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    <title>Blogs El Espectador</title>
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    <description>Blogs gratis y diarios en El Espectador</description>
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	<title>Todos los resultados de blogs de cedula | Blogs El Espectador</title>
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        <title>Propuesta para el Carnaval del Fuego, Tumaco 2026</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/cultura/pazifico-cultura-y-mas/propuesta-para-el-carnaval-del-fuego-tumaco-2026/</link>
        <description><![CDATA[<p>Como toda festividad propia de las carnestolendas, se llevará a cabo en Tumaco el Carnaval del Fuego del 12 al 17 de febrero del presente año, es decir cuarenta días antes de iniciar la semana santa católica. Ya la Alcaldía Distrital ha anunciado las actividades que se llevarán a cabo y que son una tradición [&hellip;]</p>
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        <content:encoded><![CDATA[
<p>Como toda festividad propia de las carnestolendas, se llevará a cabo en Tumaco el Carnaval del Fuego del 12 al 17 de febrero del presente año, es decir cuarenta días antes de iniciar la semana santa católica. Ya la Alcaldía Distrital ha anunciado las actividades que se llevarán a cabo y que son una tradición en La Perla, tales como la fiesta blanca, el cariocazo infantil, la noche afro, el desfile náutico, el gran desfile y otras que son la alegría de propios y extraños que se gozan el carnaval.</p>



<p>&nbsp;Así mismo hemos visto en las redes cómo se hacen odiosas comparaciones de este carnaval con otros que hay en el departamento de Nariño, desde luego con el majestuoso Carnaval de Negros y Blancos de la hermosa ciudad de Pasto, los cuales fueron declarados en 2009 patrimonio cultural inmaterial de la humanidad por parte de la Unesco, comparación desde luego que es odiosa y que no viene a lugar, ya que cada comunidad tiene sus propias expresiones y obedecen a contextos particulares; inclusive no falta quien se anuncia como organizador gratuito de las fiestas del litoral, para llevar artesanos y hacer carrozas similares a las que hacen en Pasto, en Ipiales y en otros lugares de la sierra nariñense.</p>



<p>El carnaval de Negros y Blancos, que se juega en la sierra nariñense, inclusive en algunos poblados del Cauca y del Putumayo, tiene su origen en una cédula real del siglo XVII en donde se daba a los esclavos un día de asueto, esto luego de una rebelión donde se pedía a las autoridades un mejor trato y descanso para la población esclavizada, llegando a la gobernación de Popayán, de gran extensión por entonces, y llegando a la sierra nariñense a finales del siglo XIX, cuya tradición era poner una pintica negra en el rostro de quienes salían a la calle al divertimento, para decantar en lo que hoy conocemos como el día de negros el 5 de enero de cada año, asociado también a la fiesta de Reyes, celebrando al rey negro Baltasar, una fiesta religiosa que terminó por volverse carnaval. De tal manera que el conocido Carnaval de Negros y Blancos inicialmente no era un carnaval propiamente dicho, era una fiesta, que se transformó en juego posteriormente y que al desacralizarse sus elementos constitutivos iniciales, hoy se conoce y reconoce como todo un verdadero carnaval, en el sentido de una fiesta de coso, que no de corso, ya que coso significa el lugar de un pueblo destinado a las corridas de toros y a los bailes.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100824/CARNAVAL-DEL-FUEGO-MUJERES-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-124734" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100824/CARNAVAL-DEL-FUEGO-MUJERES-1024x683.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100824/CARNAVAL-DEL-FUEGO-MUJERES-300x200.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100824/CARNAVAL-DEL-FUEGO-MUJERES-768x512.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100824/CARNAVAL-DEL-FUEGO-MUJERES.jpg 1440w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>Ya en otra columna hablamos del origen del Carnaval del Fuego, después del incendio de 1947, que arrasó con Tumaco, en 1950 un grupo de personas buscaron crear el Cuerpo de Bomberos de la ciudad, aunque no tuvo el apoyo esperado por parte del gobierno central y departamental. Ese año se organizó un concurso para recolectar fondos para el cuerpo de bomberos, para ello se nombraron candidatas en los diferentes barrios u organizaciones, la que más recogiera fondos se llevaría el título de “Reina del Carnaval del Fuego”, siendo elegida en ese año Gloria Benítez del Hierro. El 29 de septiembre de 1955 se presenta otro voraz incendio en la ciudad, destruyendo nuevamente lo poco que había quedado y algo de lo que se había iniciado a reconstruir. Es así como un grupo de ciudadanos crea nuevamente el Cuerpo de Bomberos del puerto. Sin embargo, no contaban con carros extintores de incendios, por ello idearon crear un Carnaval del Fuego, con el fin de recolectar fondos y comprar un carro extintor. El origen del Carnaval del Fuego oficialmente se remonta al año 1959, durante la alcaldía militar del capitán Pizza Benítez, buscando dotar a los bomberos de una máquina extintora, este año es elegida Ligia Rosasco Llorente como la primera Reina oficial del Fuego.</p>



<p>Es así como el origen de este carnaval obedece a unas causas muy particulares que hay que resaltar, y es el sentido de solidaridad de los habitantes del Pacífico, el afán de buscar de manera colectiva solución a sus problemas, esta es la esencia que no debe perderse y que debe remarcarse cada año. Es por ello por lo que creemos pertinente que las administraciones distritales, en cabeza de la Alcaldía, creen y mantengan un plan especial de salvaguarda del Carnaval del Fuego, no es necesario que una entidad oficial o privada declare patrimonio cultural una vivencia, un espacio o una manifestación, ya que patrimonio es aquello que remarca la vida cultural de los pueblos, tal y como lo es este carnaval.</p>



<p>Hemos enviado unas propuestas a la Secretaría de Cultura de la Alcaldía de Tumaco desde el año pasado, sin embargo no hemos obtenido respuesta alguna. Estas se enmarcan en lo que creemos pertinente para que el Carnaval del Fuego tenga su propia esencia, sin necesidad de copiar o rememorar otros carnavales y fiestas, integrando a niños, jóvenes y adultos, hombres y mujeres, artistas y artesanos, en fin, a todo el ecosistema del carnaval para fomentar una cultura carnavalesca, para mantener viva su historia.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="683" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100907/CARNAVAL-DEL-GUEGO-CHIRIMIA-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-124735" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100907/CARNAVAL-DEL-GUEGO-CHIRIMIA-1024x683.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100907/CARNAVAL-DEL-GUEGO-CHIRIMIA-300x200.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100907/CARNAVAL-DEL-GUEGO-CHIRIMIA-768x512.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100907/CARNAVAL-DEL-GUEGO-CHIRIMIA.jpg 1440w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>La propuesta se llama Identidad y cultura en el Carnaval del Fuego de Tumaco, cuyo objetivo principal es realizar talleres sobre el carnaval con el fin de explorar su identidad e historia y lograr la apropiación de una fiesta que permite recuperar el tejido social de la comunidad. Los objetivos específicos son: recuperar la historia del Carnaval del Fuego de Tumaco mediante la exploración de la memoria colectiva que existe en el territorio; identificar los rasgos más característicos del Carnaval del Fuego como elemento integrador de la comunidad tumaqueña; y proponer aspectos de recuperación y mejora del Carnaval del Fuego, buscando con ello la apropiación e identificación del carnaval por parte de sus habitantes.</p>



<p>La justificación es la siguiente: los carnavales permiten el encuentro en medio del desencuentro, el barullo que rompe la cotidianidad del silencio, permitiendo aflorar la palabra estancada para expresar todo lo contenido en un año. Las plazas, los parques, las calles, se convierten en escenario donde la paz se permite entre todos los participantes, superando diferencias sociales, políticas y hasta culturales. En el plano de la igualdad que permite el juego, se manifiesta abiertamente la concordia y la amistad. El carnaval es un escenario donde se dan las condiciones propicias para la paz, elementos que pueden ser replicados para generalizarla y vivenciarla en cualquier época del año.&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>



<p>El carnaval revierte el orden establecido, pero no por ello deja de reconocer que se gesta en medio del conflicto, no es curioso entonces que en Colombia haya más de trecientos cincuenta fiestas y carnavales al año, los carnavales se constituyen en escenarios de paz, precisamente porque permiten subvertir las lógicas establecidas, hay un compromiso, que a veces se quiere institucionalizar, para que la fiesta sea un éxito, pero realmente la institucionalización oficial no es necesaria, no hay Carnaval por decretos, lo hay porque el colectivo tiene un motivo y un pretexto para hacerlo, porque hay una tradición y una memoria que recoger, es en este sentido que aparece el compromiso ciudadano, el cual, como es obvio, no puede desprenderse del entramado institucional, ya que requiere un orden, un presupuesto, en este sentido aparece el compromiso institucional.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="683" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100945/CARNAVAL-DEL-FUEGO-HOMBRE-ROJO-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-124736" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100945/CARNAVAL-DEL-FUEGO-HOMBRE-ROJO-1024x683.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100945/CARNAVAL-DEL-FUEGO-HOMBRE-ROJO-300x200.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100945/CARNAVAL-DEL-FUEGO-HOMBRE-ROJO-768x512.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2026/01/15100945/CARNAVAL-DEL-FUEGO-HOMBRE-ROJO.jpg 1440w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>Esperamos que nuestra propuesta tenga eco, tanto en la sociedad civil como en la Administración Distrital, el interés es que este espacio siga siendo un lugar que remarque el aspecto solidario de los tumaqueños y habitantes del litoral, que desde ahí se pueda seguir construyendo la paz tan anhelada para todos, y no un mero espectáculo donde lo importante es el artista invitado, que cuesta millones de pesos, en detrimento de las propias capacidades locales instaladas.</p>



<h2 class="wp-block-heading">El Carnaval del Fuego de Tumaco recoge la tradición solidaria de sus habitantes.</h2>



<p></p>
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        <author>J. Mauricio Chaves Bustos</author>
                    <category>Pazifico, cultura y más</category>
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        <pubDate>Thu, 15 Jan 2026 15:15:54 +0000</pubDate>
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        <item>
        <title>El Maestro Takeuchi </title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/actualidad/ecuaciones-de-opinion/el-maestro-takeuchi/</link>
        <description><![CDATA[<p>El profesor Yu Takeuchi fue sin duda uno de los personajes que más ha aportado al desarrollo de la matemática en Colombia. Al cumplirse un aniversario más de su fallecimiento este 25 de diciembre, comparto de nuevo, especialmente para quienes no tuvieron el privilegio de conocerlo, mi experiencia como su discípulo.</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[
<p>Desde su arribo a Colombia en 1959 junto con otros japoneses que vinieron gracias a un programa de intercambio académico entre los dos países, Takeuchi supo que este país le iba a gustar. No hablaba ni una palabra de español al principio; ni siquiera sabía dónde quedaba Colombia cuando vio el anuncio en una cartelera de la Universidad Imperial de Tokio en la que ya era docente. Después de buscar en un atlas la ubicación y tomar la decisión de embarcarse, arribó al puerto de Buenaventura tras un largo viaje y finalmente llegó a su destino, Bogotá.</p>



<p>Siempre estuvo vinculado a la Universidad Nacional aunque fue profesor invitado y conferencista en prácticamente todas las universidades colombianas. Sus libros de texto tuvieron tal influencia, que podría afirmar, sin temor a equivocarme, que Takeuchi fue profesor o influyó, durante cinco décadas, en todos los docentes universitarios de matemáticas del país. En 2008, al celebrarse 100 años de relaciones entre Colombia y Japón, fue destacado como el japonés que mayor influencia había tenido en nuestro país.</p>



<p>Dueño de una habilidad e intuición matemática envidiables, manejaba como pocos algunas áreas de difícil dominio, tales como las Sucesiones y Series o el Análisis Matemático y la Variable Compleja. Escribió cerca de 40 libros de matemáticas que él mismo digitó (usando solo sus dos dedos índices) en una vieja máquina de escribir a la que había que cambiarle los tambores metálicos con las letras para estampar algunos símbolos matemáticos. Las gráficas y demás símbolos los hacía a mano en los espacios que reservaba para llenar luego.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="768" height="1024" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115750/IMG_3170-768x1024.jpeg" alt="" class="wp-image-124045" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115750/IMG_3170-768x1024.jpeg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115750/IMG_3170-225x300.jpeg 225w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115750/IMG_3170-1152x1536.jpeg 1152w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115750/IMG_3170-1536x2048.jpeg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115750/IMG_3170-scaled.jpeg 1920w" sizes="auto, (max-width: 768px) 100vw, 768px" /></figure>



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<p>En una época en la que los textos de matemáticas universitarias eran importados y por lo tanto muy costosos y de difícil acceso, sus publicaciones, de excelente calidad, estaban al alcance de los estudiantes gracias al bajo costo que tenían, con el que escasamente cubría su edición. En un taller instalado en el garaje de su casa, producía todo ese arsenal matemático con la ayuda de sus hijos, quienes eran sus principales ayudantes a la hora de compaginar, empastar y pegar folletos y libros.&nbsp;</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="480" height="640" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115830/IMG_3169-rotated.jpg" alt="" class="wp-image-124049" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115830/IMG_3169-rotated.jpg 480w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115830/IMG_3169-225x300.jpg 225w" sizes="auto, (max-width: 480px) 100vw, 480px" /></figure>



<p>Pero el profesor Takeuchi no solo se limitó a hacer aportes a las matemáticas, era un excelente observador de nuestra realidad e idiosincracia y hacía críticas tan acertadas, que sociólogos como Alfredo Molano, afirmaba que el mejor sociólogo colombiano no era sociólogo ni era colombiano: era el profesor Takeuchi. Cuando le preguntaron a Takeuchi cuáles eran las diferencias entre los colombianos y los japoneses, lo sintetizó magistralmente: “un colombiano es más inteligente que un japonés, pero dos japoneses son más inteligentes que dos colombianos”.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="191" height="263" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115856/images.jpeg" alt="" class="wp-image-124051" /></figure>



<p>Una buena descripción de su aguda mirada es la que él mismo expresó cuando dijo: “Mi forma de actuar se debe a que combino la cultura oriental con la malicia indígena, al fin y al cabo yo aprendí esas dos culturas”.</p>



<p>La celebración de la Navidad y Año Nuevo me trae gratos recuerdos del profeosr Takeuchi porque al finalizar el año tenía por costumbre realizar reuniones en su casa para despedir el año; reuniones en las que él mismo preparaba una exquisita cena para unas 20 o 30 personas entre estudiantes de posgrado y profesores de matemáticas, con platos que los asistentes probábamos por primera vez tales como el Sushi, que hace 40 años aún no era ofrecido en Colombia. Era un gran cocinero y alguna vez me confesó que había logrado preparar los platos típicos colombianos más conocidos, menos uno: la lechona. Al preguntarle si había podido preparar tamales, me dijo:</p>



<p>—Sí, los tolimenses y los santandereanos.</p>



<p>Tuve la fortuna de ser su alumno o más bien su discípulo, fue mi profesor en varias asignaturas y mi director de tesis de maestría en matemáticas. Escribió una carta de recomendación para mi admisión al doctorado en Alemania. Su generosidad era amplia, no solo compartiendo sus conocimientos sino en todos los órdenes, especialmente cuando había que apoyar a algún estudiante necesitado.</p>



<p>Yo solía hablar mucho con el profesor Takeuchi y siempre acudía a él cuando tenía dificultades con algún problema de matemáticas. Era su costumbre desprender una hoja de alguna cartelera y escribir sobre ella, sin importar si tenía o no espacio en blanco.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="666" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115933/IMG_3172-1024x666.jpeg" alt="" class="wp-image-124052" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115933/IMG_3172-1024x666.jpeg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115933/IMG_3172-300x195.jpeg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115933/IMG_3172-768x500.jpeg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115933/IMG_3172-1536x999.jpeg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115933/IMG_3172-2048x1332.jpeg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>Su oficina era un caos; un desorden de libros, papeles, cajas de tizas, lápices y esferos; y una torre de libros a punto de caer; sin embargo sabía perfectamente dónde estaba cada cosa que necesitaba.</p>



<p>Como es apenas natural, son muchas las anécdotas que podría compartir sobre el profesor Takeuchi, pero me limitaré a compartir solo un par de ellas. La primera es una historia de hace unos 30 años, que muestra su talante maestro: le comenté que necesitaba comprar un carro, pero agregué que no tenía los recursos y que los préstamos bancarios eran impagables o muy ventajosos para los bancos y que además el vehículo quedaba pignorado hasta el pago total de la deuda. Inmediatamente me dijo que él podría hacerme un préstamo. Escribió sobre un papel la fórmula que aún conservo:</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="175" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27120142/Captura-de-pantalla-2025-12-27-a-las-12.00.01-p.m-1024x175.png" alt="" class="wp-image-124054" style="aspect-ratio:5.852560495216657" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27120142/Captura-de-pantalla-2025-12-27-a-las-12.00.01-p.m-1024x175.png 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27120142/Captura-de-pantalla-2025-12-27-a-las-12.00.01-p.m-300x51.png 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27120142/Captura-de-pantalla-2025-12-27-a-las-12.00.01-p.m-768x131.png 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27120142/Captura-de-pantalla-2025-12-27-a-las-12.00.01-p.m.png 1182w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>Como la suma prestada es <em>P</em>, entonces valor inicial <em>S(0) = P.</em></p>



