Bajo la «convención única de estupefacientes» del 61, cualquier modificación que se le quiera hacer a la política de control de drogas requiere de la unanimidad de los 53 miembros de la Comisión de Estupefaciente de la ONU [1]. La exigencia de unanimidad hace que cualquier replanteamiento sea imposible de implementar: basta la negativa de un sólo miembro para descartar cualquier cambio. A su vez, como la estrategia no se puede modificar, evaluar los resultados del modelo actual pasa a ser un ejercicio puramente académico: vayamos bien o mal, el sistema seguirá tal cual. Así, en términos prácticos, los tratados de control de drogas son incuestionables.
Entonces, el régimen actual no sólo se presenta como moralmente necesario [2], sino que también es efectivamente incuestionable. Y tal vez, esos dos aspectos (necesidad e incuestionabilidad) son los únicos rasgos de carácter que tienen las propuestas de la Comisión; porque consenso entre 53 estados en el tema de drogas sólo puede dar como resultado un lenguaje aguado (tipo «estrategia balanceada», «medidas integrales», «corresponsabilidad»…).
Darle algún sentido concreto a estos tratado, para luego poder ser implementados, es responsabilidad de cada estado. Esto nos lleva a la pregunta: ¿qué tan flexible puede ser esa interpretación?
Ninguna convención exige, aunque sí lo recomienda, volver del consumo de estupefacientes un acto punible. Como tampoco sucede con la preparación para su consumo personal [3]. Es de esa forma como los Coffee Shops de Holanda tienen espacio dentro los tratados. En la más amplia interpretación, hasta el cultivo de pequeñas cantidades se puede permitir. Es así como en la República Checa se permite el cultivo de hasta cinco plantas de cannabis, de coca o de cactus de mescalina [4].
Esta flexibilidad que existe respecto al consumo no existe respecto a la producción. Desde la convención de 1988, todo estupefaciente debe ser exclusivamente preparado para el uso medicinal o para la investigación científica [5]. Cada estado interesado está en la obligación de hacer una entidad que se encargue de vigilar los cultivos o la producción. Por ejemplo en Perú es la ENACO la encargada de los cultivos de coca. Ningún país tiene el derecho de producir estupefacientes que estén destinados para el uso recreativo.
Más allá de permitir el consumo, y la producción con fines científicos o medicinales, nada se puede hacer. Y ese de margen de maniobra no va a cambiar. ¿Qué proponen entonces los que denuncian estas convenciones?
Todo el mundo reconoce que toca tomar precauciones con los estupefacientes. Las drogas no pueden ser consumidas indiscriminadamente, por eso tanto la producción como el consumo debe ser regulado y controlado (tal y como sucede con el café, el tabaco, el alcohol, los analgésicos, la morfina …). Así pues el desafío es lograr una reforma sin minar los mecanismos de control existentes. Por ejemplo, aunque Colombia tuviese la opción de producir cocaína legalmente, la policía seguiría con la obligación de combatir la producción ilegal. Lo mismo se aplicaría para los insumos químicos necesarios en su producción. La idea es construir sobre lo ya existente. La idea no es destruir todo el andamiaje dentro de la ONU.
El otro gran desafío es lograr la reforma sin despertar la ira de los Estados Unidos. Evidentemente Colombia no puede actuar como los gringos hicieron al repudiar el «tratado sobre misiles anti-balísticos», o al retirarse de la «convención de Kyoto» o al no ratificar «la corte penal internacional». Aunque en relación a las convenciones sobre estupefacientes, Colombia podría usar los mismos argumentos de los norteamericanos para tomar acciones similares, los países pequeños no pueden permitirse tales licencias. Lo que si puede hacer Colombia es hacer uso de su autoridad y su experiencia en la materia para ayudar a crear una coalición de países interesados en aplicar un régimen diferente, un régimen más flexible. Dicha estrategia es la sugerida por varios expertos [6] [7] [8]. Una coalición permitiría escudarnos de las amenazas del tío Sam. Entre los países interesados en tal escudo pueden estar los países de Sur y Centro América, Canadá, Australia, Nueva Zelanda y varios países europeos (Alemania, Holanda, Suiza, Dinamarca, España, Portugal y la Republica Checa entre otros). En la próxima entrada explicaré que podría proponer esta coalición.
Referencias
[1]: Articulo 47, Convención única sobre estupefacientes, 1961.
[2]: J. Colombo, Los valores morales de la guerra contra las drogas, La droga, ¿y Colombia?, 4 de Abril de 2010.
[3]: Párrafo 3.95, Comentario a la convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, 1988, 20 de Diciembre de 1988, p. 70.
[4]: B. Cunningham, New drug guidelines are Europe’s most liberal, The Prague Post, 23 de Diciembre de 2009.
[5]: Artículo 3 Párrafo 2, Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, 1988.
[6]: D. Bewley-Taylor, Emerging policy contradictions between the United Nations drug control system and the core values of the United Nations, International Journal of Drug Policy, 2005, Volumen 16 Número 6, Diciembre de 2005 pp. 423–431.
[7]: After the War on Drugs: Blueprint for Regulation, Transform Drug Policy Foundation (TDPF), 2009.
[8]: P. Cohen, The drug prohibition church and the adventure of reformation, International Journal of Drug Policy, Volumen 14, Número 2, Abril de 2003, pp. 213-215.