La reciente radicación de un proyecto de ley orientado a la profesionalización del Servicio Exterior por parte del representante David Racero ha generado una multitud de reacciones al interior de la carrera diplomática. Por ejemplo, hay quienes ven con desconfianza que se proponga elevar al 80% el número de embajadores de carrera y al mismo tiempo pareciera que se limitara el total de cargos de embajador en la carrera mediante un detalle técnico que se presta a ambigüedades. También genera inquietud hablar de “cargos de confianza” como criterio para permitir la provisionalidad en todos los niveles. En general, muchos son los aspectos incluidos en este proyecto de ley que parecen ambiguos respecto al fortalecimiento del Servicio Exterior colombiano.
Personalmente celebro la iniciativa del representante Racero y, sin bien considero que algunos puntos del proyecto de ley no son los más acertados, atribuyo las divergencias más a un desconocimiento de la carrera diplomática y la profesionalización del Servicio Exterior que a una mala voluntad o interés oculto del ponente. Es comprensible este desconocimiento. No es fácil entender al detalle el funcionamiento del Servicio Exterior.
El Servicio Exterior colombiano y la carrera diplomática están regulados por el Decreto Ley 274 de 2000, que este Proyecto de Ley espera modificar. Sin embargo, existe una multitud de detalles que es necesario considerar más allá del decreto. Solo en el ámbito jurídico, los antecedentes son vastos y enrevesados. Décadas de fallos, decisiones y conceptos han sentado una jurisprudencia nacional que no es fácil manejar, sin contar con la jurisprudencia internacional que también hay que tener en cuenta. Además, la jurisprudencia no siempre es coherente con la realidad por lo que también es necesario considerar las dimensiones operativas, presupuestales y humanas involucradas. Una tarea realmente titánica.
Entre algunos puntos sobre los que llamaría la atención está la necesidad de una regulación más clara de la provisionalidad. Aumentar el número de embajadores de carrera al frente de embajadas al 80% es una excelente propuesta que fortalece la institucionalidad. Sin embargo, no se aborda la provisionalidad de la misma forma. En la actualidad, alrededor del 40% de diplomáticos son provisionales y este número puede variar ampliamente de un mes a otro dependiendo de los nombramientos que se realicen. Estos nombramientos son muchas veces irregulares y terminan sirviendo como botín de políticos quemados o pago de favores, y aunque se tumben mediante demandas, le cuestan miles de millones de pesos al año al país. En México, por ejemplo, la Ley del Servicio Exterior establece que la provisionalidad no puede superar el 18% por lo que el 82% del Servicio Exterior debe ser de carrera. En Colombia no existe ninguna limitación clara al respecto y, aunque el Decreto Ley 274 establece que la provisionalidad debe ser una excepción, este criterio es tan vago que todos los gobiernos lo pasan por alto y hacen de la provisionalidad una regla.
Otro punto que se puede abordar para fortalecer el Servicio Exterior es algo tan sencillo como el problema que plantea el artículo 39 del decreto ley 274. En él se establece que la alternación de los diplomáticos de carrera se hace efectiva en los meses de julio y enero de cada año. Parece un asunto menor, pero a lo largo de muchos gobiernos ha sido la excusa para negar plazas a los diplomáticos de carrera y nombrar provisionales mediante el sencillo procedimiento de hacerlo después de julio y después de enero cuando se supone que ya no hay rotación. Esta limitación no tiene sentido y así lo ha establecido con toda claridad el Consejo de Estado por lo que ya hay una jurisprudencia contundente al respecto, jurisprudencia que los gobiernos ignoran sistemáticamente para volver a esgrimir la misma excusa de los tiempos de alternación que favorece la provisionalidad.
Son muchos, muchísimos los aspectos a considerar si se tiene como propósito fortalecer y modernizar el Servicio Exterior colombiano para llevarlo a un nivel de profesionalización que esté a la altura de nuestras necesidades. Entender todos estos aspectos es una tarea que requiere años de dedicación y que no puede ser abordada por unas pocas personas. Por fortuna, el cuerpo de diplomáticos de carrera lleva toda una vida haciendo esto. Existen personas expertas que durante no solo han estudiado, sino que han experimentado en carne propia muchos de esos aspectos. Especialmente, la Asociación Diplomática y Consular de Colombia que lleva 42 años dedicada a defender y fortalecer el Servicio Exterior colombiano desde la diplomacia profesional y que ha reunido sistemáticamente mucho del conocimiento de los diplomáticos de carrera. También existe más recientemente la Unión de Diplomáticos de Carrera, que defiende como sindicato a la carrera diplomática.
Es necesario destacar que la unidad de trabajo legislativo -UTL del representante Racero elevó consultas con estos gremios. Lamentablemente, el Proyecto de Ley fue radicado sin que se evidencie que se han tenido en cuenta las respuestas. De allí, probablemente, algunos de los errores que contiene. Sin embargo, considero se está a tiempo de construir un documento más preciso y que responda mejor al objetivo que plantea. La experiencia y el conocimiento acumulado de los diplomáticos de carrera se encuentran a disposición del gobierno para elaborar una estrategia clara y efectiva que permita realmente construir el Servicio Exterior que nuestro país necesita.
*Carlos Arturo García Bonilla es ingeniero Químico de la Universidad Industrial de Santander, Primer secretario de Carrera, actualmente Coordinador de Selección y Capacitación para el Servicio Exterior en la Academia Diplomática.
Asociación Diplomática y Consular de Colombia
Asociación Diplomática y Consular de Colombia. Organización profesional, sin ánimo de lucro, creada en 1981 que agrupa a funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores miembros de la carrera Diplomática y Consular de Colombia.