<p>—Muy bien  —dijo el profesor Takeuchi—. Ahora debe decidir cuánto necesita; es decir elegir <em>S(0)</em> y jugar con los tres parámetros: cuota fija <em>Q</em>, y duración del préstamo, determinando el <em>n</em> tal que <em>S(n) = 0. </em>El interés <em>r</em>  es 1 % mensual (<em>r = 0,01 </em>en la fórmula), en una época en la que para este tipo de préstamos el interés se acercaba al doble.</p>



<p>Fue así como recibí un cheque de diez millones de pesos sin firmar ningún papel que garantizara mi cumplimiento y una valiosa fórmula para calcular las cuotas fijas mensuales que pagué rigurosamente durante <em>24</em> meses, período en el que el saldo <em>S(24) </em>fue cero<em>. </em></p>



<p>Una anécdota que me gusta contar es la que tiene que ver con el análisis que me hizo sobre el dominio matemático de su pequeña nieta cuando la niña apenas empezaba a hablar.&nbsp;</p>



<p>—Mi nieta sólo sabe tres palabras y con ellas ya domina conceptos matemáticos —me dijo un día en la sala de profesores del edificio 404, mientras se tomaba un café.</p>



<p>—¿Cuáles son esa tres palabras, profesor? —pregunté intrigado.</p>



<p>—Mi nieta dice “<em>MÍO</em>” y eso es porque tiene claro el concepto de pertenencia —sonrió. Y continuó—: mi nieta dice “<em>NO</em>”, lo que indica que maneja la negación lógica y la niña también sabe pedir “<em>MÁS</em>”, o sea que conoce ya la adición. Con tres palabras: <em>MÍO</em>, <em>NO</em> y <em>MÁS </em>se defiende divinamente.</p>



<p>En el año 2010, siendo yo decano de la Facultad de Ciencias tuve el privilegio y la satisfacción de acompañarle, junto con el rector Moisés Wassermann, a la Casa de Nariño a recibir su nacionalidad colombiana. Ese día fue muy especial para el profesor Takeuchi, estaba feliz y se vistió de corbata, única vez que lo vi así vestido. Al terminar la ceremonia le ofrecimos una copa de vino en el Claustro de San Agustín en compañía de su familia y de un nutrido grupo de matemáticos. Sus palabras fueron breves pero aún recuerdo que terminó preguntando: &#8220;&#8230; ¿Y dónde me entregan cédula de ciudadano colombiano?&#8221;</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="153" height="200" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27120216/1K_GWWcmKTATTa_fqpY-Lw.jpeg" alt="" class="wp-image-124055" /></figure>



<p>Tras su muerte en diciembre de 2014, el Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional aprobó (unánimemente) llamar con su nombre al edificio en el que el profesor Takeuchi siempre tuvo su oficina.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="220" height="165" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27120243/Edificio_Yu_Takeuchi.jpg" alt="" class="wp-image-124057" /></figure>



<p>Recientemente un amplio grupo conformado principalmente por sus exalumnos, en cabeza del colega Iván Castro Chadid, hemos creado un “colectivo” con su nombre para intercambiar noticias, curiosidades y problemas de matemáticas, así como para realizar encuentros y mantener una permanente comunicación compartiendo mensajes que nos mantengan unidos disfrutando de una gran amistad y tratando de continuar la tarea de divulgación de las matemáticas que tanto le importaba a Takeuchi.&nbsp;</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="300" height="168" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27120332/images-2-1.jpeg" alt="" class="wp-image-124059" /></figure>



<p>Actualmente, a través de la Academia Colombiana de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, la familia Takeuchi entrega anualmente el <em>Premio Yu Takeuchi</em> a la mejor tesis colombiana de doctorado en matemáticas, física o estadística y a la mejor tesis de maestría en alguna de estas mismas áreas, con montos de más de 10 millones de pesos para doctorado y la mitad para maestría.</p>



<p>El legado de Takeuchi es de un enorme valor, su riqueza intelectual, su prodigiosa intuición matemática y su ejemplar vida austera, debe inspirarnos a todos los colombianos.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="991" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27121257/IMG_2895-1024x991.jpeg" alt="" class="wp-image-124071" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27121257/IMG_2895-1024x991.jpeg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27121257/IMG_2895-300x290.jpeg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27121257/IMG_2895-768x743.jpeg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27121257/IMG_2895.jpeg 1205w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>¡Gracias Maestro!</p>



<p>@MantillaIgnacio</p>
]]></content:encoded>
        <author>Ignacio Mantilla Prada</author>
                    <category>Ecuaciones de opinión</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=124022</guid>
        <pubDate>Sat, 27 Dec 2025 17:15:19 +0000</pubDate>
                                <media:content url="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/12/27115017/5d1d3b3c98aa3.r_1562197434190.0-106-456-448.png.jpeg" type="image/jpeg">
                <media:description type="plain"><![CDATA[El Maestro Takeuchi ]]></media:description>
                <media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Ignacio Mantilla Prada</media:credit>
            </media:content>
                            </item>
        <item>
        <title>Alibaba y la banda que traficaba oro de Brasil a Venezuela</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/medio-ambiente/mongabay-latam/alibaba-y-la-banda-que-traficaba-oro-de-brasil-a-venezuela/</link>
        <description><![CDATA[<p>Con un nombre que evoca a la vez imágenes de fábulas árabes y de pillería, la empresa Alibaba Gold Center servía desde el estado Bolívar como uno de los vértices de un esquema criminal que, entre 2023 y 2024, contrabandeó oro ilegal por unos 800 millones de dólares desde la cuenca amazónica. La banda, desbaratada [&hellip;]</p>
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        <content:encoded><![CDATA[
<p><em>Con un nombre que evoca a la vez imágenes de fábulas árabes y de pillería, la empresa Alibaba Gold Center servía desde el estado Bolívar como uno de los vértices de un esquema criminal que, entre 2023 y 2024, contrabandeó oro ilegal por unos 800 millones de dólares desde la cuenca amazónica. La banda, desbaratada por la justicia de Brasil, reunía a miembros tanto de nacionalidad brasileña como venezolana, de los que varios siguen hoy prófugos y exhiben sin ruborizarse sus paraderos en Venezuela.</em></p>



<p>Mandar a los “venecos” para su casa. La consigna expresaba en un chat la gran preocupación de los socios brasileños de&nbsp;<strong>una red de extracción ilegal, tráfico y lavado de oro que funcionaba al norte de Brasil</strong>, al verse descubiertos por la Policía Federal de ese país, el 28 de octubre de 2023.</p>



<p>Ese día arrestaron a un ciudadano venezolano que, de otro modo, podría haber pasado inadvertido entre tanta gente en el aeropuerto&nbsp;<em>Maestro Wilson Fonseca</em>&nbsp;de Santarém, en el selvático y también minero estado de Pará, cuando se disponía a tomar un vuelo a Manaos, estado Amazonas. Lo que llamó la atención de la policía fue que el pasajero llegó a último minuto, compró un boleto muy costoso y chequeó un abultado equipaje de 21 kilos. Lo que encontraron dentro de su maleta eran&nbsp;<strong>termos de agua que, a su vez, escondían lingotes de oro por un valor de unos siete millones de reales brasileños, o unos 1,3 millones de dólares</strong>. “<em>Esse material era nosso</em>”, lamentaban en sus chats los capos brasileños de la mafia del oro.</p>



<p>Los líderes brasileños de ese consorcio criminal tenían premura por salir de la relación de conveniencia que habían establecido con algunos pares venezolanos y que funcionaba desde 2023, al menos, con el propósito de conducir el&nbsp;<strong>comercio ilícito del oro de Brasil hacia Venezuela a bordo de vuelos comerciales</strong>. Insistían en sus conversaciones electrónicas en que había que “<em>mudar de casa, mudar funcionario, mudar todo</em>” cuando la Policía Federal comenzaba a percatarse de sus fechorías.</p>



<p>Las autoridades federales de Brasil calculan que, solo en octubre de ese año, se habrían transportado por esa ruta unos&nbsp;<a href="https://www.gov.br/pf/pt-br/assuntos/noticias/2023/11/pf-desarticula-esquema-criminoso-de-transporte-ilegal-de-ouro">400 kilos de oro de manera ilegal</a>.</p>



<p>El venezolano se llamaba&nbsp;<a href="https://www.oestadonet.com.br/noticia/24155/venezuelanos-alvos-da-pf-pagaram-aluguel-de-casa-antecipadamente-suspeito-preso-no-aeroporto-com-21-kg-de-ouro-foi-transferido-para-belem/">Anthony Alejandro Morillo Méndez</a>. Su detención en el aeropuerto de Santarém no era la única pista que las autoridades brasileñas seguían entonces sobre los&nbsp;<strong>movimientos sospechosos relacionados con transporte de oro en los estados amazónicos de Brasil, fronterizos con Venezuela y Guyana</strong>. En diciembre de 2023, también frustraron el intento de robo a Lucas de Oliveira Cruz, un ciudadano brasileño que fue apresado cuando pretendía embarcar de manera ilegal 47 kilos de oro en una aeronave privada rumbo a Manaos, muy cerca de donde la confluencia de los ríos Negro y Solimões da lugar al Amazonas. Las investigaciones policiales comprobaron la vinculación de la aeronave Cessna Aircraft modelo 182 siglas PR-NCE, también incautada, con la organización criminal.</p>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263477"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09020942/Foto-1-Anthony-Alejandro-Morillo-Mendez-21-kilos-oro-en-termos-de-agua-Foto-Policia-Federal-de-Brasil.jpeg" alt="Foto 1 - Anthony Alejandro Morillo Mendez 21 kilos oro en termos de agua - Foto Policía Federal de Brasil" class="wp-image-263477" /><figcaption class="wp-element-caption">El venezolano Anthony Alejandro Morillo Méndez pretendía viajar con 21 kilos de oro escondidos en termos de agua cuando fue detenido por la Policía Federal de Brasil en el aeropuerto de Santarem, estado de Pará.&nbsp;Crédito: Policía Federal de Brasil</figcaption></figure>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263483"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09040557/Foto-2-allanamiento-venezolano-Anthony-Alejandro-Morillo-Mendezen-Operacion-FlyGold-Foto-Policia-Federal-de-Brasil-Mongabay-latam-768x512.jpg" alt="Foto 2 - allanamiento venezolano Anthony Alejandro Morillo Mendezen - Operación FlyGold - Foto Policía Federal de Brasil Mongabay latam" class="wp-image-263483" /><figcaption class="wp-element-caption">La detención del venezolano Anthony Alejandro Morillo Méndez en el aeropuerto de Santarem con 21 kilos de oro dio inicio a la Operación&nbsp;<em>FlyGold</em>&nbsp;emprendida por la Policía Federal de Brasil.&nbsp;Crédito: Policía Federal de Brasil</figcaption></figure>



<p>Al menos&nbsp;<strong>una docena de venezolanos formaban parte de esta red criminal de comercio ilegal y lavado de oro</strong>&nbsp;a gran escala que las&nbsp;<a href="https://www.oestadonet.com.br/noticia/24550000/confira-nomes-de-todos-os-alvos-da-operacao-que-desarticulou-remessa-ilegal-de-ouro-extraido-de-terras-indigenas-usando-venezuelanos-duas-prisoes-foram-cumpridas-em-itaituba/">operaciones&nbsp;<em>FlyGold</em>&nbsp;I y II</a>&nbsp;de la&nbsp;<a href="https://www.gov.br/pf/pt-br/assuntos/noticias/2024/12/pf-mira-organizacao-criminosa-que-movimentou-r-4-bilhoes-em-ouro-ilegal">Policía Federal de Brasil</a>&nbsp;desmantelaron en diciembre de 2024, a un año de la detención de Morillo Méndez. Cada uno de sus miembros tenía tareas específicas. El esquema operaba desde diferentes puntos de los estados de Pará y Roraima, en Brasil, y del sur del estado Bolívar, en Venezuela.</p>



<p>El 16 de septiembre de 2024, tras casi un año de investigaciones, la justicia federal de Brasil había ordenado&nbsp;<strong>la captura y prisión preventiva de 13 miembros de esa organización</strong>. Entre los requeridos había&nbsp;<strong>nueve brasileños y cuatro hombres de nacionalidad venezolana</strong>. Todos portaban carné de identidad de Brasil (<em>Cadastro de Pessoas Físicas</em>, CPF) y figuraban en los expedientes mercantiles como propietarios de varias compañías fantasmas en la ciudad de Boa Vista, capital de Roraima. De ese grupo, solo dos brasileños fueron apresados. Los once individuos restantes siguen prófugos de la justicia.</p>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263485"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09041032/Foto-3-Diciembre-2024-informe-Operacion-FlyGold-II-Credito-Policia-Federal-de-Brasil-mongabay-latam-768x512.jpg" alt="Foto 3 Diciembre 2024 informe Operación FlyGold II - Crédito Policía Federal de Brasil - mongabay latam" class="wp-image-263485" /><figcaption class="wp-element-caption">La Policía Federal de Brasil publicó en diciembre de 2024 un informe de 738 páginas sobre la Operación&nbsp;<em>FlyGold</em>&nbsp;II que desmanteló la organización de contrabando y lavado de oro de Brasil que movió unos 800 millones de dólares entre 2023 y 2024. En otro documento de mayo de 2025 ratificó las órdenes de captura de trece integrantes, entre ellos cuatro venezolanos.&nbsp;Crédito: Policía Federal de Brasil</figcaption></figure>



<p>Aparte de las 13 órdenes de captura, la operación&nbsp;<em>FlyGold&nbsp;</em>II incluyó&nbsp;<a href="https://www.gov.br/pf/pt-br/assuntos/noticias/2024/12/pf-mira-organizacao-criminosa-que-movimentou-r-4-bilhoes-em-ouro-ilegal">19 órdenes de búsqueda</a>&nbsp;y la incautación de bienes (entre ellos&nbsp;<a href="https://g1.globo.com/pa/para/noticia/2024/12/11/carros-de-luxo-e-jet-ski-sao-apreendidos-no-pa-durante-operacao-contra-crimes-que-movimentaram-r-4-bilhoes-em-ouro-ilegal.ghtml">carros de lujo y una moto acuática</a>), la revisión de celulares, y la suspensión de actividades comerciales para los implicados en seis estados brasileños: Pará, Amapá, São Paulo, Paraná, Goiás y Roraima, este último fronterizo con Venezuela.</p>



<p>La cantidad de acciones policiales y el número de participantes de ambos países hablan de la dimensión de la organización criminal, que movió&nbsp;<strong>algo más de 4.300 millones de reales brasileños, equivalentes a unos 800 millones de dólares</strong>, entre febrero de 2023 y marzo de 2024. Hasta diciembre del año pasado, se había incautado apenas 14% de los bienes y activos involucrados, es decir, unos 615 millones de reales o 103 millones de dólares, según la&nbsp;<a href="https://x.com/policiafederal/status/1866851009009430824">Policía Federal de Brasil</a>.</p>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263481"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09022558/mapa-vzla-brasil-V2-768x512.jpg" alt="La ruta del oro ilegal: desde la selva amazónica hasta el Arco Minero del Orinoco" class="wp-image-263481" /><figcaption class="wp-element-caption">Por tierra, aire y ríos, la organización criminal contrabandeó oro entre Brasil y Venezuela. Las autoridades brasileñas sospechan que fue extraído de forma ilícita en Itaituba, estado de Pará, hasta escalar en Venezuela. Desde allí, se traficaba a otros destinos como Guyana y Emiratoas Árabes Unidos.&nbsp;Fuente: Informe de la Policía Federal de Brasil | Facebook | Instagram</figcaption></figure>



<p>En Venezuela, sin embargo, una de las empresas utilizadas para el blanqueo del oro no solo sigue registrada en el área del llamado Arco Minero del Orinoco, sino que se publicita abiertamente en el estado Bolívar. Las autoridades centrales y regionales han guardado silencio total al respecto. No se sabe que algún ente del régimen de Nicolás Maduro haya anunciado la apertura de investigaciones. Para colmo, las autoridades venezolanas no cooperan con las investigaciones adelantadas por la Policía Federal y la Fiscalía de Brasil. Aunque continúa vigente la orden de captura de once miembros de la organización criminal, aún no hay alertas de Interpol.</p>



<p>Las&nbsp;<strong>operaciones policiales&nbsp;<em>FlyGold</em>&nbsp;I y II</strong>&nbsp;(nombre que alude a la modalidad aérea de transporte del oro, la más utilizada en Brasil) develaron el cambio de dirección de una&nbsp;<a href="https://efectococuyo.com/sucesos/desarticulan-en-brasil-red-de-contrabando-de-oro-procedente-de-venezuela/">ruta</a>&nbsp;de comercialización ilícita de oro que iba en sentido opuesto, desde el estado venezolano de&nbsp;<a href="https://armando.info/series/los-senores-del-oro/">Bolívar hacia Brasil</a>. En efecto, el flujo había girado 180 grados con respecto a lo que ocurría antes y a lo que parecería natural, dadas la crisis socioeconómica y humanitaria de Venezuela y las sanciones internacionales impuestas desde 2016 al régimen de Caracas:&nbsp;<strong>los lingotes fueron transportados desde tierras indígenas y áreas protegidas de Brasil hacia territorio minero venezolano</strong>, donde se legalizaba mediante compras de oro que hacían empresas fantasmas antes de llevar el mineral al mercado negro internacional, presumiblemente a la vecina Guyana y&nbsp;<strong>a países del Medio Oriente como Líbano, Emiratos Árabes Unidos y Arabia Saudita</strong>, según evidencias recogidas en las investigaciones judiciales, actualizadas en mayo de 2025.</p>



