La Corte Constitucional recordó que en casos de multiafilación, debe tenerse en cuenta si el paciente está afiliado a algún régimen de excepción y sus condiciones de salud y tratamientos médicos, ya que, si bien se respeta la ley entendiendo que cuando un ciudadano hace parte del régimen excepcional solo puede pertenecer a este y no puede gozar plenamente del principio de libre escogencia.
Esto no se puede hacer cumplir afectando la salud y la continuidad del servicio de salud del paciente. Esta consideración lleva a las dos prestadoras de servicios de salud a trabajar en conjunto hasta que se verifique que el régimen excepcional asegura la atención integral del paciente.
Sentencia T-296/16 Corte Constitucional
Consejo de Estado unifica su posición frente a controversia de salarios de soldados voluntarios
Para poner fin a la controversia suscitada por la asignación salarial de los soldados voluntarios que fueron incorporados como profesionales mediante las órdenes administrativas de personal número 1241 del 20 de enero del 2001 y 1175 del 20 de octubre del 2003, el Consejo de Estado aclaró que el Decreto 1794 del 2000 estableció una especie de régimen de transición aplicable a este personal, por lo cual la bonificación que deberán recibir debe obedecer a la ordenada en la Ley 131 de 1985, es decir, el 60% y no el 40%.
Sentencia de unificación 85001333300220130006001 (34202015) sección segunda Consejo de Estado
Lineamientos para otorgar compensación por afectación a viviendas ubicadas en la obra del canal del Dique
El Fondo Adaptación define criterios para la compensación por afectación a viviendas de las unidades residentes en su condición de propietarios, poseedores u ocupantes, que se generen en la ejecución de proyectos que requieran la adquisición de precios en obras en el canal del Dique y estén incluidos en el último censo realizado por el consultor predial o por el Fondo.
Para obtener esta compensación los propietarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditar la plena titularidad del derecho de dominio en el estudio de títulos.
- El avalúo comercial no puede superar el valor de una vivienda de interés prioritario VIP, es decir, hasta 70 smmlv.
- No pueden ostentar el derecho a la propiedad sobre un inmueble distinto al requerido para la ejecución de la obra, si es así, la condicional patrimonial del beneficiario y el valor reconocido dentro del proceso de adquisición predial no puede permitir hacer reposición de vivienda de dicho inmueble o este no puede contar con las condiciones necesarias para la reposición.
- El análisis de la documentación determine que generará una condición de vulnerabilidad, sobreviviente, concluyendo la aplicación de un factor de compensación para asegurar el restablecimiento de una vivienda digna.
Consulte la resolución aquí: RESOLUCIÓN 627 de 2016 FONADAP Por la cual se establecen los criterios y lineamientos generales para compensación por afectación de vivienda que se causen en desarrollo de los proyectos que requieran la adquisición de predios para la ejecución de obras en el Canal del Dique.
Curiosidades Jurígenas
Uno de los proyectos que fueron considerados por la prensa como absurdo está a punto de convertirse en ley de la república.
El Proyecto que busca traducir la Constitución Política a todos los idiomas Indígenas, Raizales, Palenqueros y Rom del país, ya fue aprobado en cuarto debate y en su versión final se estableció que la tarea recaerá en manos del Ministerio del Interior y del Ministerio de Educación Nacional con el fin de dar a conocer la Carta en todos los rincones del país.
Más que absurda, esta iniciativa se destaca en un momento tan importante como el que vive el país ya que se requiere más inclusión en tiempos de paz.
* “JURÍGENO” es un neologismo que ha sido utilizado por algunos escritores como sinónimo de “jurídico”, no tiene connotaciones positivas o negativas. En Redjurista creemos que somos seres jurígenos porque lo jurídico está presente en todos los ámbitos de nuestra vida.
Pregunta del Día
¿Qué es y para qué sirve el pasaporte vital?
El pasaporte vital es una tarjeta de recreación y espectáculos públicos gratuitos en Bogotá, destinado a mujeres mayores de 55 años, hombres mayores de 60 años y pensionados sin distinción de edad.
Para solicitar el pasaporte vital es necesario dirigirse a los puntos de atención en los SuperCADES, diligenciar personalmente el registro de inscripción y presentar la cédula de ciudadanía, este se entregara de inmediato.
Dentro de los beneficios que pueden obtener están:
Entradas al Jardín Botánico, museos, la Quinta de Bolívar, la Casa del Florero o la Cinemateca Distrital, además tienen descuentos en viajes nacionales o internacionales y acceso a préstamos de libre inversión en determinadas cooperativas.