El Río

Publicado el Blog El Río

Santurbán: entre el querer del Gobierno, la minería, versus el deber ser, su protección.

Santurbán enfrenta dos procesos que definirán su futuro: la  nueva delimitación del páramo y el otorgamiento de licencias ambientales para la explotación minera. Para el ambientalista Erwing Rodríguez-Salah, todo proyecto de megaminería por encima de las bocatomas del acueducto metropolitano de Bucaramanga, en Santurbán e inmediaciones,  es inviable e indefendible por múltiples motivos, empezando por lo legal.

Por: Erwing Rodríguez-Salah*

En referencia al  editorial El agua primero, del pasado 7 de agosto, en El Espectador, hoy Santurbán enfrenta dos procesos de altísimo riesgo  pues definirán su futuro: primero, el proceso de la  nueva delimitación de Santurbán, a cargo del Ministerio de Ambiente,  en el que estamos inmersos por mandato de la Sentencia T-361 (2017) de la Corte Constitucional;  y,  segundo, el otorgamiento de licencias ambientales para la explotación minera, a cargo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y aunque  el Gobierno pretenda hacernos creer que son procesos  insulares, por el contrario  son interdependientes. Por ello, el concentrarnos en un proceso sin integrar el  otro, a manera de ver el árbol sin mirar el  bosque,  nos conducirá a una interpretación sesgada de la realidad. (Le puede interesar:  ¿Por qué se volvió a encender el debate sobre Santurbán?)

En cuanto a la nueva delimitación de Santurbán, el Ministerio de Ambiente “integró”,  para concertar con las comunidades, otra delimitación exprés político-minera con gravísimos vacíos técnico-científicos como pasó con su predecesora, la delimitación de la Resolución 2090 de 2014,  sin estudios hidrológicos e hidrogeológicos, al servicio de una política minera errada y los intereses particulares de las mineras:  un mapa del tesoro para la explotación minera que  legaliza a las mineras y sus nefastos proyectos; un  lavado de manos del Gobierno  para sustentar su aprobación, y que vuelve a dejar “por fuera del páramo” a  proyectos como el de la minera emiratí Minesa.

Aunque habría de esperarse  que un ecosistema se delimitara  para su protección, como ha ocurrido en otros países, en Colombia se ha delimitado para la explotación minera, lo cual me llevó a acuñar dos términos para representar dos tipos posibles de delimitación en nuestro país: la exprés político-minera, que el Gobierno quiere imponer (visión minera), y la técnico-científica, la que debe ser, a la luz  de los estudios científicos hidrológicos e hidrogeológicos, protectora  del agua y el ambiente (visión conservacionista). Una delimitación paramuna sin el rigor de los estudios científicos se acopla perfectamente con el sofisma de la “minería bien hecha” en los páramos. (Puede leer: Los peces de Santurbán que podrían verse afectados por Minesa)

En cuanto a la aprobación de proyectos por la ANLA, todo proyecto de megaminería por encima de las bocatomas del acueducto metropolitano de Bucaramanga, en Santurbán e inmediaciones,  es inviable e indefendible, empezando por lo  legal, pues se infringirían normas como las Leyes 99 (1993) y 1252 (2008); los Decretos 2372 y 3930 (2010), incluso las Sentencias C-035 (2016) y T-361 (2017)  de la Corte Constitucional.

La ANLA no debe  otorgar  licencias ambientales hasta que no esté en firme la nueva delimitación de Santurbán –como debe ser, con los  estudios hidrológicos e hidrogeológicos- pues ésta debería  preceder al licenciamiento, así la  Sentencia T-361 se quedara corta al no ordenar  a la ANLA  no hacerlo, uno de los grandes vacíos de la sentencia; el otro, dejar a Santurbán, mientras se expide la nueva delimitación, en manos de Resolución 2090 (2014), que califiqué desde el principio como resolución acomodaticia minera,  y  a todo el proceso que conllevó a  ella como el engaño más grande en la historia ambiental del país.

El  futuro de los páramos depende de la voluntad política del  gobierno Duque; lamentablemente las decisiones se toman con un gran componente político que privilegia la minería en ellos (visión minera), apartándose, premeditadamente,  de  la visión conservacionista con sus  argumentos técnico-científicos y  la normatividad para la protección ambiental;   gran parte de la opinión  desconoce lo que se avecina: el  licenciamiento en Santurbán sería un nefasto precedente para los demás 36 paramos del país, pues se abriría la compuerta para su devastación con fines mineros. La pospandemia por el  Covid-19  jamás será argumento para devastar nuestros ecosistemas, menos tratándose de los páramos, las fábricas de agua por excelencia en nuestro país.

Hoy, la gran paradoja es que la principal amenaza para nuestra agua y páramos la constituyen los actos administrativos que pueden expedir las entidades del Estado colombiano: una nueva delimitación exprés político-minera (Minambiente); el otorgamiento de licencias ambientales  para proyectos de megaminería por encima de las bocatomas del acueducto metropolitano (ANLA), y la omisión de actos administrativos para favorecer intereses particulares mineros (autoridades ambientales nacional y regional).

*Líder ambiental y defensor de los páramos; uno de los  accionantes de la tutela (Sentencia T-361)

 

Comentarios