<p>La más reciente evidencia de este flujo ilícito del oro ocurrió el pasado 5 de agosto. La Policía de Carreteras de Brasil incautó en Boa Vista, Roraima,&nbsp;<a href="https://www.swissinfo.ch/spa/la-polic%C3%ADa-brasile%C3%B1a-decomisa-en-la-amazon%C3%ADa-103-kilos-de-oro/89788015">103 kilos de oro</a>&nbsp;valorados en unos 111,7 millones de dólares que eran transportados escondidos dentro de una camioneta, presumiblemente con destino a Venezuela o Guyana. Las autoridades brasileñas lo consideran como el mayor decomiso de contrabando de oro vía terrestre.</p>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263486"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09041553/Policia-Brasil-decomiso-104-kilos-de-oro-camioneta-en-Boa-Vista-Credito-Policia-Rodoviaria-Federal-mongabay-768x512.jpg" alt="Policía Brasil decomisó 104 kilos de oro camioneta en Boa Vista - Crédito Policia Rodoviaria Federal - mongabay" class="wp-image-263486" /><figcaption class="wp-element-caption">El cinco de agosto de 2025, la Policía de Carreteras de Brasil decomisó 104 kilos de oro ocultos en una camioneta en Boa Vista, estado de Roraima, que iban a transportados a Venezuela. Fue el decomiso de oro ilegal más grande por vía terrestre entre ambos países.&nbsp;Crédito: Polícia Rodoviária Federal (PRF)</figcaption></figure>



<h2 class="wp-block-heading">¡Ábrete, sésamo!</h2>



<p>Alibaba Gold Center C.A. destaca en los documentos judiciales de Brasil como la única firma venezolana que participó en esas transacciones para blanquear el oro brasileño.</p>



<p>El análisis de algunos chats y movimientos financieros digitales que se encontraron en los celulares incautados así como de los perfiles de las redes sociales de los integrantes de la banda y sus familiares, sugería que la sede de la firma se ubicaba en Upata, capital del municipio Piar, en el estado Bolívar. La también llamada Villa del Yocoima es considerada como la puerta de entrada al Arco Minero del Orinoco, el proyecto de megaminería&nbsp;<a href="https://www.youtube.com/watch?v=ImAzYd7jUt8">anunciado por el fallecido expresidente Hugo Chávez en 2011</a>&nbsp;y decretado por Nicolás Maduro en febrero de 2016, abarcando unos 112.000 kilómetros cuadrados.</p>



<p>Pero no era exactamente cierto. En Upata hay, en efecto, actividad de Alibaba, pero solo a través de una sucursal. En realidad,&nbsp;<strong>Alibaba Gold Center se constituyó en Tumeremo, capital del municipio de Sifontes</strong>. Como ocurre con empresas parecidas que, en teoría, están destinadas a la compraventa de oro en la región, Alibaba abrió sucursales en otras poblaciones del Arco Minero donde la línea entre la legalidad y la informalidad suele ser delgada. Así, según su expediente mercantil, cuenta con otras agencias comerciales en la calle Liccioni, de El Callao, municipio El Callao, y en la calle Bolívar de La Paragua, municipio Raúl Leoni, ambos lugares en el estado Bolívar.</p>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263487"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09042436/Luis-Alberto-Spinett-Flores-celular-Alibaba-Mongabay-Credito-Informe-Policia-Federal-de-Brasil-768x512.jpg" alt="Luis Alberto Spinett Flores celular Alibaba - Mongabay - Crédito Informe Policía Federal de Brasil" class="wp-image-263487" /><figcaption class="wp-element-caption">En el celular de Luis Alberto Spinett Flores, tío de Alexander Spinett, se encontraron muchas referencias a Ali o Alibaba. La Policía Federal de Brasil considera que son posibles colaboradores de esta empresa. En la lista de contactos de su celular se encontró el número (+58 424 9167622) identificado como el de la empresa Gold Center. Su foto de perfil es una imagen de Brasilia. Crédito: Informe Policía Federal de Brasil</figcaption></figure>



<p>De hecho, el documento constitutivo de&nbsp;<strong>Alibaba Gold Center</strong>&nbsp;ni siquiera menciona a Upata. Sin embargo, la empresa tiene presencia activa en la ciudad. Los reporteros de&nbsp;<a href="http://armando.info/"><strong>Armando.info</strong></a>&nbsp;y&nbsp;<strong>Mongabay Latam</strong>&nbsp;lo comprobaron sobre el terreno: un largo letrero con su nombre, escrito con letras blancas sobre fondo negro y el emblema de un diamante dorado, ocupa la fachada de una edificación de dos plantas sobre la esquina donde se cruzan las calles Van Pragg y Antonio Ricaurte, en Upata.</p>



<p>Aunque hay pruebas de transacciones en moneda digital a su nombre desde 2023, pruebas que la Policía Federal de Brasil recopila en un informe, Alibaba Gold Center aparece registrada en una fecha posterior, el 8 de noviembre de 2024, según su expediente mercantil. Eso fue apenas un mes antes de la puesta en marcha de la&nbsp;<a href="https://noticiaslatam.lat/20241212/policia-de-brasil-lanza-operativo-contra-banda-criminal-que-extrajo-oro-de-tierras-indigenas--1159706207.html">operación&nbsp;<em>FlyGold</em>&nbsp;II</a>&nbsp;por la Policía Federal de Brasil.</p>



<p>Para entonces ya había mermado de manera notable el auge de los comercios callejeros de compraventa de oro en Upata, que alguna vez fue caótico, como reportó la prensa en&nbsp;<a href="https://primicia.com.ve/guayana/regiones/centro-de-upata-esta-tomado-por-revendedores-de-oro-y-divisas/">julio de 2022</a>&nbsp;y&nbsp;<a href="https://soynuevaprensadigital.com/npd/compradores-de-oro-y-divisas-colman-calles-del-centro-de-upata/">diciembre de 2023</a>, por ejemplo.</p>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263488"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09044558/Sucursal-Alibaba-Gold-Center-en-el-estado-Bolivar-Credito-Armando-Info-Mongabay-Latam-768x512.jpg" alt="Sucursal Alibaba Gold Center en el estado Bolívar - Crédito Armando Info - Mongabay Latam" class="wp-image-263488" /><figcaption class="wp-element-caption">En el centro de Upata, estado Bolívar, se encuentra una de las principales sucursales de Alibaba Gold Center, una de las empresas utilizadas por la organización criminal para lavar el oro en Venezuela.&nbsp;Crédito: Armando Info / Mongabay Latam</figcaption></figure>



<p>“Ha bajado el movimiento. Por varios factores. Podemos decir que uno de ellos es la lluvia (que, debido al estado precario de las vías en el estado Bolívar, dificulta aún más la movilización para los mineros). Pero desde la pandemia no es el mismo movimiento de antes”, explica a los reporteros un comprador de oro en Upata.</p>



<p>Su repaso no queda solo en una condición meteorológica o en un caso de salubridad mundial, sino que añade otro factor, esta vez decisivo: Bolívar adentro, los negocios de compra y de venta de oro se han sofisticado y ya no hay necesidad de llegar a Upata.</p>



<p>“En El Manteco [<em>municipio Piar</em>] y El Dorado&nbsp;<em>[Sifontes]</em>&nbsp;no había muchas máquinas de análisis, y los mineros bajaban para acá. Hoy en día [<em>esas localidades</em>] tienen compras de oro por todos lados y hay dónde analizar y todo”, explica el mismo comprador de oro.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Alto brillo, bajo perfil</h2>



<p>Los accionistas a partes iguales de Alibaba Gold Center son los venezolanos&nbsp;<strong>Edua Antonio Rosales Gil y Juan Carlos Peña Sierralta</strong>, designados presidente y vicepresidente de forma respectiva, según indica su expediente mercantil. No cotizan como empleados de ninguna empresa en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) ni están registrados como votantes en el Consejo Nacional Electoral (CNE). Son unos completos desconocidos en el sector, sin trayectoria ni aparente experiencia en lides auríferas. Al documento constitutivo no lo acompañan las fotocopias de sus correspondientes cédulas de identidad. Se nota además que sus firmas aparecen escritas con una misma letra de molde.</p>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263490"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09050849/Logo-Alibaba-Gold-Center-Credito-Informe-Policia-Federal-de-Brasil-mongabay-768x512.jpg" alt="Logo Alibaba Gold Center - Crédito Informe Policía Federal de Brasil - mongabay" class="wp-image-263490" /><figcaption class="wp-element-caption">Logo de Alibaba Gold Center identificado por la Policía Federal de Brasil. La investigación de la alianza Armando Info-Mongabay Latam comprobó su dirección física y datos mercantiles como fecha de creación y nombre de socios. Su Registro de Identificación Fiscal sigue siendo un misterio. Crédito: Informe de Policía Federal de Brasil</figcaption></figure>



<p>Aunque solo sea ese par de nombres los que figuran en registro como propietarios de la empresa,&nbsp;<strong>alrededor de Alibaba Gold Center actúan una veintena de actores anónimos</strong>, apenas identificados con diversos apodos en la lista de contactos que la Policía Federal de Brasil encontró en el celular de uno de los miembros de la organización.</p>



<p>El discreto perfil de los miembros venezolanos de la red criminal, así como de sus aparentes socios, responde al patrón de este tipo de organizaciones criminales definido por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito de las Naciones Unidas (Unodc): no se dejan conocer por el&nbsp;<a href="https://www.unodc.org/pdf/crime/publications/Pilot_survey.pdf">público</a>&nbsp;y rara vez se presentan con sus verdaderos nombres. Las conexiones entre sus miembros se consolidan en torno a proyectos específicos y la naturaleza de la trama es adaptable, es decir, se reorganiza tras la salida de actores clave.</p>



<p>El&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/america/america-latina/2023/11/27/las-criptomonedas-crecen-como-vehiculo-para-el-lavado-de-dinero-de-las-organizaciones-criminales-en-brasil/">uso de criptomonedas</a>&nbsp;en el sector aurífero en Brasil facilitó las transacciones opacas de la organización criminal. Cuando el presidente brasileño, Luiz Inácio&nbsp;<em>Lula</em>&nbsp;Da Silva, inició su segunda gestión en 2023,&nbsp;<a href="https://mx.investing.com/news/cryptocurrency-news/presidente-de-brasil-firma-ley-de-criptomonedas-que-establece-al-banco-central-como-autoridad-reguladora-2545810">firmó una ley</a>&nbsp;que establece al Banco Central como autoridad reguladora de las criptomonedas en el mercado local, aspirando a un mejor monitoreo de la cadena de comercialización.</p>



<p>Una de las principales banderas de su administración es la de “acabar con la minería ilegal”. En la línea de combate contra el crimen organizado, en 2025 planteó&nbsp;<a href="https://www.cnnbrasil.com.br/politica/governo-quer-incluir-criptomoedas-em-crime-de-lavagem-de-dinheiro/">incluir las criptomonedas y el oro</a>&nbsp;en la legislación contra el blanqueo de capitales.</p>



<p>La regulación de las operaciones con criptomonedas por parte del Banco Central y el seguimiento de las operaciones con nota fiscal electrónica fueron pasos para modernizar el comercio de oro de Brasil, que hasta ese momento se registraba de forma manual, bajo una política de “<a href="https://www.bol.uol.com.br/noticias/2023/08/01/bc-cumpre-decisao-do-stf-e-acaba-com-presuncao-de-boa-fe-em-transacoes-de-ouro.htm">presunción de buena fe</a>”, por la que bastaba que el vendedor asegurara que el origen del metal era legal para vender el material a las empresas autorizadas. Pero las mafias de oro ilegal han sabido sortear el sistema a su favor. Y sumaron la experticia de algunos de los venezolanos reclutados, que ya contaban con la pericia necesaria para el manejo de criptomonedas, así como con los canales y contactos para gestionar con eficacia la compraventa de oro en su país de origen.</p>



<p>Los movimientos de contrabando y blanqueo de esta mafia coincidieron también con el período en el que&nbsp;<a href="https://elpais.com/internacional/2023-10-18/biden-levanta-las-sanciones-al-petroleo-el-gas-y-el-oro-de-venezuela-tras-los-acuerdos-con-la-oposicion.html">Estados Unidos levantó las sanciones para transar el oro</a>&nbsp;venezolano, entre octubre de 2023 y enero de 2024. Desde luego, no fue casual: los cabecillas de las mafias brasileñas vieron la oportunidad de explotar un canal natural de contrabando captando a venezolanos que&nbsp;<strong>se movían con facilidad en ferris, aviones, automóviles e, incluso, a pie a lo largo de una ruta que se iniciaba en&nbsp;<a href="https://www.bloomberglinea.com/latinoamerica/brasil/la-subida-del-precio-del-oro-lleva-a-los-narcos-a-la-mineria-ilegal-en-la-amazonia/">Itaituba</a>&nbsp;o&nbsp;<em>Ciudad Pepita</em>, en el estado de Pará</strong>&nbsp;—considerada la&nbsp;<a href="https://ojo-publico.com/5055/itaituba-la-capital-del-lavado-oro-la-amazonia-brasil">capital del lavado de oro</a>&nbsp;de la Amazonía brasileña—, seguía por Santarém, Manaos y Boa Vista, antes de cruzar la frontera con Venezuela. Allí, en el estado Bolívar, se ubicaba la principal receptora de oro y de su posible lavado: Alibaba Gold Center C.A.</p>



<p>Los carteles publicitarios y marquesinas de la misteriosa empresa que se exhiben en Upata no muestran, sin embargo, su Registro de Identificación Fiscal (RIF), tal como obliga una&nbsp;<a href="https://dhqr.me/wp-content/uploads/2013/02/providencia-mediante-la-cual-se-regula-el-rif.pdf">providencia administrativa</a>&nbsp;de julio de 2013. En su lugar, se ve un número de RIF aparentemente falso, pues no está registrado en el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat, ente recaudador de impuestos en Venezuela).</p>



<p>Además, sobre el borde inferior del letrero de Alibaba Gold Center que domina el edificio donde la sucursal del centro de Upata tiene sede, se ve en letra pequeña otro nombre: “Pastor San Charbel”, en referencia a&nbsp;<a href="https://hablemosdereligion.com/san-charbel/">un venerado sacerdote</a>&nbsp;de la comunidad cristiana en Líbano.</p>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263491"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09051302/Centro-Deportivo-Parque-Bicentenario-utilizado-por-exalcaldesa-Yulisbeth-Garcia-para-actos-proselitistas-Mongabay-768x512.jpg" alt="Centro Deportivo Parque Bicentenario utilizado por exalcaldesa Yulisbeth García para actos proselitistas - Mongabay" class="wp-image-263491" /><figcaption class="wp-element-caption">La Alcaldía de Piar gestiona el Centro Deportivo Parque Bicentenario de Upata, utilizado con frecuencia por la exalcaldesa Yulisbeth García para actos proselitistas del partido de gobierno, Psuv.&nbsp;Crédito: Armando Info y Mongabay Latam</figcaption></figure>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263492"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09051517/Centro-Deportivo-Parque-Bicentenario-de-Upata-exhiben-anuncio-de-Alibaba-Gold-Center-Mongabay-768x512.jpg" alt="Centro Deportivo Parque Bicentenario de Upata exhiben anuncio de Alibaba Gold Center - Mongabay" class="wp-image-263492" /><figcaption class="wp-element-caption">Las paredes del Centro Deportivo Parque Bicentenario de Upata exhiben un anuncio publicitario de Alibaba Gold Center junto al logo de la exalcaldesa Yulisbeth García.</figcaption></figure>



<p>En la principal cancha techada del Centro Deportivo&nbsp;<em>Parque Bicentenario</em>&nbsp;de Upata también se encuentra un anuncio publicitario de Alibaba Gold Center C.A., pintado sobre la pared, junto con el logo de la hasta hace poco alcaldesa del municipio Piar, Yulisbeth&nbsp;<em>La Tata</em>&nbsp;García, del oficialista Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), hoy gobernadora del estado Bolívar tras las elecciones regionales de mayo de 2025. El recinto es muy usado para actos oficiales y proselitistas del poder local.</p>



<p>La marca Alibaba Gold Center hasta ha servido como patrocinador deportivo. En un post de la cuenta de Instagram del 30 de abril 2023 de una&nbsp;<a href="https://www.instagram.com/p/Crqhc9vuEZB/?hl=es&amp;img_index=1">escuela de gimnasia para niñas</a>&nbsp;en Puerto Ordaz, la gran ciudad industrial y comercial de Bolívar, a 71 kilómetros de Upata, agradecen el apoyo de la empresa ofrecido a una joven atleta para su participación en una competencia nacional. En el uniforme de la niña destacan el nombre y el logo de la firma venezolana.</p>



<figure class="wp-block-image" id="attachment_263493"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/09052449/Alibaba-Gold-Center-Bolivar-768x512.jpg" alt="Alibaba Gold Center Bolivar" class="wp-image-263493" /><figcaption class="wp-element-caption">La academia de gimnasia para niñas agradeció el 30 de abril de 2023 en su cuenta de Instagram a la Alibaba Gold Center por el apoyo como patrocinante de una joven atleta representante del estado Bolívar en el Campeonato Nacional. “Gracias por creer y apoyar el deporte desde Upata”.&nbsp;Crédito: IG Gimnasia_Queens</figcaption></figure>



