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Publicado el www.redjurista.com

Consecuencias del fallo de la Corte Suprema al exigir la revelación de fuentes periodísticas

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El 7 de diciembre de 2017 la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia se manifestó sobre la tutela promovida por Publicaciones Semana S.A. al manifestar que la divulgación de fuentes que sustenta el trabajo y las investigaciones periodísticas podría significar la expiración de cualquier medio de comunicación ya que implicaría exponer nombres, correos o teléfonos que sustenten las investigaciones.

También apela al “Secreto Profesional” y a la “reserva de la fuente” como protegidas en la Constitución Política, pidiendo que se invalide la decisión del colegiado y, subsidiariamente, “(…) ordenar que se exhiban los documentos sin los destinatarios, ni los remitentes, ni los demás datos que puedan establecer de dónde provino la información (…)”.

En este sentido, la Corte Suprema se ha referido al respaldo constitucional que tiene el periodismo en el país, pero recalca que en la Constitución Política no solo se expone garantizar a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento, informar y recibir información, sino que también se debe garantizar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás. Recalcando que el ejercicio de los medios debe ser alentado, pero no puede considerar la libertad de la información como un derecho de carácter ilimitado o absoluto.

Continuando con sus consideraciones, la Corte precisa que los periodistas no pueden ser censurados ni constreñidos, pero sí están sujetos al régimen de responsabilidad, en caso de faltar a la verdad o de una intromisión injustificada en la vida privada.

Considerando que la denuncia de la señora que manifiesta haber sido víctima de un daño ocasionado por la publicación de Semana S.A.. la Corte Suprema afirma que la exhibición de los documentos es indispensable para conocer la autenticidad de las afirmaciones.

La preocupación, no solo de Publicaciones Semana S.A, sino del periodismo en Colombia recae en lo que puede implicar la revelación de las fuentes y los daños que esto podría desencadenar en el periodismo investigativo. Con  la posibilidad de ser reconocidos a la hora de brindar información se puede pensar en la vulneración de la seguridad de las personas, de su vida laboral o social.

Es por esto que desde el trabajo académico del periodismo se hace referencia a la confidencia y la cautela respecto a la publicación de investigaciones, con las que se busca tener mayor responsabilidad y veracidad a la hora de hacerlas públicas, teniendo presente la dinámica del periodismo y la información que se presenta en la actualidad, gracias a las nuevas tecnologías y medios de comunicación. Esto para evitar reporteros que maquillen hechos o inventen historias, lo que posiblemente genere una pérdida de credibilidad. Sin embargo, queda abierta la discusión sobre la decisión de la Corte Suprema ya que podría hacer más daño que bien en el periodismo y la búsqueda de la verdad en la información.

A su vez, se expone el caso de un fallo de tutela en el que la Corte Constitucional negó a una cirujana plástica conocer el material periodístico de una investigación, dejando abierto el debate sobre pronunciamientos de las Altas Cortes que resultarían contradictorios.

 Para mayor información consulte el documento aquí: Fallo 3296-00_1 de 2017. Corte Suprema de Justicia.

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