La droga, ¿y Colombia?

Publicado el Jorge Colombo*

En Colombia, 98% de las personas encarceladas por drogas no tenían, o no se les pudo probar, un vínculo importante con el narco.

En Colombia, 98% de las personas encarceladas por drogas (2007-09) no tenían, o no se les pudo probar, un vínculo importante con el narco.

Así se dio a conocer en una conferencia que tuvo lugar el Jueves 9 de Diciembre en la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo (Argentina).  La conferencia Sistemas Sobrecargados: Leyes de Drogas y cárceles en Lationamérica expuso las conclusiones de un estudio de gran escala, realizado por el Transnational Institute y la Oficina en Washington Para Asuntos Latinoaméricanos, en el cuál se evalúa el impacto de las leyes anti-drogas en el sistema penitenciario.

Las conclusiones son las siguientes:

Primero, los países latinoamericanos no siempre han tenido leyes de drogas tan duras, el fenómeno data de las últimas décadas.

Segundo, incluso en países y en períodos en los que el mercado de drogas era de poca envergadura se introdujeron leyes extremadamente punitivas para enfrentar los delitos asociados a las drogas.

Tercero, en general se observa que la legislación no distingue entre niveles de involucramiento en el negocio, tratando igual a pequeños vendedores, mulas o transportistas, y grandes narcotraficantes, sin distinguir tampoco entre delitos violentos y no violentos.

Cuarto, la severidad de las actuales leyes de drogas ha contribuido significativamente en el aumento de las tasas de encarcelamiento de los países estudiados y en la situación de hacinamiento que se constata en esos países.

Quinto, se observa un abuso de la detención preventiva para los sospechosos de delitos de drogas, prolongándose con frecuencia durante años la detención sin que se le resuelva la situación al detenido.

Sexto, a lo anterior se suma el hecho de que a los acusados o condenados por delitos de drogas se les niega con frecuencia el acceso a penas alternativas, de las cuales sí disponen los acusados por otro tipo de delitos.

Séptimo, en todos los países estudiados, la estructura penitenciaria no garantiza los estándares mínimos internacionales de los reclusos.

Octavo, existe un alto porcentaje de personas en las cárceles por simple posesión de drogas, consumidores detenidos con una cantidad relativamente pequeña de drogas, aun en países donde esto no es ilegal.

Noveno, la mayoría de los presos por delitos de drogas lo están por ofensas menores pagando no obstante penas desproporcionadamente altas.

Décimo, la investigación confirma la percepción de que el peso de la ley recae sobre una parte específica de la población, personas de poca educación, pocos recursos, desempleados o con trabajos informales.

Undécimo, a este mismo respecto, el estudio reveló igualmente tres fenómenos relativamente nuevos y que de alguna manera están relacionados: un número cada vez mayor de mujeres, de “mulas” o correos de drogas, y de extranjeros está encarcelado por delitos de drogas.

Entre las recomendaciones están:

1. Estimular un debate abierto sobre las ventajas y desventajas de avanzar hacia un mercado legal y regulado para el cannabis.

2. Permitir la venta en el mercado de productos naturales de la hoja de coca.

3. Considerar la aplicación de amnistías especiales, como el indulto, para las personas ya condenadas por delitos de drogas que hubieran recibido penas desproporcionadamente severas.

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