<h2 class="wp-block-heading">La nómina venezolana</h2>



<p>La mayoría de los actores venezolanos de la red criminal tenían alguna relación con Upata. Solían ser oriundos de la ciudad o, si no, habían vivido allí en algún momento, según se observa en sus redes sociales o las de sus familiares. Sin embargo, la capital del municipio Piar no era el único&nbsp;<em>hub</em>&nbsp;establecido para el movimiento del metal. Algunos integrantes también&nbsp;<strong>operaban desde otros puntos de la ruta del tráfico de oro, como Santa Elena de Uairén, capital del municipio Gran Sabana, o hasta la misma Caracas</strong>, la capital venezolana, y Boa Vista, en Brasil.</p>



<p>A partir de 2023, cuando la organización comenzó sus operaciones delictivas, varios involucrados se mudaron a Brasil junto a sus familiares. Por ejemplo, en Boa Vista, a 764 kilómetros al sur de Upata, registraron empresas e incluso gestionaron sus carnés de identidad.</p>



<figure class="wp-block-image aligncenter"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/11130605/Info-1.jpg" alt="" class="wp-image-263546" /></figure>



<figure class="wp-block-image aligncenter"><img decoding="async" src="https://imgs.mongabay.com/wp-content/uploads/sites/25/2025/08/11130620/Info-2.jpg" alt="" class="wp-image-263547" /></figure>



<p>Uno de los principales actores de esta red criminal, sobre quien pesa una orden de detención preventiva, es&nbsp;<strong>Gregorio de Jesús Carrasco Romero, venezolano de 42 años de edad, quien en la red hacía las veces de una especie de gerente</strong>: recibía y analizaba el material de Brasil para despachar a Venezuela. Se encargaba también de contactar a los transportistas y mantenía una relación directa con los miembros brasileños de alto rango en la organización criminal.</p>



<p>“Un paquete con 20 piezas, le entregué a Gregorio”, decía uno de los mensajes de WhatsApp a los que accedieron las autoridades brasileñas tras la incautación de algunos celulares de los miembros de la red.</p>



<p>Carrasco Romero trabajó hasta 2011 para la Constructora Norberto Odebrecht en Venezuela, que durante los gobiernos de Hugo Chávez acaparó contratos de obras públicas y que fue el epicentro del escándalo de corrupción&nbsp;<em>Lava Jato</em>&nbsp;en Brasil. La ficha de Carrasco en el IVSS indica que ese fue el último empleo formal desde el que cotizó. Su centro de votación se encuentra en Caicara del Orinoco, en el estado Bolívar, población sobre la ribera sur del río del mismo nombre, vecina al llanero estado Guárico, sobre la ribera norte. Allí Odebrecht&nbsp;<a href="https://armando.info/lo-que-odebrecht-hizo-y-dejo-de-hacer/">debía construir</a>&nbsp;el tercer puente sobre el río Orinoco, proyecto que nunca completó.</p>



<p>Lea la investigación completa en <a href="https://es.mongabay.com/2025/08/alibaba-y-la-banda-veneca-que-traficaba-oro-de-brasil-a-venezuela/">Mongabay Latam</a> y <a href="https://armando.info/alibaba-y-la-banda-veneca-que-traficaba-oro-de-brasil-a-venezuela/">Armando.info</a>.</p>



<p><em><strong>Imagen principal:</strong> </em>Composición fotográfica. Crédito: Mongabay Latam.</p>



<p><em>Si quieres leer más noticias ambientales en Latinoamérica,&nbsp;</em><a href="https://es.mongabay.com/?s=&amp;formats=post+custom_story+videos+podcasts+specials+short_article" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><em>puedes revisar nuestra colección de artículos.</em></a><em>&nbsp;Y si quieres estar al tanto de las mejores historias de Mongabay Latam,&nbsp;</em><a href="https://es.mongabay.com/boletin-de-noticias/" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><em>puedes suscribirte al boletín aquí</em></a><em>, unirte a nuestro&nbsp;<a href="https://whatsapp.com/channel/0029VaHRw3ULI8YUpy3Iyc0m">canal de WhatsApp</a>&nbsp;o seguirnos en&nbsp;</em><a href="https://www.facebook.com/MongabayLatam/" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><em>Facebook</em></a><em>,&nbsp;</em><a href="https://twitter.com/MongabayLatam/" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><em>X</em></a><em>,&nbsp;</em><a href="https://www.instagram.com/mongabaylatam/" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><em>Instagram</em></a><em>,&nbsp;<a href="https://www.tiktok.com/@mongabaylatam">Tiktok</a>&nbsp;y&nbsp;</em><a href="https://www.youtube.com/channel/UCCZH55oRbWMJoH3L2JmSItQ/" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><em>Youtube</em></a><em>.</em></p>
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        <author>Mongabay Latam</author>
                    <category>Mongabay Latam</category>
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        <pubDate>Mon, 25 Aug 2025 19:41:15 +0000</pubDate>
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                <media:description type="plain"><![CDATA[Alibaba y la banda que traficaba oro de Brasil a Venezuela]]></media:description>
                <media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Mongabay Latam</media:credit>
            </media:content>
                            </item>
        <item>
        <title>Alameda del Lío, notificación judicial pública al nido de víboras</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/alameda-del-lio-notificacion-judicial-publica-al-nido-de-viboras/</link>
        <description><![CDATA[<p>Barranquilla, 20 de marzo de 2025 Doctor: JANNY GUILLOTH POLO JUEZA JUZGADO VEINTICUATRO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE BARRANQUILLA E.&nbsp;&nbsp;&nbsp; S.&nbsp;&nbsp; D. REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO – DEMANDA&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; RECONVENCIONAL ARTICULO 371 CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO RADICACIÓN: 0800-141-89021-2024-01234-00 DEMANDANTE: MABEL EUGENIA CASTILLO VALENCIA DEMANDADO: CARDENIO BENJAMIN BUSTILLO ANGULO Respetada Señora Jueza: Yo, Cardenio Benjamín Bustillo [&hellip;]</p>
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        <content:encoded><![CDATA[
<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152404/Ala_-_2_optimized_2000-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-113511" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152404/Ala_-_2_optimized_2000-1024x683.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152404/Ala_-_2_optimized_2000-300x200.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152404/Ala_-_2_optimized_2000-768x512.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152404/Ala_-_2_optimized_2000-1536x1024.jpg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152404/Ala_-_2_optimized_2000-2048x1365.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>Barranquilla, 20 de marzo de 2025</p>



<p>Doctor:</p>



<p><strong>JANNY GUILLOTH POLO JUEZA</strong></p>



<p>JUZGADO VEINTICUATRO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS</p>



<p>MÚLTIPLES DE BARRANQUILLA</p>



<p>E.&nbsp;&nbsp;&nbsp; S.&nbsp;&nbsp; D.</p>



<p><strong>REFERENCIA: PROCESO EJECUTIVO – <u>DEMANDA&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; RECONVENCIONAL</u></strong> <strong>ARTICULO 371 CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO</strong></p>



<p><strong>RADICACIÓN: 0800-141-89021-2024-01234-00</strong></p>



<p><strong>DEMANDANTE: MABEL EUGENIA CASTILLO VALENCIA</strong></p>



<p><strong>DEMANDADO: CARDENIO BENJAMIN BUSTILLO ANGULO</strong></p>



<p>Respetada Señora Jueza:</p>



<p>Yo, Cardenio Benjamín Bustillo Angulo, identificado con la cédula de ciudadanía número 7.451.194 domiciliado y residente en la ciudad de Barranquilla, en mi calidad de DEMANDADO con un proceso fraudulento contemplado y definido claramente en el artículo <a>453 del Código Penal</a>, procedo dentro del término otorgado por su despacho, a contestar y demandar reconvencionalmente el proceso ejecutivo, al que fui vinculado en los siguientes términos:</p>



<p><strong>OPORTUNIDAD DE LA CONTESTACIÓN – DEMANDA RECONVENCIONAL.</strong></p>



<p>Yo, Cardenio Benjamín Bustillo Angulo, CC 7.451.194 de Barranquilla, interpongo conjuntamente con la contestación al proceso ejecutivo mi <strong>DEMANDA RECONVENCIONAL </strong>contra la demandante Mabel Eugenia Castillo Valencia.</p>



<p>Presentación personal en soporte de representación propia:</p>



<p>Mi nombre es Cardenio Benjamín Bustillo Angulo, identificado con la Cédula de Ciudadanía No 7,451,194 de Barranquilla. Mis estudios en el Estado de California, Estados Unidos, incluye un Diploma AA en Artes Liberales con un Certificado como Paralegal (Asistente de Abogado) obtenidos simultáneamente en Los Angeles City College en el 2016.</p>



<p>Además, una Maestría en Business Administration con énfasis en Justicia Criminal en el 2019, obtenido en Northcentral University, (se llama ahora National University).</p>



<p>Desde el año 1978 me he representado personalmente en el área de Los Ángeles en cortes estatales y federales bajo el código civil <a href="28%20U.S.C.%20§%201654%20-%20U.S.%20Code"><strong>28 U.S.C. § 1654 &#8211; U.S. Code</strong></a><strong>, </strong>sin ser abogado.</p>



<p>Regresando a Colombia y por la necesidad de enfrentar varias situaciones jurídicas civiles, decidí hacer la investigación de como representarme por mí mismo, al encontrar una corrupción absurda en el manejo y representación ante cortes y entidades civiles y criminales.&nbsp; He aquí la información que me permite representarme:</p>



<p><strong>Artículo 86 de la Constitución Política</strong></p>



<p>Artículo 86. Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, <strong><u>por sí misma</u></strong> o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.</p>



<p><strong>DECRETO 196 DE 1971 (Febrero 12)</strong></p>



<p><strong>CAPITULO 2 EXCEPCIONES</strong></p>



<p><a></a><strong>ARTÍCULO 28.</strong> Por excepción se podrá litigar en causa propia sin ser abogado inscrito, en los siguientes casos:&nbsp;</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>En ejercicio del derecho de petición <strong><u>y de las acciones públicas consagradas por la Constitución y las leyes. </u></strong></li>
</ol>



<p>PRECEPTO 10 DEL DECRETO 2591</p>



<p><strong>Legitimidad e interés. La acción de tutela podrá ser ejercida, en todo momento y lugar, por cualquiera <u>persona vulnerada o amenazada en uno de sus derechos fundamentales, quien actuará por sí misma.</u></strong></p>



<p>“el referido canon superior consigna -sin restricción- que reclamos iusfundamental como el actual pueden ser invocados por toda persona, “<strong><u>por sí misma</u></strong> o por quien actúa a su nombre”.</p>



<p><a href="https://www.google.com/search?client=firefox-b-d&amp;q=sentencia+STC9520-2021">STC9520-2021</a></p>



<p><strong>HECHOS ACUSADORES Y ARGUMENTOS DE DEFENSA:</strong></p>



<p>&nbsp;En primer lugar, es importante señalar lo siguiente:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>Este Despacho, después de inadmitir la demanda le otorgó (5) cinco días hábiles para su corrección el 19 de noviembre del 2024.</li>



<li>La demandante por medio de su apoderada <a>ÉLIDA ESTELA ACOSTA ACOSTA</a> <strong><u>incumple</u></strong> este dictamen, dejando este proceso culminado como inadmisible.</li>



<li>Sin embargo, este despacho emite en OTRA DECISIÓN violando el debido proceso <strong>VULNERANDO MIS DERECHOS</strong> fechado enero 22 de 2025, (60) sesenta días después. (<strong>Sentencia No. T-572/92)</strong></li>



<li>Cabe anotar que NUNCA FUI NOTIFICADO DE ESAS DECISIONES.</li>



<li>Además, notifico a este juzgado y su personal, que la demandante dice ser abogada. Busqué en la Judicatura y su nombre no aparece. Sin embargo encontré su tesis y dice ser graduada en la Corporación Universitaria de la Costa como abogada. (A lo mejor es uno de los títulos que se compran a menudo en Colombia).</li>



<li>La abogada de la demandante, ÉLIDA ESTELA ACOSTA ACOSTA se refiere en el juramento como “la Señora” en vez de su título de Doctora que se adhiere a los profesionales graduados en Abogacía. Su fin de hacerlo es, que si en verdad la demandante continúa siendo abogada (es posibles que se le haya revocado su título), CONTINUAR CON EL FRAUDE PROCESAL OMITIENDO HECHOS REFERENTES A SUS ACTUACIONES COMO PROFESIONAL DE LA MATERIA, al Juzgado.</li>



<li>Añado, que tengo dos nacionalidades, colombiana y estadounidense y tengo varios títulos profesionales que pueden ser vistos en el Blog de El Espectador, donde suelo escribir a menudo: <a href="https://blogs.elespectador.com/author/ben-bustillo/">https://blogs.elespectador.com/author/ben-bustillo/</a></li>
</ol>



<p><strong>FRAUDE PROCESAL Y FALSO JURAMENTO</strong></p>



<p>Este proceso está basado en varios hechos ACEPTADOS por este JUZGADO Y SECRETARIA, y escojo decir en este momento que a lo mejor inadvertidamente, pero que muy fácil puede caer bajo la definición de complicidad judicial, uno de los cánceres de la sociedad colombiana. Anexo documentos adicionales para que complementen las pruebas cometidas por la demandante y su abogada, y ya sea por inadvertencia por este mismo juzgado.</p>



<p>Comencemos con los defectos jurídicos y legales, reincorporando los hechos narrados en los puntos del 1 al 7 en el párrafo inicial titulado oportunidad de la contestación, que incluye los que siguen a continuación:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>En la demanda bajo el subtítulo Hechos (copia pegada a este documento como parte de mi contestación y presentada por la demandante y su abogada como prueba titulada contrato de arriendo) en el numeral 3 dice que debo desde <strong><em><u>ABRIL 5 DE 2025.</u></em></strong> <strong><u>Todavía estamos en marzo</u></strong>.</li>
</ol>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="771" height="299" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152522/image-5.png" alt="" class="wp-image-113512" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152522/image-5.png 771w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152522/image-5-300x116.png 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/03/24152522/image-5-768x298.png 768w" sizes="auto, (max-width: 771px) 100vw, 771px" /></figure>



<ul class="wp-block-list">
<li>Continúa con la falsedad de documentación ante el juzgado actuando claramente bajo la definición del artículo 453 del Código Penal.</li>



<li>Siguiendo con los errores de la tutela, bajo el título de CUANTÍA, se lee que debo 3 meses y la cantidad es de Seis Millones Seiscientos mil pesos. La renta se suponía que es de Un Millón cien Mil pesos mensuales y de pronto ¿se convierte bajo el arte de fraude procesal en el doble? (Mire screenshot a continuación):<img loading="lazy" decoding="async" width="590" height="93" src="https://blogs.elespectador.com/29e7ec72-8756-4c62-a062-da4bb60c8b1d" alt="A close-up of a sign

AI-generated content may be incorrect."></li>



<li>Dentro del proceso cuando se dicta primeramente la inadmisibilidad, uno de los requisitos que se pide es que si el abogado de la demandante sabe sobre mis posibles defensas. Reitero que la demandante es aparentemente abogada, y DECLARO BAJO JURAMENTO QUE ES UNA MENTIRA TOTAL. <strong>AQUÍ LA DEMANDANTE Y SU APODERADA JURAN EN FALSO. </strong><em><u>El artículo 442 de la Ley 890 de 2004 establece que quien falte a la verdad o la calle total o parcialmente en una actuación judicial o administrativa, bajo la gravedad del juramento ante autoridad competente, incurrirá en prisión de seis a doce años. </u></em></li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>En su respuesta dice lo siguiente:</li>
</ul>



<p><em><u>“bajo la gravedad del juramento manifiesto al despacho que mi poderdante y la suscrita desconocemos sobre la existencia de pruebas en poder de la parte demandada las cuales pudiera hacer valer en su defensa dentro del presente proceso”.</u></em> Primer falso juramento como se evidencia por las pruebas presentadas por mí.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>El segundo falso juramento lo hace en la misma respuesta cuando se refiere al contrato, que primero es nulo e inválido y ambas, la demandante y su apoderada, lo sabían. Mucho peor, no menciona el otro sí: “<em><u>Bajo la gravedad del juramento manifiesto al despacho que el titulo ejecutivo (contrato de arrendamiento) materia de recaudo del presente proceso se encuentra en poder de la parte demandante y será exhibido cuando su señoría así lo requiera</u></em>”.</li>



<li>Primero, la demandante me ha puesto a pagar en las facturaciones de los servicios públicos costos que pertenecen a la propietaria por cuatro (4) años, continúa haciéndolo (no ha permitido que cambien la facturación a mi nombre) y en ese tiempo yo he mantenido COMPLETAMENTE AL DÍA EL PAGO DE LOS SERVICIOS, con la excepción de Air e, un par de veces porque después de todo estos cuatro años la factura electrónica que me mandan es la del apartamento anterior donde viví.</li>



<li>Además, a Air e y a Gases del Caribe los denuncié ante la fiscalía incluyendo a la demandante Mabel Eugenia Castillo Valencia. No incluyo copia porque estoy ampliando las denuncias.</li>



<li>Aún así con los antecedentes narrados en todos los párrafos anteriores que reincorporo en esta contestación y demanda reconvencional, hay algo mucho más grave y su descripción continúa en el siguiente párrafo.</li>
</ul>



<p><strong>MANIFESTACIONES FRENTE A LOS HECHOS NARRADOS POR EL ACCIONANTE.</strong></p>



