Por: Juan Manuel Hoyos Rubiano

Entre reformar las normas y las formas institucionales para aplicarlas, ha sido la dicotomía en la que los presidentes se han visto envueltos a la hora de pensar las políticas que son necesarias para realizar una reforma rural en Colombia. Desde Olaya Herrera y López Pumarejo, pasando por el gobierno de Juan Manuel Santos y ahora en el gobierno de Gustavo Petro, se retoman las discusiones alrededor de esta dicotomía: discusiones sobre lo ideal y lo necesario.

El pasado 15 de marzo, en la ciudad de Cali, el presidente Gustavo Petro dio un discurso cargado de mensajes e ideales sobre su visión de país. Como es costumbre, su visión es para algunos cautivadora y para otros resulta demasiado controversial tomando en cuenta su posición como presidente de la república. No obstante, el punto más álgido de su discurso fue su proposición sobre una Asamblea Nacional Constituyente. Por ahora esta posibilidad de reformar la Constitución se ve lejana, ante las dificultades de gobernabilidad del gobierno, la polarización de la opinión pública y la crítica acerca de lo inoportuna e innecesaria de la propuesta.

Las contradicciones y las críticas frente al tema no se hicieron esperar, por lo delicado que resulta que un mandatario mencione una constituyente; por este motivo el presidente sostuvo una entrevista con el director del periódico El Tiempo, el 18 de marzo. En dicha entrevista, el presidente, pareció aclarar que no pretendía convocar una Asamblea Nacional Constituyente, sino un proceso constituyente que buscara aplicar la Constitución de 1991 pues, según él, el régimen político instaurado no había permitido su aplicación luego de más de 33 años. Según el presidente, este proceso constituyente convocado por el pueblo, se daría en los territorios por medio, por ejemplo, de los cabildos abiertos. Este proceso orbitaría alrededor de seis puntos, entre los cuales figuran la implementación de los Acuerdos de Paz y la realización de la reforma rural.

De lo anterior, podemos dar cuenta de dos puntos controversiales que explican la dicotomía planteada. Primero, no resulta claro qué puntos o aspectos particulares de la reforma rural se abordarían en un eventual proceso constituyente o, incluso, en una Asamblea Nacional Constituyente. Quizá lo que motiva la propuesta del gobierno a propósito de la reforma rural son las dificultades de realizar y cumplir los compromisos del punto 1 de los Acuerdos de Paz. Se entiende la urgente necesidad de transformar el campo para la superación y no repetición del conflicto; los Acuerdos de Paz son parte de las reglas fundamentales del Estado y de la sociedad civil para la consecución del Estado Social de Derecho. Sin embargo, son claros los desafíos presentes para cumplir con la Reforma Rural Integral, por ejemplo, la presencia de grupos armados que actúan en los territorios, la sustitución de cultivos ilícitos, los desafíos del catastro multipropósito y/o la superación de la pobreza multidimensional en el campo.

Aun así, es importante recordar que los desafíos anteriores superan discusiones sobre la normatividad vigente. Muchos de estos desafíos responden a las culturas políticas construidas históricamente en los territorios de nuestro país. La corrupción, el clientelismo, el machismo, la falta de oportunidades económicas y sociales en el campo ayudan a explicar en parte por qué resulta complejo llevar a cabo una reforma rural de forma rápida y completa. Aun así, con todas estas dificultades, podemos intentar detallar el segundo punto, que trata acerca de lo que sí se ha logrado y que ha sido posible por medio de las bases constitucionales, lo que llevaría a responderle al presidente que la Constitución sí se ha implementado (de forma parcial por supuesto), por ejemplo, el reconocimiento de derechos del campesinado y los avances en la titularidad de la tierra.

El séptimo informe sobre la implementación del Plan Marco de Implementación elaborado por la Contraloría destaca el avance del punto 1 de los Acuerdos Finales, se encuentra en 51,86% y un significativo financiamiento representando 85, 41%  del Marco Fiscal, sin embargo, el informe encuentra unas deficiencias en razón de cooperación institucional, claridad de los informes y concentración de los recursos en algunos departamentos. La Procuraduría en el 2021 encontró falta de claridad respecto a la formalización de las tierras que corresponden a 913.548 hectáreas frente a 1.966.691 que informaba la ANT. Sin embargo, esto no desmerita que existan avances que antes de los acuerdos no existían y esto se refuerza con las bases constitucionales, por ejemplo, el artículo 64 de la Constitución que reconoce la responsabilidad del Estado para el acceso al uso y propiedad de la tierra y el reconocimiento del campesino y campesina como sujetos de derechos.

Por último, incluso cuando el ideal de la democracia liberal es que el poder recae en el pueblo, la realidad colombiana aterriza en la arena en la cual el poder está repartido en una multiplicidad de actores, por esto es quizá importante la propuesta del presidente a propósito de los cabildos abiertos para promover la participación ciudadana. Los avances limitados de la reforma rural expresan que faltan esfuerzos, pero los mecanismos constitucionales están allí y puede darse el escenario de discusión alrededor de las normas, pero estas propuestas de Asamblea Nacional Constituyente o proceso constituyente no pueden surgir en medio de la polarización y carentes de un contenido genuinamente propositivo.

 

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