorgado al sacerdote jesuita católico Francisco De Roux, de facto establece impedimentos para que esa entidad conozca testimonios precisamente de la forma y fondo de los que estoy en capacidad de ofrecerle a la JEP.[ii]
Nueve meses después, la Secretaria Ejecutiva de la JEP me respondió que: “… la Jurisdicción no ha contemplado la escucha individual de casos particulares (sic) como el que usted menciona… (abriendo, sin embargo, la posibilidad de hacerlo si ‘me organizara como víctima’).”[iii]
Desilusionado mas no derrotado, apareció inevitable acudir a la CV para ventilar mis argumentos y en enero del 2021, le presenté el siguiente petitorio[iv]:
Derecho de Petición solicitando respetuosamente que la Comisión de la Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (CV) llame a declarar a la Iglesia Católica en cabeza de su Conferencia (Consejo) Episcopal Colombiana(o) (CEC) o de quien corresponda, como presunta cogestora, instigadora, cómplice, agente negociadora y/o beneficiaria de la violencia política en Colombia, en el marco de la misión de la CV amparado, a su vez, constitucionalmente en la Justicia Transicional del Proceso de Paz de Colombia.
Habiendo intentado responderme mediante oficio de febrero 2021, le reclamé no haber respondido a fondo mi petitorio (como lo marca la Constitución), concretamente en lo relacionado con:[v]
- El suscrito actor le solicita al Presidente de la CV o a quien le competa, que pondere los fundamentos, hechos generales y específicos documentados en esta actuación, con el fin de que la Conferencia Episcopal Colombiana y/o su Secretaría y/o su Secretaría General y/o su Secretariado Permanente del Episcopado Colombiano (SPEC), como personas jurídicas representantes de la Iglesia Católica de Colombia, sean llamadas ante la CV para que expresen las VERDADESque posee esa iglesia como, probablemente, cogestora, instigadora, cómplice, agente negociadora y/o beneficiaria de la violencia política en Colombia durante los siglos XIX y XX, obedeciendo a las pruebas documentadas expuestas por el suscrito actor en este documento.
- Que en concreto, la Iglesia Católica presente sus VERDADES relacionadas con los al menos, ciento catorce (114) pruebas documentadas expuestas por el suscrito actor en este petitorio, relacionadas con el probable papel de la Iglesia Católica en la violencia política en Colombia específicamente durante el bajo siglo XX, de manera que la CV por competencia constitucional, invite a la Iglesia Católica a que, una vez expuesta libremente sus verdades testimoniales sobre las pruebas documentadas, defina las circunstancias de tiempo, modo y lugarmediante las cuales reparará a las víctimas de sus daños, les pediría perdón público y les garantizará la no repetición de estos actos.
[i] Correo electrónico de octubre 24 2018.
[ii] Paréntesis de este blog.
[iii] Radicado 20191300033801 de julio 30 2019. Precisando que el suscrito no conoce que a la ciudadana Ingrid Betancur o a otros testigos individuales, se les hubiera impuesto esta traba.
[iv] Habiéndome propuesto previamente (sin éxito final) como Candidato a ser Comisionado de dicha entidad.
[v] Correo electrónico de febrero 14 2021.