<p><strong>En cuanto al hecho primero de que en principio existió un contrato</strong>, <strong>es cierto.</strong> La accionante y yo elaboramos un contrato de renta. Pero este contrato es <strong>NULO Y SIN VALIDEZ JURÍDICA. </strong>Narro razonamiento legal:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>El segundo párrafo del contrato PRESENTADO Y ACEPTADO COMO EVIDENCIA ANTE ESTE JUZGADO indica el número de cuenta donde debía depositar las mensualidades, señalando el número <strong>77711183895 de Bancolombia.</strong></li>



<li>Esta cuenta no le pertenecía a la demandante MABEL EUGENIA CASTILLO VALENCIA. Le pertenecía o y no sé si todavía le pertenece a ADRIANA MARIA CORRALES FLOREZ con cédula de ciudadanía 32.732.734 de Barranquilla.</li>



<li>Desde el primer momento que me tocó depositar la primera renta, lo noté (hago todos mis pagos vía Internet).</li>



<li>Hablé con ella, y firmamos un otrosí, QUE ALEVOSAMENTE, CRIMINALMENTE, AMPLIANDO SU ACTUACIÓN FRAUDULENTA PROCESAL LA DEMANDANTE Y SU ABOGADA NO LO APORTARON AL JUZGADO. La anexo como evidencia (Anexo # 1). <strong><u>NOTEN QUE EL OTROSÍ ESPECÍFICAMENTE TENÍA VALIDEZ DE UN AÑO SOLAMENTE</u></strong>.</li>



<li>Cuando descubrí que la demandante me estaba haciendo pagar costos que le pertenecían a ella con la compañías de servicios hace aproximadamente un año, paré los pagos, porque descubrí que, primero, había sobre pagado mi obligación que no tenía ya validez contractual, y lo más importante, QUE EL CONTRATO ERA NULO, INVÁLIDO Y QUE NO ME OBLIGABA A CUMPLIRLO.</li>



<li>El art. 1255 de Código Civil define la formación de un contrato: “forma que los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, <strong><em>siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público</em></strong>.” Cuando <em>el contrato tiene una causa ilícita, en base al art. 1275 de Código Civil, los contratos sin causa, o con causa ilícita, no producen efecto alguno. Se considera ilícita la causa cuando se opone a las leyes o a la moral</em>.</li>



<li>El 21 de agosto de 2024, notifiqué a la demandante de que no continuaría pagando, y le pedí que me devolviera todo lo que le había mandado. (Anexos 2 y 3 copia de la notificación con prueba del envío vía Gmail).</li>



<li>Además de todo eso, hace como cuatro meses se mudó en el piso de abajo un o una fumadora, que me enfermó y ando con una bronquitis que no me deja respirar bien y duermo mal. Le mandé como 500 correos notificándole de su responsabilidad de proveer el cuidado que se requiere, especialmente a un adulto mayor Y DESCAPACITADO, tengo 75 años. Tengo copia de esos correos que haré disponible al juzgado cuando guste.</li>



<li>Se asoció a la administración y al concejo del conjunto residencial Alondra donde se encuentra ubicado el apartamento donde resido para violar mis derechos contemplados en los siguientes artículos de la ley 820 de 2003:</li>



<li>Artículo 7. Solidaridad</li>



<li>Artículo 8, Numeral 4 – Entrega de las normas de convivencia en el complejos, que ni con derechos de petición me fueron entregadas ni por la demandante, ni por el Concejo ni la Administración. Las penalidades por esta violación están contempladas en la Ley 675 de 2001. Este incumplimiento genera sanciones como lo dice el último parágrafo: “<strong><em>El incumplimiento del numeral tercero del presente artículo será sancionado, a petición de parte, por la autoridad competente, con multas equivalentes a tres (3) mensualidades de arrendamiento”</em></strong>.</li>



<li>Violación del: “<em><u>Artículo 11. Comprobación del pago. El arrendador o la persona autorizada para recibir el pago del arrendamiento estará obligado a expedir comprobante escrito en el que conste la fecha, la cuantía y el período al cual corresponde el pago. En caso de renuencia a expedir la constancia, el arrendatario podrá solicitar la intervención de la autoridad competente.</u></em></li>



<li>Tania Lafont, hija de la demandante Mabel Eugenia Castillo Valencia elaboró recibos fraudulentos escondiendo el nombre de su madre para evitar los delitos ya sea, de fraude por uso del subsidio de vivienda arrendando la propiedad muy pocos meses después de su entrega (uno o dos), y el delito de evasión de impuestos.</li>
</ol>



<p><strong>FUNDAMENTOS DE DERECHO.</strong></p>



<p><strong>Improcedencia de la Acción.</strong></p>



<p>El Proceso Ejecutivo es una acción excepcional en la medida que solo procede frente a situaciones perfectamente autorizadas por la Constitución y la Ley, y está sujeta a precisas reglas de interpretación restrictiva que la toman como un mecanismo de excepción sólo procedente frente a un reducido de eventualidades.</p>



<p>Para comenzar el abuso de este Juzgado bajo la dirección de la Secretaria FANNY YANETH ROJAS MOLINA y la Juez JANNY GUILLOTH POLO se manifiestan ya sea por inadvertencia o simplemente como se produce con frecuencia en Colombia por abuso judicial al aceptar el cumplimiento de la orden dictaminada a la demandante y su apoderada de subsanación presentada aproximadamente sesenta días después.</p>



<p><strong>Razonamiento evidenciario y jurídico</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li>El documento presentado y aceptado como subsanación <strong>NO ESTÁ FECHADO</strong>. Por lo tanto, la dictaminación primera REAFIRMA que ESTÁ RECHAZADA de acuerdo con el artículo 90 del Código General del Proceso por no cumplirse dentro de los cinco días hábiles dados. <a>En esta parte del proceso existe mala fe de la demandante y su abogada.</a></li>
</ol>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Al recibir la subsanación SIN FECHA y proceder, la secretaria y juez actúan en conjunto con la demandante y su abogada en VIOLAR MIS DERECHOS claramente identificados en el Artículo </strong><strong>453 del Código Penal como fraude procesal. </strong>En esta parte del proceso existe mala fe de la demandante y su abogada corroborados por la Señora Juez y su Secretaria.</li>



<li>Adicionalmente, la abogada y su representada <strong>BAJO JURAMENTO dicen desconocer de mis defensas</strong>. <strong>A la demandante le he mandado más de 500 correos electrónicos relacionados con todo tipo de violaciones y <u>maltrato a un adulto mayor</u> Y DISCAPACITADO, siendo el más RELEVANTE de este caso cuando le digo que EL CONTRATO ES NULO Y SIN VALIDEZ</strong> (<strong>copia del volante como prueba del envío vía Gmail y la notificación están adjuntas a esta contestación y demanda reconvencional como anexos 2 y 3</strong>). Nuevamente, actuando en violación de mis derechos al debido proceso identificados claramente en <strong>el Artículo 453 del Código Penal.</strong> En esta parte del proceso existe mala fe de la demandante y su abogada.</li>



<li>Nunca fui notificado de las disposiciones dictaminadas por el juzgado. En esta parte del proceso existe mala fe de la demandante y su abogada.</li>



<li>Este proceso continúa violando mis derechos al debido proceso al pedir un embargo y secuestro de un bien, ya que,</li>



<li>Las cuentas de ahorros son inembargables (Circular 61 de octubre 8 de 2024 Superintendencia Financiera) y,</li>



<li>Mi lote NUNCA FUE DADO COMO GARANTÍA PARA EL CONTRATO, NO EXISTE DOCUMENTACIÓN AL RESPECTO, Y EL CONTRATO ES NULO, SIN VALIDEZ. Además, tiene un valor aproximado de Diez Mil Millones de Pesos. En esta parte del proceso existe mala fe de la demandante y su abogada.</li>



<li>La demandante, Mabel Eugenia Castillo Valencia al querer evadir el pago directo de la renta a ella, claramente se deriva de actuaciones ilegales y criminales. Tres de las posibles razones son, que obtuvo subsidio de vivienda no permitiendo rentar del apartamento porque perdería el subsidio, tiene embargos en contra de ella, y la otra que es la más evidente, evasión fiscal. En cualquiera de los casos, me está involucrando en un delito. En esta parte del proceso existe mala fe de la demandante y su abogada.</li>
</ol>



<p><strong>Código General del Proceso Artículo 42. Deberes del juez</strong></p>



<p>Son deberes del juez:<br><br>1. <em>Dirigir el proceso, velar por su rápida solución, presidir las audiencias, adoptar las medidas conducentes para impedir la paralización y dilación del proceso y procurar la mayor economía procesal.<br><br>2. Hacer efectiva la igualdad de las partes en el proceso, usando los poderes que este código le otorga.<br><br>3. Prevenir, remediar, sancionar o denunciar por los medios que este código consagra, los actos contrarios a la dignidad de la justicia, lealtad, probidad y buena fe que deben observarse en el proceso, lo mismo que toda tentativa de fraude procesal.<br><br>4. Emplear los poderes que este código le concede en materia de pruebas de oficio para verificar los hechos alegados por las partes.<br><br>5. Adoptar las medidas autorizadas en este código para sanear los vicios de procedimiento o precaverlos, integrar el litisconsorcio necesario e interpretar la demanda de manera que permita decidir el fondo del asunto. Esta interpretación debe respetar el derecho de contradicción y el principio de congruencia.<br><br>6. Decidir aunque no haya ley exactamente aplicable al caso controvertido, o aquella sea oscura o incompleta, para lo cual aplicará las leyes que regulen situaciones o materias semejantes, y en su defecto la doctrina constitucional, la jurisprudencia, la costumbre y los principios generales del derecho sustancial y procesal.<br><br>7. Motivar la sentencia y las demás providencias, salvo los autos de mero trámite.</em></p>



<p>“En palabras de la Corte Constitucional, el defecto procedimental se</p>



<p>configura cuando el funcionario judicial:</p>



<p><em>(i) sigue un trámite completamente ajeno al que corresponde</em></p>



<p><em>(desvío del cauce del asunto);</em></p>



<p><em>(ii) pretermite etapas o eventos sustanciales del procedimiento,</em></p>



<p><em>circunstancia que automáticamente conlleva al desconocimiento del</em></p>



<p><em>derecho de defensa y contradicción;</em></p>



<p><em>(iii) incurre en exceso ritual manifiesto, es decir, cuando concibe los</em></p>



<p><em>procedimientos como un obstáculo para la eficacia del derecho</em></p>



<p><em>sustancial, y, por esta vía, sus actuaciones devienen en denegación</em></p>



<p><em>de justicia; CONSEJO DE ESTADO Radicación número: 11001-03-15-000-2019-01806-00(AC</em>)</p>



<p>Indudablemente en este caso aplican la mayoría de los párrafos marcando claramente cuál debe ser el proceder por seguir.</p>



<p><a><strong>PRETENSIONES DE LA</strong></a><strong> CONTESTACIÓN</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Con la mayor consideración, SUPLICO AL JUZGADO:</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li>Que teniendo por presentado este escrito, copia y documentos que se acompañan de ambas partes, se tenga por formulada <a>DEMANDA DE RECONVENCION</a>, ya que el asunto es de competencia del mismo juez ante el cual se ventila la demanda inicial.</li>



<li>El Código General del Proceso, en su artículo 371, <em>señala que para la procedencia de la demanda de reconvención esta no debe estar sometida a trámite especial.</em></li>



<li>Es procedente cuando, habiéndose formulado en proceso separado, procedería la acumulación de procesos.</li>



<li><em>Cuando se denuncia fraude procesal, el juez tiene el deber de investigar a fondo la denuncia, evaluar las pruebas presentadas y tomar las medidas necesarias para garantizar la correcta administración de justicia, <strong>INCLUYENDO LA POSIBILIDAD DE INICIAR UN PROCESO PENAL POR EL DELITO DE FRAUDE PROCESAL</strong> si las pruebas lo justifican.</em></li>



<li><strong><em><u>Desestimar en su totalidad el proceso ejecutivo por ser fraude procesal, uso indebido por el juzgado ya que la subsanación fue presentada sin fecha y extemporáneamente y suspensión del proceso ejecutivo y defina la demanda de reconvención.</u></em></strong></li>



<li><strong>Aceptar como exenciones</strong> las fallas del proceso ejecutivo por usar fechas inexistentes y contradictorias, además de las cantidades que pedía por tres meses eran exageradas y ajenas a la verdad.</li>



<li>Sancionar a la demandante y su abogada a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), además de una pena de prisión de 6 años y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas de 5 años a cada una por el delito de fraude procesal.</li>



<li>Sancionar a la demandante y su abogada cada una a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), además de una pena de prisión de 6 años a cada una por el delito de falso juramento.</li>



<li><strong>SI SE TIENE O ADQUIERE JURSIDICCIÓN PARA EMITIR ESTA SENTENCIA, <em><u>ya que cabe la posibilidad de que el Juez y su Secretaria pueden ser parte demandada por la aceptación de documento sin fecha y utilizarlo para emitir un dictamen</u></em>:</strong></li>



<li><strong>Emitir orden de arresto inmediatamente se reciba y revise documentación anexa a esta contestación que es también demanda de reconvención contra la demandante Mabel Eugenia Castillo Valencia y su abogada ELIDA ESTELA ACOSTA ACOSTA.</strong></li>



<li>Si la Juez decide recusarse, REMITIR INMEDIATAMENTE A LA FISCALÍA, JUDICATURA Y CUALQUIER OTRA ENTIDAD GUBERNAMENTAL CON JURISDICCIÓN LEGAL sobre este proceso de fraude procesal, falso juramento y mala fe, ya que cabe la posibilidad de que la Señora Juez y su Secretaria puedan ser demandadas.</li>
</ul>



<p><strong>PRETENSIONES DE LA DEMANDA DE RECONVENCION</strong></p>



<p>Con la mayor consideración, SUPLICO AL JUZGADO:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>Incluir como <strong><u>DEMANDADA</u></strong> a la abogada <strong>ELIDA ESTELA ACOSTA ACOSTA</strong> C.C. No.22’529.815 expedida en Malambo (Atl.) T.P. 97.272. C.S. de la J., por <strong>FRAUDE PROCESAL</strong>, abuso a adulto mayor y discapacitado, sancionándola con 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), además de una pena de prisión de 6 años y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas de 5 años.</li>



<li>Incluir como <strong><u>DEMANDADA</u></strong> a <strong>ADRIANA MARÍA CORRALES FLÓREZ</strong> <strong>CC 32.732.734</strong> de Barranquilla, por fraude recibiendo aproximadamente $40 millones de pesos míos sin ningún tipo de contrato basado en un otrosí elaborado por Mabel Eugenia Castillo Valencia que venció un año después de su elaboración, y sancionarla con 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), y prisión por dos años.</li>



<li>Incluir como <strong><u>DEMANDADA</u></strong> a <strong>TANIA ISABEL LAFONT CASTILLO, CC 1140830580</strong> por fraude procesando recibos de pago sin nombre, acoso a adulto mayor, fraude en la falsificación de recibos. Una copia es adjunta como evidencia EN EL ANEXO No. 4, y sancionarla con 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), y prisión por dos años.</li>



<li>Ordenar a las Compañías de Servicios Públicos de transferir la facturación a mi nombre solamente, LOS SERVICIOS ÚNICAMENTE. La Ley 820 del 2003 en el artículo 15 especifica servicios. Las arandelas le corresponden al arrendador. Aunque el contrato es nulo e inválido jurídicamente, asumo el costo de LOS SERVICIOS A QUE ESTÁ SUJETO UN ADULTO MAYOR DE 75 AÑOS Y DISCAPACITADO.</li>



<li>Esta orden debe ser enviada de la siguiente forma:</li>



<li><strong>Triple aaa Cuenta # 1000507</strong> Calle 112 # 42-93 Torre 11 Apto 903, Cardenio Benjamín Bustillo Angulo CC 7451194. <strong>SERVICIOS ÚNICAMENTE DE ADULTO DE 75 AÑOS E INCAPACITADO.</strong></li>



<li><strong>Air e: Cuenta # 7943680</strong>, Calle 112 # 42-93 Torre 11 Apto 903, Cardenio Benjamín Bustillo Angulo CC 7451194. <strong>SERVICIOS ÚNICAMENTE DE ADULTO DE 75 AÑOS E INCAPACITADO.</strong></li>



<li><strong>Gases del Caribe Cuenta # 66732381</strong>. Calle 112 # 42-93 Torre 11 Apto 903, Cardenio Benjamín Bustillo Angulo CC 7451194<strong>. SERVICIOS ÚNICAMENTE DE ADULTO DE 75 AÑOS E INCAPACITADO.</strong></li>
</ol>



<p><strong>ANEXOS</strong></p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li>Copia del otrosí.</li>



<li>Talón de prueba de envío correo de notificación de la invalidez del contrato.</li>



<li>Notificación sobre invalidez de contrato y devolución de dineros pagados.</li>



<li>Copia de recibo (solo adjunto uno, pero tengo en mi posesión copia de todos los meses que pagó y son similares a este, que pondré a disposición del juzgado cuando los soliciten. Estos recibos eran elaborados por Tania Lafont Castillo, hija de la demandante). Mirar copia del mensaje que recibí de la demandante vía WhatsApp: “<em><u>Buenas tardes si gracias, tania me envía el recibo más luego para envuartelo a ti</u></em>”. (SIC)</li>
</ol>



<p><strong>NOTIFICACIONES</strong></p>



<p>CARDENIO BENJAMIN BUSTILLO ANGULO,</p>



<p>correo electrónico: <a href="mailto:ben.bustillo@gmail.com">ben.bustillo@gmail.com</a>,</p>



