Derecho para todos

Publicado el www.redjurista.com

La importancia de la Comisión para esclarecimiento de la verdad, la convivencia y la no repetición

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El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República conformó y definió la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la convivencia y la no repetición –CEV–, que será un ente autónomo del orden nacional, de rango constitucional, sujeto a un régimen legal propio y que existirá por 3 años.

Además de los 3 años de mandato que tendrá esta Comisión, existirá un periodo previo de 6 meses para definir su funcionamiento, estos 6 meses se contarán desde el momento de la elección de todos los comisionados.

Parte de los objetivos de la CEV es la contribución al esclarecimiento de lo ocurrido, ofreciendo una explicación de la complejidad del conflicto, de tal manera que se promueva un entendimiento compartido en la sociedad, especialmente de aquellos elementos que menos se han conocido del conflicto, como lo puede ser el impacto del conflicto en niños, niñas y adolescentes y la violencia basada en género.

La CEV también pretende promover el reconocimiento de las víctimas como ciudadanos y ciudadanas a los que les vulneraron sus derechos como sujetos políticos, siendo un tema fundamental para la transformación del país, además del reconocimiento de responsabilidades por parte de aquellos que participaron de manera directa o indirecta en el conflicto, contribuyendo con esto a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición, pilares del proceso del posconflicto.

Los objetivos de esta Comisión generarán bases estructurales para la convivencia entre los colombianos y la construcción de una paz estable y duradera, es por esto que se hace fundamental el proceso de construcción de la verdad. Consulte el decreto aquí: DECRETO 588 de 2017 Por el cual se organiza la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición.

 

 

Aportes y funciones del Consejo Nacional del Agua

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible constituyó el Consejo Nacional del agua que tiene como objetivo la coordinación y articulación de las políticas, planes y programas de las entidades del Estado con la Política Nacional para le Gestión Integral del Recurso Hídrico.

Este consejo tiene como funciones las siguientes:

– Promover el desarrollo de planes, programas y proyectos para la conservación y mejoramiento de los recursos hídricos de manera coordinada con las entidades competentes.

– Promover la articulación de recursos financieros generados por las entidades que conformen este Consejo para ejecutar acciones prioritarias en materia de gestión integral del agua.

– Proponer líneas de estudio que pretendan la disminución de la contaminación y el uso eficiente y el ahorro del agua y las estrategias para su financiación. Consulte el decreto aquí: DECRETO 585 de 2017 Por el cual se adiciona al Libro 2, Parte 2, Título 8, del Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, un Capítulo 3A relacionado con el Consejo Nacional del Agua.

 

Criterios de las Unidad de búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto del conflicto armado

El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República organizó y estableció los criterios para la Unidad de búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto del conflicto armado, tal como se estableció en el Acto legislativo 01 de 2017, en el marco del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

Esta Unidad pretende contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas, a la verdad y la reparación, por lo tanto, se constituye por los próximos 20 años, prorrogables por ley.

También tiene la facultad para realizar actos, contratos y convenios en el país o en el exterior, necesarios para el cumplimiento de su objeto, ajustándose a las facultades que le otorgan la constitución y su reglamento, siempre y cuando sea en función de la dirección, coordinación y contribución a la implementación de acciones humanitarias de búsqueda y localización de personas dadas por desaparecidas en el marco del conflicto armado que se encuentren con vida, en caso de fallecimiento, se buscará la identificación y entrega digna de los cuerpos. Consulte el decreto aquí: DECRETO 589 de 2017 Por el cual se organiza la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.

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