<p>MABEL EUGENIA CASTILLO VALENCIA, correo electrónico: <a href="mailto:mabelcastillo2009@gmail.com">mabelcastillo2009@gmail.com</a></p>



<p>ELIDA ESTELA ACOSTA ACOSTA al correo electrónico</p>



<p><a href="mailto:acostaestela556@gmail.com">acostaestela556@gmail.com</a></p>



<p>Juez JANNY GUILLOTH POLO</p>



<p><a></a><a href="mailto:j24peqcacmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co">j24peqcacmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co</a></p>



<p>Secretaria FANNY YANETH ROJAS MOLINA</p>



<p><a href="mailto:j24peqcacmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co">j24peqcacmbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co</a></p>



<p><strong>ADRIANA MARÍA CORRALES FLÓREZ</strong></p>



<p><a href="mailto:ac.nana68@gmail.com">ac.nana68@gmail.com</a></p>



<p><strong>TANIA ISABEL LAFONT CASTILLO</strong></p>



<p><a href="mailto:tanialafontcastillo@gmail.com">tanialafontcastillo@gmail.com</a></p>



<p><strong>NOTIFICACIÓN EXTRAJUDICIAL</strong></p>



<p>Tengan en cuenta las partes originales del proceso ejecutivo, demandante y apoderada, Secretaria y Juez, partes demandadas y añadidas en la demanda reconvencional de lo siguiente:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>Retengo el derecho de acusaciones legales contra la Secretaria y Juez y a quienes otorgo 5 días hábiles comenzando 2 días después del envío de este correo para que subsanen los defectos y abusos cometidos, informando que de no hacerlo, abriré con la JUDICATURA EL PROCESO DE VIGILANCIA JUDICIAL. A la vez, solicito a la Juez que no dictamine órdenes de arresto contra la demandante, su abogada y las dos personas añadidas en la demanda reconvencional hasta que se defina dentro de los días ofrecidos para subsanar su mala fe, fraude procesal, juramentos falsos con las propuestas que le hago en este documento a estas personas.</li>



<li>Retengo evidencia contra de la demandante y su abogada para futuros uso si fuese necesaria.</li>



<li>A la demandante y su abogada, que si no pagan $ 500.000.000,00 millones de pesos dentro de 7 días hábiles al envío de este correo, reiteraré la obligación de la Juez para que emita ordenes de arresto en contra de ambas. Si el Juzgado no lo hace, iniciaré procesos directamente con la Fiscalía enforzando el arresto en contra de todas las personas involucradas en este proceso, incluyendo la Secretaria del Despacho y la Juez.</li>



<li>A la demandante y su hija Tania Lafont, de entregar títulos de posesión COMO DUEÑO a mi nombre de los apartamentos 902 y 903 LIBRE DE DEUDAS situados en la Calle 112 # 42-93 del Conjunto Residencial Alondra dentro de 30 días hábiles al envío de este correo. Deben notificarme y al Juzgado cuando comiencen el proceso ante una notaría dentro de 5 días hábiles al envío de este correo. De no hacerlo, enforzaré ante el juzgado la orden de arresto.</li>



<li>A <strong>ADRIANA MARÍA CORRALES FLÓREZ </strong>que dentro de 5 días hábiles que comienzan a contar 2 días hábiles después del envío de este correo, me pague $40.000.000,00 millones de pesos. De no hacerlo, enforzaré ante el juzgado la orden de arresto.</li>
</ol>



<p>Respetuosamente sometida,</p>



<p><em>El Decreto 806 de 2020 y su adopción como legislación permanente mediante la Ley 2213 de 2022, señala que: “…para cualquier actuación judicial se podrán conferir mediante mensaje de datos, sin firma manuscrita o digital, con la sola antefirma, se presumirán auténticos y no requerirán de ninguna presentación personal o reconocimiento…”</em></p>



<p>Cardenio Benjamín Bustillo Angulo</p>



<p>CC 7.451.194 de Barranquilla</p>
]]></content:encoded>
        <author>Ben Bustillo</author>
                    <category>Mi Opinión</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=113510</guid>
        <pubDate>Mon, 24 Mar 2025 20:28:05 +0000</pubDate>
                                <media:content url="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/03111454/Alameda-imagen.jpg" type="image/jpeg">
                <media:description type="plain"><![CDATA[Alameda del Lío, notificación judicial pública al nido de víboras]]></media:description>
                <media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Ben Bustillo</media:credit>
            </media:content>
                            </item>
        <item>
        <title>Números metálicos</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/actualidad/ecuaciones-de-opinion/numeros-metalicos/</link>
        <description><![CDATA[<p>Hay algunos números que son estrellas, y que como ellas, se han vuelto famosos; tal es el caso del número π, por ejemplo. Y hay también algunos números especiales que por sus características reciben nombres muy particulares, hasta de metales. Esos son los números que voy a presentarles en esta nota. El primero de esos [&hellip;]</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[
<p>Hay algunos números que son estrellas, y que como ellas, se han vuelto famosos; tal es el caso del número π, por ejemplo. Y hay también algunos números especiales que por sus características reciben nombres muy particulares, hasta de metales. Esos son los números que voy a presentarles en esta nota.</p>



<p>El primero de esos “números metálicos” se ha bautizado con la letra griega <em>φ</em>&nbsp;y&nbsp;es conocido como <em>el número de oro</em>, por cuanto es una perfecta medida para muchas cosas presentes en la naturaleza y para otras que utilizamos diariamente. Este número, con infinitas cifras decimales, surge de la división de un segmento en dos partes <em>a</em> y <em>b</em>, guardando las proporciones: «longitud total del segmento <em>(a+b)</em> es a longitud del segmento más largo <em>a</em>, como longitud del segmento <em>a</em> es a longitud del segmento más corto <em>b</em>».</p>



<figure class="wp-block-image size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="540" height="250" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25093837/image-1.png" alt="" class="wp-image-110719" style="width:346px;height:auto" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25093837/image-1.png 540w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25093837/image-1-300x139.png 300w" sizes="auto, (max-width: 540px) 100vw, 540px" /></figure>



<p>Esto se expresa más precisamente mediante la igualdad:</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25094443/Captura-de-pantalla-2025-01-25-a-las-9.43.02%E2%80%AFa.m.png" alt="" class="wp-image-110721" /></figure>



<p>Aun cuando el número de oro <em>φ </em>era conocido en civilizaciones antiguas, la referencia más divulgada es la del dibujo de Leonardo Da Vinci conocido bajo el nombre de <em>“El Hombre de Vitruvio”</em>, que ilustra lo que es la divina proporción, un dibujo en el que las distintas partes del cuerpo guardan la proporción áurea en una figura humana perfecta.</p>



<p>La proporción áurea está presente en muchas medidas de objetos rectangulares que usamos a diario como por ejemplo en los tamaños de las tarjetas de crédito, la licencia de conducción, la cédula de ciudadanía, las hojas de papel tamaño oficio, tamaños de ventanas, de muebles y hasta en las cajetillas de cigarrillos.&nbsp;</p>



<p>El número de oro se relaciona también con la famosa sucesión de números enteros no negativos que se conoce como la <em>Sucesión de Fibonacci</em>, en honor al matemático italiano Leonardo de Pisa (1170 – 1240), así apodado. Esta sucesión se construye iniciando con los números 0 y 1, y cada nuevo término se obtiene sumando los dos anteriores. De esta manera se logra entonces la sucesión:</p>



<p><em>0, 1, 1, 2, 3, 5, 8, 13, 21, 34, 55, 89,… .</em></p>



<p>Con esta sucesión Fibonacci describió la forma en que crece una población de conejos a partir de una pareja. La sucesión de Fibonacci se usa también para describir múltiples fenómenos y en algunos casos puede mostrar la armonía y la incomparable perfección que esconde la belleza de la naturaleza. Sorprendentemente el cociente entre dos números consecutivos de esta sucesión tiende a nuestro <em>número de oro</em> <em>φ.</em></p>



<p>Una útil coincidencia, que permite pasar de millas a kilómetros en forma aproximada, es la que nos ofrece el hecho de saber que una milla es aproximadamente igual a <em>φ </em>kilómetros; así entonces, usando la sucesión de Fibonachi tenemos que:</p>



<p>3 mi ≃ 5 km</p>



<p>5 mi ≃ 8 km</p>



<p>8 mi ≃ 13 km</p>



<p>13 mi ≃ 21 km.</p>



<p>El número de oro ha sido ampliamente estudiado y no deja de sorprender por sus propiedades extraordinarias. Pero conozcamos otros números metálicos menos famosos.&nbsp;</p>



<p>Puesto que el número de oro <em>φ</em>, como hemos visto, es la solución positiva de la ecuación cuadrática (*) cuando <em>n = 1</em>, vamos a reemplazar ahora el valor de <em>n </em>con los números <em>2, 3</em>, <em>4</em>, y así sucesivamente para obtener los siguientes números metálicos. </p>



<p>Para cada valor de <em>n</em>, la solución positiva de la ecuación (*) es:</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25094745/Captura-de-pantalla-2025-01-25-a-las-9.31.33%E2%80%AFa.m.png" alt="" class="wp-image-110722" /></figure>



<p>Los primeros números metálicos son entonces:&nbsp;</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25094827/Captura-de-pantalla-2025-01-24-a-las-4.45.44%E2%80%AFp.m.png" alt="" class="wp-image-110723" /></figure>



<p>Los números metálicos, posteriores al número de oro, fueron estudiados y divulgados por la matemática argentina Vera Marta Winitzky (1929-2017) quien los definió en el artículo el titulado<a href="https://itc.scix.net/pdfs/4856.content.pdf"><em>La familia de números metálicos en Diseño</em></a> en cuya introducción se puede leer que «… el hecho que los números metálicos aparezcan desde los sistemas usados en el diseño de sus construcciones por la civilización romana antigua hasta los más recientes trabajos de caracterización de caminos universales al caos los convierte en instrumentos invalorables para la búsqueda de relaciones viables cuantitativas entre la Matemática y el Arte».</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25094923/Imagen-1024x683.jpeg" alt="" class="wp-image-110724" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25094923/Imagen-1024x683.jpeg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25094923/Imagen-300x200.jpeg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25094923/Imagen-768x512.jpeg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25094923/Imagen.jpeg 1240w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Vera Marta Winitzky describiendo los números metálicos. Fuente: Wikimedia Commons</figcaption></figure>



<p>Una importante propiedad matemática que Vera M. Winitzky demuestra en su artículo, además de otras propiedades útiles en diseño, arquitectura y arte, es que los números metálicos satisfacen la fracción continua:</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2025/01/25095139/Captura-de-pantalla-2025-01-24-a-las-4.48.12%E2%80%AFp.m.png" alt="" class="wp-image-110725" /></figure>



<p>Como se observa con la divulgación de estas curiosidades, las matemáticas pueden estar en todas partes. La autora, quien fue profesora de matemáticas en la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires, revela cómo logró, mediante el estudio de los números metálicos, introducir contenidos matemáticos sorprendentes para los programas de los cursos de diseño y despertar así el interés matemático de sus estudiantes mostrando la interacción entre las matemáticas y el diseño.</p>



<p>@MantillaIgnacio</p>



<p></p>
]]></content:encoded>
        <author>Ignacio Mantilla Prada</author>
                    <category>Ecuaciones de opinión</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=110551</guid>
        <pubDate>Sat, 25 Jan 2025 15:16:22 +0000</pubDate>
                                <media:content url="https://blogs.elespectador.com/wp-content/uploads/2024/04/DefaultPostImage-1-1.jpg" type="image/jpeg">
                <media:description type="plain"><![CDATA[Números metálicos]]></media:description>
                <media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Ignacio Mantilla Prada</media:credit>
            </media:content>
                            </item>
        <item>
        <title>Alameda del Lío, ahora y que Char y la alcaldía vinieron a dar “charla de convivencia en propiedad horizontal”</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/alameda-del-lio-ahora-y-que-char-y-la-alcaldia-vinieron-a-dar-charla-de-convivencia-en-propiedad-horizontal/</link>
        <description><![CDATA[<p>La mentalidad de las compañías constructoras y la del departamento de planeación es tan pequeña como la de una lombriz de tierra</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[
<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="739" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182507/Night-traffic-2-b-1024x739.jpg" alt="" class="wp-image-109967" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182507/Night-traffic-2-b-1024x739.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182507/Night-traffic-2-b-300x217.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182507/Night-traffic-2-b-768x554.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182507/Night-traffic-2-b-1536x1109.jpg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182507/Night-traffic-2-b-2048x1478.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>¿Quién fue el conferencista? ¿El turco ladrón Char? ¿Y sí tiene la educación este bandido? Lo conozco como ladrón político asociado a criminales que se sienten de “alta sociedad barranquillera” porque consiguen puestos políticos pagando la cuota en votos, o plata.</p>



<p>O ¿será el brazo criminal armado que tienen? A mí me dijeron que tuviera cuidado con los Char, porque me puedo encontrar con una bala en la mitad de mi camino. Advertencia, si me pasa algo, ya saben de donde proviene.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28184756/Night-Alameda-b-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-109891" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28184756/Night-Alameda-b-1024x683.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28184756/Night-Alameda-b-300x200.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28184756/Night-Alameda-b-768x512.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28184756/Night-Alameda-b-1536x1024.jpg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28184756/Night-Alameda-b-2048x1365.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>Pero en las noches se presentan espectáculos naturales</em></figcaption></figure>



<p>En todo caso, creo que gracias a mi publicación anterior el tráfico se medio compuso con la apertura de la Carrera 43 C. Pero se tardaron más de 5 años en encontrar una solución pasajera, porque con el número de edificios que están construyendo el tráfico vehicular en tres años o menos, aumentará dificultando la accesión a las vías para salir del hueco donde se encuentra Alameda del Lío (anteriormente Río). (Esperen otro artículo referente a la construcción con permisos falsos, ventas a “testaferros” inventadas, el tal auxilio de préstamos para comprar vivienda próximamente). </p>



<p>Creo que la tal “charla” se debe a mi constante denuncia contra los olores de cigarrillos sintéticos que en los dos últimos meses me ha expuesto una vieja que vive en el piso bajo el mío. ¡Ojo! Tengo más de tres años de vivir en el complejo, y este problema nunca se presentó antes.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="682" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28190114/Night-traffic-4-b-1024x682.jpg" alt="" class="wp-image-109896" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28190114/Night-traffic-4-b-1024x682.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28190114/Night-traffic-4-b-300x200.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28190114/Night-traffic-4-b-768x512.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28190114/Night-traffic-4-b-1536x1024.jpg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28190114/Night-traffic-4-b.jpg 2000w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption"><em>Esta foto es evidencia que el embotellamiento del tráfico continúa</em></figcaption></figure>



<p>La administradora nueva y el consejo la entrevistaron y lo negó formando una reacción negativa de parte mía, no solo a la vieja maldita empedernida viciosa a quien insulto con todo tipo de vulgaridades (me hace pelar el cobre), porque no solo expela el olor hacia afuera de su ventana yéndose hacia arriba (los olores nunca se dispersan hacia abajo y nunca se diseminan hacia los lados), pero también le doy el tono vulgar al concejo y administradores.</p>



<p>&nbsp;Cabe recordar que la <a href="https://leyes.co/el_regimen_de_propiedad_horizontal/74.htm" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>Ley de Propiedad Horizontal (675 de 2001)</strong></a> establece en su artículo 74&nbsp;la prohibición de olores, partículas u otros elementos que trascienden al exterior y que afecten los niveles tolerables para la convivencia.&nbsp;“Las señales visuales, de ruido, <strong><u>olor</u></strong>, partículas y cualquier otro elemento que, generados en inmuebles privados o públicos, trascienden el exterior, <strong>no podrán superar los niveles tolerables para la convivencia y la funcionalidad requerida en las Unidades Inmobiliarias Cerradas.&nbsp;</strong> En este caso, <strong>el administrador está en la obligación de hacer cumplir la Ley Antitabaco en la propiedad</strong>”.</p>



<p>En Colombia, la regulación del consumo de tabaco en propiedad horizontal <strong>está contemplada principalmente en la Ley 1335 de 2009, conocida como la Ley Antitabaco,</strong> y la policía con el <a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1801_2016.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>Código de Policía (Art. 33 Núm. 1 Lit. c. Ley 1801 de 2016)</strong></a>.</p>



<p>Además, el fumar produce olores considerados provenientes de una actividad <strong><u>psicoactiva</u></strong>, y lo dice claramente el Art. 33 Núm 1. ¿Sabrán leer?</p>



<p>El <strong><a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1801_2016.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Código de Policía (Art. 33 Núm. 1 Lit. c. Ley 1801 de 2016)</a> dice también que porque este comportamiento afecta su tranquilidad, con lo cual, al perturbador le pueden imponer una multa equivalente a dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes”.</strong></p>



<p>Pues a esta administración (la anterior y esta nueva) no les han importado los correos que les he mandado (como unos cien) ni la denuncia ante la policía varias veces. Mandaron un par de tombitos (jóvenes pero armados), me entrevistaron en mi apartamento, (uno haciendo el papel de “abogado” y el otro revisando con el número de mi cédula los archivos que ellos mantienen en mí) he denunciado como corruptos por lo menos a diez, se fueron y me dijeron que iban a hablar con el vecino de abajo, pero la administradora en su respuesta a uno de mis correos no lo menciona, ni la respuesta de la policía, ni la del guardia de seguridad que estuvo presente en la entrevista.</p>



<p>He denunciado a la vecina varias veces con la policía, y unos de ellos me ha gritado y otro cuando le traté de tomar una foto, trató de arrebatarme el teléfono empujándome. A mí no me asustan esos bandidos, se llevaron una lluvia de insultos y hasta a la madre les recordé, lo mismo que al guardia de la portería que los acompañó.</p>



<figure class="wp-block-image size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="944" height="1024" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181850/Policia-agresor-me-empujo-944x1024.jpg" alt="" class="wp-image-109964" style="width:194px;height:auto" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181850/Policia-agresor-me-empujo-944x1024.jpg 944w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181850/Policia-agresor-me-empujo-277x300.jpg 277w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181850/Policia-agresor-me-empujo-768x833.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181850/Policia-agresor-me-empujo-1416x1536.jpg 1416w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181850/Policia-agresor-me-empujo-1888x2048.jpg 1888w" sizes="auto, (max-width: 944px) 100vw, 944px" /></figure>



<figure class="wp-block-image size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="763" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181657/Policia-agresor-me-empujo-2-1024x763.jpg" alt="" class="wp-image-109962" style="width:196px;height:auto" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181657/Policia-agresor-me-empujo-2-1024x763.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181657/Policia-agresor-me-empujo-2-300x224.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181657/Policia-agresor-me-empujo-2-768x572.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181657/Policia-agresor-me-empujo-2-1536x1144.jpg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181657/Policia-agresor-me-empujo-2.jpg 1800w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<figure class="wp-block-image size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="640" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181957/Policia-griton-1024x640.jpg" alt="" class="wp-image-109965" style="width:201px;height:auto" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181957/Policia-griton-1024x640.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181957/Policia-griton-300x188.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181957/Policia-griton-768x480.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181957/Policia-griton-1536x960.jpg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29181957/Policia-griton.jpg 1800w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<figure class="wp-block-image size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="646" height="1024" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182757/Policia-2-cafe-646x1024.jpg" alt="" class="wp-image-109969" style="width:202px;height:auto" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182757/Policia-2-cafe-646x1024.jpg 646w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182757/Policia-2-cafe-189x300.jpg 189w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182757/Policia-2-cafe-768x1218.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182757/Policia-2-cafe-969x1536.jpg 969w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182757/Policia-2-cafe-1292x2048.jpg 1292w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/29182757/Policia-2-cafe-scaled.jpg 1615w" sizes="auto, (max-width: 646px) 100vw, 646px" /></figure>



<p>Hoy, 29 de diciembre, la vieja maldita se ha pasado fumando todo el día, cada vez que me llega el humo le envío correo (como 10 hoy) a la administración, al concejo y a la dueña, ya que violan mis derechos constitucionales, es más, a veces pienso que se trata de un acto cometido con alevosía para que me mude del complejo. Lo que no tienen en cuenta es que este conflicto comenzó hace como dos meses, que fue cuando se mudó la vecina de abajo. Yo tengo casi cuatro años rentando este apartamento.</p>



<p>La ley 1335 de 2009 es la norma marco, su reglamento sobre propiedad horizontal es el desarrollo para sancionar una conducta al interior de su copropiedad y debe previamente estar prevista como conducta infractora en el reglamento (art. 60 ley 675 de 2001).</p>



<p>Por su parte la ley 1335 de 2009 menciona:</p>



<p>“…Artículo 31. Sanciones Por Incumplimiento De Las Obligaciones De Los Propietarios, Empleadores, Representantes Legales Y Administradores. Además de las medidas sanitarias, preventivas, de seguridad y de control para las que están facultadas las autoridades sanitarias y de policía, la violación de las prohibiciones y obligaciones de que tratan los artículos 19 y 20 de la presente ley por parte de los propietarios, empleadores, representantes legales y administradores será sancionada por el Alcalde respectivo con alguna o algunas de las siguientes sanciones:</p>



<p>1. Amonestación. 2. Multas sucesivas desde 1 s.m.m.l.v. y hasta por una suma equivalente a 100 s.m.m.l.v. 3. Suspensión temporal o definitiva de la licencia sanitaria.</p>



<p>2. Para la aplicación de estas sanciones se seguirá el procedimiento previsto en el <strong><u>Código Contencioso Administrativo.”</u></strong> &nbsp;(Mi próximo paso).</p>



<p>Y la responsabilidad de la dueña está contemplada en el Artículo 8, párrafo 4, de la Ley 820 de 2003, que dice: “Cuando se trate de viviendas sometidas a régimen de propiedad horizontal, el arrendador deberá entregar al arrendatario una copia de la parte normativa del mismo.</p>



<p>En el caso de vivienda compartida, el arrendador tiene además, <strong><u>la obligación de mantener en adecuadas condiciones de funcionamiento, de seguridad y de sanidad las zonas o servicios de uso común y de efectuar por su cuenta las reparaciones y sustituciones necesarias, cuando no sean atribuibles a los arrendatarios, y de garantizar el mantenimiento del orden interno de la vivienda</u></strong>;”.</p>



<p>¿Será que esta visita de la Alcaldía era para ver si asisto a la charla para que me conozca personalmente la mafia de Char? Mandan ya ustedes saben qué, porque ni loco, ni idiota para meterme en la boca del lobo.</p>



<p>Turco Char, no te preocupes, que un día de estos te visito, pero te aviso anticipadamente. No te alarmes, que no tengo armas, no sé pelear físicamente, y si tú lo eres, lo primero que te pregunto es, para qué lado vas a correr, para yo correr hacia el lado contrario.</p>



<p>Mis armas son el lenguaje escrito, oral, y la capacidad de usarlos sin temores.</p>
]]></content:encoded>
        <author>Ben Bustillo</author>
                    <category>Mi Opinión</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=109885</guid>
        <pubDate>Mon, 30 Dec 2024 00:22:14 +0000</pubDate>
                                <media:content url="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/12/28182900/Night-traffic-1-b-scaled.jpg" type="image/jpeg">
                <media:description type="plain"><![CDATA[Alameda del Lío, ahora y que Char y la alcaldía vinieron a dar “charla de convivencia en propiedad horizontal”]]></media:description>
                <media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Ben Bustillo</media:credit>
            </media:content>
                            </item>
        <item>
        <title>                                          ¿Quién manda en las calles?</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/actualidad/108719/</link>
        <description><![CDATA[<p>Perfecto el apoyo a la bicicleta, donde Bogotá, de la mano de Enrique Peñalosa, marcó el camino. Junto con la moto, conquistaron el liderazgo del transporte personal, llenando un enorme vacío, en servicio y cobertura, del transporte público urbano que, talvez con la excepción de Medellín, es insuficiente, desordenado y malo; la moto permite resolver [&hellip;]</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[
<p>Perfecto el apoyo a la bicicleta, donde Bogotá, de la mano de Enrique Peñalosa, marcó el camino. Junto con la moto, conquistaron el liderazgo del transporte personal, llenando un enorme vacío, en servicio y cobertura, del transporte público urbano que, talvez con la excepción de Medellín, es insuficiente, desordenado y malo; la moto permite resolver personalmente ese problema, a la vez que da posibilidades de mayor libertad, de ser dueño de la propia movilidad y de alguna manera de su tiempo, y de hacerlo a unos costos competitivos; para muchos, es el primer paso al sueño del carro propio.</p>



<p>&nbsp;Por estas razones, en Colombia, la moto más que un instrumento de diversión de jóvenes y muchos adultos, por el placer de la velocidad y del sentimiento de libertad que aporta, es un medio de transporte relativamente barato, al alcance de muchos; no es excluyente ni de élite; literalmente la entregan con la cédula y no exigen, saber usarla. El resultado, una invasión caótica de las vías, por esos aparatos, ¡incluyendo hasta las aceras!, contribuyendo a que hoy el tráfico y los desplazamientos se convirtieron en un problema crítico en muchas ciudades y en un peligro, hasta de muerte, para peatones y motociclistas.</p>



<p>&nbsp;A esta barahúnda se integraron las bicicletas, que se reproducen como hongos, circulando por las calles sin leyes ni reglas, a contravía, orondas por las aceras que se supone son para unos peatones,&nbsp; cada vez más arrinconados. Es un sistema de transporte amable con la naturaleza y sano para el ciclista, pero convertido en amenaza para el peatón, es decir, para a la mayoría de los citadinos. Ya hasta las motocicletas de la policía circulan por las aceras o avanzan en contra vía y el peatón que se quite.</p>



<p>Los gobiernos de las ciudades se preocupan más por construir nuevas vías que en darles sostenimiento y nada en cuanto a hacer cumplir las reglas de su uso. El cambio de semáforo parece a la largada de una carrera de motos: todas en primera fila, cambia el semáforo y arrancan a mil y en estampida. Las reglas de tránsito no existen para ellos y la ausencia de autoridad y de control se expresa, entre otros, en el número creciente de motociclistas y peatones heridos o muertos. La policía tiene absolutamente abandonado este frente clave en la vida de la ciudad, la circulación de sus habitantes, y cuando aparecen, actúan como burócratas alcabaleros, dedicados a pedir papeles para ver si el Soat está al día ¡Habrase visto, semejante distorsión de las funciones y responsabilidades de las autoridades! Y mientras tanto, impera la ley de la selva del “sálvese quien pueda” en las calles y en la circulación citadina y de la autoridad, ni la sombra. Urge que los alcaldes peguen menos cemento y hagan más ejercicio de su autoridad en el espacio público, donde el peatón es central, vuelto tierra de nadie, más peligroso que un frente guerrillero. Alcaldes, pilas con esto. Y recuerden que el compromiso fundamental es con los ciudadanos y la inmensa mayoría de éstos, son peatones.</p>
]]></content:encoded>
        <author>Juan Manuel Ospina</author>
                    <category>Actualidad</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=108719</guid>
        <pubDate>Thu, 28 Nov 2024 20:29:33 +0000</pubDate>
                                <media:content url="https://blogs.elespectador.com/wp-content/uploads/2024/04/DefaultPostImage-2.jpg" type="image/jpeg">
                <media:description type="plain"><![CDATA[                                          ¿Quién manda en las calles?]]></media:description>
                <media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Juan Manuel Ospina</media:credit>
            </media:content>
                            </item>
        <item>
        <title>Alameda del Lío, ahora y que la alcaldía viene a dar “charla de convivencia en propiedad horizontal”</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/alameda-del-lio-ahora-y-que-la-alcaldia-viene-a-dar-charla-de-convivencia-en-propiedad-horizontal/</link>
        <description><![CDATA[<p>¿Quién será el conferenciante? ¿El turco ladrón Char? ¿Y sí tiene la educación este bandido? Lo conozco como ladrón político asociado a criminales que se sienten de “alta sociedad barranquillera” porque consiguen puestos políticos pagando la cuota en votos, o plata. O ¿será el brazo criminal armado que tienen? A mí me dijeron que tuviera [&hellip;]</p>
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        <content:encoded><![CDATA[
<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10154347/Ala_-_1_optimized_2000-1-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-107875" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10154347/Ala_-_1_optimized_2000-1-1024x683.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10154347/Ala_-_1_optimized_2000-1-300x200.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10154347/Ala_-_1_optimized_2000-1-768x512.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10154347/Ala_-_1_optimized_2000-1-1536x1024.jpg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10154347/Ala_-_1_optimized_2000-1-2048x1365.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120736/Ala_-_2_optimized_2000-2-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-107856" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120736/Ala_-_2_optimized_2000-2-1024x683.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120736/Ala_-_2_optimized_2000-2-300x200.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120736/Ala_-_2_optimized_2000-2-768x512.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120736/Ala_-_2_optimized_2000-2-1536x1024.jpg 1536w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120736/Ala_-_2_optimized_2000-2-2048x1365.jpg 2048w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<figure class="wp-block-image alignright size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="924" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120804/Me-2005-3-2-1024x924.jpg" alt="" class="wp-image-107857" style="width:336px;height:auto" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120804/Me-2005-3-2-1024x924.jpg 1024w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120804/Me-2005-3-2-300x271.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120804/Me-2005-3-2-768x693.jpg 768w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/11/10120804/Me-2005-3-2.jpg 1325w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>¿Quién será el conferenciante? ¿El turco ladrón Char? ¿Y sí tiene la educación este bandido? Lo conozco como ladrón político asociado a criminales que se sienten de “alta sociedad barranquillera” porque consiguen puestos políticos pagando la cuota en votos, o plata.</p>



<p>O ¿será el brazo criminal armado que tienen? A mí me dijeron que tuviera cuidado con los Char, porque me puedo encontrar con una bala en la mitad de mi camino. Advertencia, si me pasa algo, ya saben de donde proviene.</p>



<p>En todo caso, creo que gracias a mi publicación anterior el tráfico se compuso con la apertura de la Carrera 43 C. Pero se tardaron más de 5 años en encontrar una solución pasajera, porque con el número de edificios que están construyendo el tráfico vehicular en tres años o menos, aumentará dificultando la accesión a las vías para salir del hueco donde se encuentra Alameda del Lío (anteriormente Río). (Esperen otro artículo referente a la construcción con permisos falsos, ventas a “testaferros” inventadas, el tal auxilio de préstamos para comprar vivienda próximamente). &nbsp;</p>



<p>Creo que la tal “charla” se debe a mi constante denuncia contra los olores de cigarrillos sintéticos que en los dos últimos meses me han expuesto dos vecinos. ¡Ojo! Tengo más de tres años de vivir en el complejo, y este problema nunca se presentó antes.</p>



<p>La administradora nueva y el consejo entrevistaron a uno de los ocupantes, exactamente debajo del mío, quien expela el olor hacia arriba (los olores nunca se dispersan hacia abajo), y del apartamento que colinda con el dormitorio que uso (se disemina hacia los lados). A ambos los puedo identificar su proveniencia porque soy asmático.</p>



<p>&nbsp;Cabe recordar que la <strong><a href="https://leyes.co/el_regimen_de_propiedad_horizontal/74.htm" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Ley de Propiedad Horizontal (675 de 2001)</a></strong> establece en su artículo 74&nbsp;la prohibición de olores, partículas u otros elementos que trascienden al exterior y que afecten los niveles tolerables para la convivencia.&nbsp;“Las señales visuales, de ruido, <strong><u>olor</u></strong>, partículas y cualquier otro elemento que, generados en inmuebles privados o públicos, trascienden el exterior, <strong>no podrán superar los niveles tolerables para la convivencia y la funcionalidad requerida en las Unidades Inmobiliarias Cerradas.&nbsp;</strong> En este caso, <strong>el administrador está en la obligación de hacer cumplir la Ley Antitabaco en la propiedad</strong>”.</p>



<p>En Colombia, la regulación del consumo de tabaco en propiedad horizontal <strong>está contemplada principalmente en la Ley 1335 de 2009, conocida como la Ley Antitabaco,</strong> y la policía con el <strong><a href="http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1801_2016.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Código de Policía (Art. 33 Núm. 1 Lit. c. Ley 1801 de 2016)</a></strong>.</p>



<p>Además, el fumar produce olores considerados provenientes de una actividad <strong><u>psicoactiva</u></strong>, y lo dice claramente el Art. 33 Núm 1. ¿Sabrán leer?</p>



<p>Pues a esta administración (la anterior y esta nueva) no les han importado los correos que les he mandado (como unos veinte) ni la denuncia ante la policía. Mandaron un par de tombitos (jóvenes pero armados), me entrevistaron en mi apartamento, (uno haciendo el papel de “abogado” y el otro revisando con el número de mi cédula los archivos que ellos mantienen en mí) he denunciado como corruptos por lo menos a diez, se fueron y me dijeron que iban a hablar con el vecino de abajo (la administradora en su respuesta a uno de mis correos no lo menciona, ni la respuesta de la policía, ni la del guardia de seguridad que estuvo presente en la entrevista.</p>



<p>La administradora manifestó que en la junta que tuvieron con el vecino del piso de abajo, ellos le dijeron “que no fumaban”. Entonces, ¿qué? ¿Estoy loco? O, ¿es ella clarividente? ¿Estoy mintiendo? ¡Cínica y atrevida!</p>



<p>¿Será que esta visita de la Alcaldía es para ver si asisto a la charla para que me conozca personalmente la mafia de Char? Mandan ya ustedes saben qué, porque ni loco, ni idiota para meterme en la boca del lobo.</p>



<p>Turco Char, no te preocupes, que un día de estos te visito, pero te aviso anticipadamente. No te alarmes, que no tengo armas, no sé pelear físicamente, y si tú lo eres, lo primero que te pregunto es, para qué lado vas a correr, para yo correr hacia el lado contrario. </p>



<p>Mis armas son el lenguaje escrito, oral, y la capacidad de usarlos sin temores.</p>
]]></content:encoded>
        <author>Ben Bustillo</author>
                    <category>Mi Opinión</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=107853</guid>
        <pubDate>Sun, 10 Nov 2024 17:11:51 +0000</pubDate>
                                <media:content url="https://blogs.elespectador.com/wp-content/uploads/2024/04/DefaultPostImage-2.jpg" type="image/jpeg">
                <media:description type="plain"><![CDATA[Alameda del Lío, ahora y que la alcaldía viene a dar “charla de convivencia en propiedad horizontal”]]></media:description>
                <media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Ben Bustillo</media:credit>
            </media:content>
                            </item>
        <item>
        <title>RCI, AECSA, y Mobilize, compran personal del sistema judicial y fiscalía de Envigado para extorsionarme</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/rci-aecsa-y-mobilize-compran-personal-del-sistema-judicial-y-fiscalia-de-envigado-para-extorsionarme/</link>
        <description><![CDATA[<p>Los antecedentes están relatados en mi artículo anterior publicado en este mismo blog: https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/regresando-colombia-cuidese-rci-colombia-s-del-sistema-judicial/, e hice referencia de esta denuncia en otro artículo: https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/sistema-judicial-su-corrupta-podredumbre-apesta-al-mismo-olor-del-trasero-de-dios-y-el-diablo/. Este escrito tiene como finalidad contestar una carta enviada a la dirección de El Espectador por el abogaducho de RCI (pero utiliza membretes de Mobilize) FELIPE MEDINA ARDILA, y ADVERTIR por [&hellip;]</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[
<p>Los antecedentes están relatados en mi artículo anterior publicado en este mismo blog: <a href="https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/regresando-colombia-cuidese-rci-colombia-s-del-sistema-judicial/">https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/regresando-colombia-cuidese-rci-colombia-s-del-sistema-judicial/</a>,</p>



<p>e hice referencia de esta denuncia en otro artículo:</p>



<p><a href="https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/sistema-judicial-su-corrupta-podredumbre-apesta-al-mismo-olor-del-trasero-de-dios-y-el-diablo/.">https://blogs.elespectador.com/politica/mi-opinion/sistema-judicial-su-corrupta-podredumbre-apesta-al-mismo-olor-del-trasero-de-dios-y-el-diablo/.</a></p>



<p>Este escrito tiene como finalidad contestar una carta enviada a la dirección de El Espectador por el abogaducho de RCI (pero utiliza membretes de Mobilize) FELIPE MEDINA ARDILA, y ADVERTIR por este medio a la Fiscal de pacotilla y de bolsillo SANDRA LILIANA SUAZA GONZALEZ de ENVIGADO que:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>está actuando fuera de jurisdicción territorial, ya que resido en Barranquilla, NUNCA HE ESTADO EN ENVIGADO, y la última vez que estuve en Medellín, fue al Parque Ancón al festival hippie de 1971. Además, el fraude cometido por RCI y sus secuaces fue en la ciudad de Barranquilla.</li>



<li>La denuncia ante su despacho de la fiscalía instituida por RCI y FELIPE MEDINA ARDILA es fraude procesal solamente para extorsionarme, un adulto de 74 años de edad, y incapacitado por el Seguro Social de Estados Unidos.</li>



<li>Sobre la documentación del préstamo, no firmé la solicitud (note que la aplicación está fechada noviembre 18 y la aprobación del préstamo fue hecha el 2 de noviembre, sin ninguna información financiera mía, estoy retirado y recibo pensión del Seguro Social de Estado Unidos por US $1,200.00 mensuales, y declaro renta en Colombia desde el año 2011 aproximadamente.</li>
</ol>



<p>Los documentos utilizados en este comunicación provienen del <strong>JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD ENVIGADO, </strong>que yo había solicitado con un derecho de petición:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>Carta aprobación de préstamo fechada Noviembre 2, 2022</li>



<li>Cotización comercial del crédito, mi firma fue falsificada.</li>



<li>Formato de vinculación, solicitud de crédito y/o actualización de datos persona natural, no está firmada por mí.</li>



<li>Autorización para el tratamiento de datos personales biométricos, no está firmada por mí.</li>
</ol>



<p>Carta de aprobación</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="474" height="613" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11172619/Screenshot-2024-08-11-at-15-21-45-Aprobacion-de-prestamo-duster-3.png" alt="" class="wp-image-104352" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11172619/Screenshot-2024-08-11-at-15-21-45-Aprobacion-de-prestamo-duster-3.png 474w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11172619/Screenshot-2024-08-11-at-15-21-45-Aprobacion-de-prestamo-duster-3-232x300.png 232w" sizes="auto, (max-width: 474px) 100vw, 474px" /></figure>



<p>La siguiente imagen es copia del documento interno usado para procesar el préstamo alegando información financiera recibida con MI FIRMA FALSIFICADA. </p>



<p>Primero, el único documento que entregué fue copia de mi cédula; segundo, no entregué NINGÚN tipo de documentación financiera, y si la tienen es FALSA, y no fue entregada al Juzgado 3o de Envigado.</p>



<p>Soy retirado e incapacitado del seguro social de Estados Unidos, y todo lo que recibo mensual de pensión es de US $1,200. No tengo otro tipo de ingresos.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="630" height="789" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11153940/Cotizacion_Comercial_del_Credito-1-page-1.png" alt="" class="wp-image-104339" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11153940/Cotizacion_Comercial_del_Credito-1-page-1.png 630w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11153940/Cotizacion_Comercial_del_Credito-1-page-1-240x300.png 240w" sizes="auto, (max-width: 630px) 100vw, 630px" /></figure>



<figure class="wp-block-image size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="630" height="741" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11154005/Cotizacion_Comercial_del_Credito-1-page-2.png" alt="" class="wp-image-104340" style="width:724px;height:auto" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11154005/Cotizacion_Comercial_del_Credito-1-page-2.png 630w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11154005/Cotizacion_Comercial_del_Credito-1-page-2-255x300.png 255w" sizes="auto, (max-width: 630px) 100vw, 630px" /></figure>



<p>Compare la firma del documento con mi firma:</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="379" height="379" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/12081014/comparacion-de-firma.jpg" alt="" class="wp-image-104398" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/12081014/comparacion-de-firma.jpg 379w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/12081014/comparacion-de-firma-300x300.jpg 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/12081014/comparacion-de-firma-150x150.jpg 150w" sizes="auto, (max-width: 379px) 100vw, 379px" /></figure>



<p>Sigue copia de autorización para el tratamiento de datos SIN FIRMAR.</p>



<figure class="wp-block-image size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="630" height="716" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11153724/Screenshot-2024-08-10-at-07-22-56-Autorizacion_Para_El_Tratamiento_De_Datos_Personales_Biometricos-1-.pdf.png" alt="" class="wp-image-104338" style="width:648px;height:auto" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11153724/Screenshot-2024-08-10-at-07-22-56-Autorizacion_Para_El_Tratamiento_De_Datos_Personales_Biometricos-1-.pdf.png 630w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11153724/Screenshot-2024-08-10-at-07-22-56-Autorizacion_Para_El_Tratamiento_De_Datos_Personales_Biometricos-1-.pdf-264x300.png 264w" sizes="auto, (max-width: 630px) 100vw, 630px" /></figure>



<p>Finalmente, esta es la última página de la solicitud SIN MI FIRMA</p>



<figure class="wp-block-image size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="789" height="687" src="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11175826/last-page-loan-application-2.png" alt="" class="wp-image-104354" style="width:648px;height:auto" srcset="https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11175826/last-page-loan-application-2.png 789w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11175826/last-page-loan-application-2-300x261.png 300w, https://blogsnew.s3.amazonaws.com/wp-content/uploads/2024/08/11175826/last-page-loan-application-2-768x669.png 768w" sizes="auto, (max-width: 789px) 100vw, 789px" /></figure>



<p>Resumiendo el análisis concluyo con la evidencia que, RCI y sus secuaces cometieron fraude contra mi persona, tratando de violar mis derechos de libertad de prensa alegando información falsa en relación a mis artículos en su contra, y el abogaducho FELIPE MEDINA ARDILA, que de leyes no sabe nada, mucho menos de comprar juececitos ni fiscalitos de pacotilla. Lo que ha hecho, es asociar a estas personas a cometer crímenes en contra de ciudadanos mayores para el beneficio de empresarios deshonestos que solo vienen a robar a Colombia.</p>



<p>Sin un contrato legal, con mi firma falsificada en la aprobación del préstamo, sin firmar mi consentimiento a información personal, sin mi firma en la solicitud del préstamo, RCI ni LA PARTIDA DE CRIMINALES ASOCIADAS A ESTE SUCESO EN MI CONTRA tenían autorización para contactarme de ninguna forma.</p>



<p>Su proceder y el de sus secuaces fue criminal al contactarme entre 300 a 1.000 veces cada vez que llamaron por teléfono y aproximadamente el mismo número de correos electrónicos que me enviaron.</p>



<p>Reitero que RCI y su representante legal el abogaducho FELIPE MEDINA ARDILA me estafaron y quizás esa es la única forma que saben trabajar; y en la calle debe haber quién sabe cuanta más gente que se encuentre en esta misma situación.</p>



<p></p>
]]></content:encoded>
        <author>Ben Bustillo</author>
                    <category>Mi Opinión</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=104336</guid>
        <pubDate>Mon, 12 Aug 2024 00:02:22 +0000</pubDate>
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                <media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Ben Bustillo</media:credit>
            </media:content>
                            </item>
        <item>
        <title>Carta Abierta a la Fiscal General</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/politica/bernardo-congote/carta-abierta-a-la-fiscal-general/</link>
        <description><![CDATA[<p>Bogotá, Colombia, mayo 24 2024 Doctora LUZ ADRIANA CAMARGO GARZÓN FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN E.S.D. Ref.: Probable autodefensa ilegal -ilegítima del acusado Álvaro Uribe Mediante la presente, en mi condición de ciudadano participativo adulto mayor de Colombia y en uso de mis derechos y deberes constitucionales, expongo públicamente ante su Despacho los siguientes HECHOS, [&hellip;]</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[
<p>Bogotá, Colombia, mayo 24 2024</p>



<p>Doctora</p>



<p>LUZ ADRIANA CAMARGO GARZÓN</p>



<p>FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN</p>



<p>E.S.D.</p>



<p>Ref.: Probable autodefensa ilegal -ilegítima del acusado Álvaro Uribe</p>



<p>Mediante la presente, en mi condición de ciudadano participativo adulto mayor de Colombia y en uso de mis derechos y deberes constitucionales, expongo públicamente ante su Despacho los siguientes HECHOS, CONSIDERACIONES y SOLICITUDES RESPETUOSAS.</p>



<p>HECHOS.</p>



<p>Las diligencias judiciales que, como producto de la audiencia de acusación impulsada por su Despacho, cursan en el Juzgado 44 Penal del circuito de esta ciudad, no sorprende que estén acompañadas de publicaciones presuntamente autodefensivas del ciudadano en comento, por ejemplo mediante la herramienta <strong>X</strong>, a saber:<a href="#_edn1" id="_ednref1">[i]</a><a href="https://twitter.com/AlvaroUribeVel?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1793599973445230717%7Ctwgr%5E7187dc121648070f23472a241efbfc643407a843%7Ctwcon%5Es1_&amp;ref_url=https%3A%2F%2Fwww.elespectador.com%2Fjudicial%2Fse-reanuda-la-audiencia-de-acusacion-en-contra-del-expresidente-alvaro-uribe%2F" target="_blank" rel="noreferrer noopener"></a><a href="https://twitter.com/AlvaroUribeVel?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1793599973445230717%7Ctwgr%5E7187dc121648070f23472a241efbfc643407a843%7Ctwcon%5Es1_&amp;ref_url=https%3A%2F%2Fwww.elespectador.com%2Fjudicial%2Fse-reanuda-la-audiencia-de-acusacion-en-contra-del-expresidente-alvaro-uribe%2F" target="_blank" rel="noreferrer noopener"></a></p>



<p><strong><a href="https://twitter.com/AlvaroUribeVel?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1793599973445230717%7Ctwgr%5E7187dc121648070f23472a241efbfc643407a843%7Ctwcon%5Es1_&amp;ref_url=https%3A%2F%2Fwww.elespectador.com%2Fjudicial%2Fse-reanuda-la-audiencia-de-acusacion-en-contra-del-expresidente-alvaro-uribe%2F" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Álvaro Uribe Vélez&nbsp; </a><a href="https://twitter.com/AlvaroUribeVel?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1793599973445230717%7Ctwgr%5E7187dc121648070f23472a241efbfc643407a843%7Ctwcon%5Es1_&amp;ref_url=https%3A%2F%2Fwww.elespectador.com%2Fjudicial%2Fse-reanuda-la-audiencia-de-acusacion-en-contra-del-expresidente-alvaro-uribe%2F" target="_blank" rel="noreferrer noopener"></a></strong></p>



<p><a href="https://twitter.com/AlvaroUribeVel?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1793599973445230717%7Ctwgr%5E7187dc121648070f23472a241efbfc643407a843%7Ctwcon%5Es1_&amp;ref_url=https%3A%2F%2Fwww.elespectador.com%2Fjudicial%2Fse-reanuda-la-audiencia-de-acusacion-en-contra-del-expresidente-alvaro-uribe%2F" target="_blank" rel="noreferrer noopener">@AlvaroUribeVel</a></p>



<p>En esa red social (reproducida por El Espectador), el citado afirma estar apelando a una institución que, denominada por él mismo “opinión popular”, carecería de legitimidad y legalidad en la República de Colombia.</p>



<p>Como ha venido haciéndolo por varios años, Uribe sigue empeñado en crear <em>motu proprio</em> una peculiar <em>autodefensa</em> que, abierta o soterradamente busca depositar en las calles la facultad de sustituir a sacco el trabajo de los jueces en los estrados.</p>



<p>Dicha autodefensa también buscaría que, al tiempo que su escuadra de abogados ataca a los poderes del Estado por todos los medios disponibles, el propio imputado se dedique a <em>enlodar la cancha</em> de la Justicia ora confundiendo en esos discursos de opinión popular unas acusaciones con otras ora aludiendo a pruebas cuya veracidad no demuestra ora citando hechos que carecen de circunstancias (de lugar, de tiempo, etc.) ora tratando infructuosamente de mostrar frágiles los expedientes en su contra compuestos por  decenas de folios evaluados por profesionales del derecho al servicio del Estado.</p>



<p>Otra figura ex presidencial notable por sus imputaciones judiciales en Estados Unidos, a saber el ciudadano Donald Trump, también está empleando antes y después de salir de los estrados en Nueva York por estos días, pronunciamientos abiertos en su autodefensa semejantes a los que acude Uribe en Colombia.</p>



<p>CONSIDERACIONES</p>



<p>La probablemente ilegítima e ilegal “opinión popular” en la que el ciudadano en comento pretende depositar, espuriamente, su suerte penal, estaría apalancada en otra institución no menos ilegítima e ilegal que en el pasado dio en llamar contrafácticamente: “Estado de Opinión.<a id="_ednref2" href="#_edn2">[ii]</a></p>



<p>Como lo señalo en el blog referenciado, el ejercicio de la política que, históricamente, se ha apalancado en “el pueblo” identifica la estirpe de variopintos regímenes fascistas que, importados de Europa, devaluarían las posibilidades de que el frágil tejido de nuestras democracias crezca hacia la formación de Estados Republicanos.</p>



<p>En el caso Trump en comento, no han sido escasos los llamados de atención que el juez Merchán (a la sazón de origen colombiano), le ha hecho a Trump invitándole a no hacer afirmaciones que busquen torcer el buen curso de la justicia.<a href="#_edn3" id="_ednref3">[iii]</a></p>



<p>Señora Fiscal General, con base en lo anterior, expongo públicamente ante su despacho la siguiente:</p>



<p>SOLICITUD RESPETUOSA.</p>



<p>Procurar mediante acción en el Juzgado 44 Penal que la Fiscalía logre de la Señora Juez, que en adelante el imputado Álvaro Uribe no pueda seguir utilizando los medios de comunicación para construir la espuria autodefensa del proceso buscando, perversamente oor supuesto, abrir espacios para ser absuelto en las calles cuando el Poder Judicial llegare a fallar en su contra los días por venir.</p>



<p>Notificación: Dispongo para este objetivo del correo <a href="mailto:colombiamada@hotmail.com">colombiamada@hotmail.com</a></p>



<p>Suscribo esta exposición pública identificado con la cédula de ciudadanía 19147207.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity" />



<p><a href="#_ednref1" id="_edn1">[i]</a> <strong><a href="https://www.elespectador.com/judicial/se-reanuda-la-audiencia-de-acusacion-en-contra-del-expresidente-alvaro-%20uribe/?utm_source=onesignal&amp;utm_medium=newsletter&amp;utm_campaign=hoy_en_ee&amp;utm_content=24_mayo_2024">https://www.elespectador.com/judicial/se-reanuda-la-audiencia-de-acusacion-en-contra-del-expresidente-alvaro- uribe/?utm_source=onesignal&amp;utm_medium=newsletter&amp;utm_campaign=hoy_en_ee&amp;utm_content=24_mayo_2024</a></strong><strong></strong></p>



<p>Consulta de mayo 24 2024.</p>



<p><a href="#_ednref2" id="_edn2">[ii]</a> <strong><a href="http://blogs.elespectador.com/politica/bernardo-congote/estado-fascista-sin-opinion">http://blogs.elespectador.com/politica/bernardo-congote/estado-fascista-sin-opinion</a></strong>&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>



<p><a href="#_ednref3" id="_edn3"></a>Junio 18 2019.</p>



<p>¿[iii] Haciendo referencia al juicio por soborno contra una actriz porno contratada por Trump en el pasado y que cursa actualmente en estrados de la ciudad de Nueva York.</p>
]]></content:encoded>
        <author>Bernardo Congote</author>
                    <category>Bernardo Congote</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=101226</guid>
        <pubDate>Sat, 25 May 2024 00:31:35 +0000</pubDate>
                                <media:content url="https://blogs.elespectador.com/wp-content/uploads/2024/04/DefaultPostImage-3.jpg" type="image/jpeg">
                <media:description type="plain"><![CDATA[Carta Abierta a la Fiscal General]]></media:description>
                <media:credit role="author" scheme="urn:ebu">Bernardo Congote</media:credit>
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