El Mal Economista

Publicado el El Mal Economista (EME)

¿Por qué los sacrificios para enfrentar el coronavirus debe asumirlos el trabajador y no la empresa?

Si bien permitir que el trabajador retire las cesantías durante la cuarentena, como lo autoriza el Decreto-Legislativo 488, puede ser una alternativa para enfrentar la emergencia económica, esto puede desincentivar a las empresas a asumir la carga y dar opciones para proteger a sus trabajadores.

Foto tomada de pixabay.com

El pasado sábado 27 de marzo, el Presidente de la República, Iván Duque, emitió el Decreto-Legislativo 488 en el cual se autorizó que los trabajadores que hubiesen presentado una disminución de su ingreso mensual pusiesen a acceder a su cuenta de cesantías. Todo en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica. Pero ¿Qué implicaciones tiene esto?

No es un secreto para nuestros dirigentes y, en general para la sociedad, que el coronavirus tendrá un gran impacto en términos de bienestar de los hogares, como consecuencia de un innegable efecto en la economía del país. Las medidas a las que nos hemos vistos sometidos como la cuarentena, cierre de fronteras, gasto del gobierno destinado principalmente a la salud, representan, al menos en parte, el choque que la economía esta sufriendo. Tal como lo plantean expertos de la Facultad de Economía de la Universidad de Los Andes, las medidas tomadas para combatir el virus tendrán fuertes consecuencias económicas, “no hay antecedentes de una coyuntura que haya dado la orden generalizada de semi-paralizar las economías a lo largo y ancho del planeta”.

No puede olvidarse que tal y como lo expone el Grupo de Investigación en Macroeconomía de esta Universidad “la economía es de la gente y para la gente. La pérdida de empleos y negocios que viene con una recesión significa familias sin ingresos”. Es un hecho, el coronavirus nos hará una sociedad más pobre y tendremos menores garantías. Por lo que es, al menos, un deber moral proteger a aquellos que más pueden llegar a sufrir de esta recesión.

Pero ¿Qué hacer? Para Marcela Eslava, Doctora en Economía de la Universidad de Maryland, “[el] paquete de medidas que puede ayudar a palear esta dificultad es desconocido, tan desconocido como la vacuna misma contra el virus”. Dentro de las medidas a tomar grandes economistas como David Perez-Reyna, Doctor en Economía de la Universidad de Minnesota, sugieren que no puede olvidarse que se debe minimizar la pérdida de recursos de las familias, especialmente las más vulnerables. Pero ¿qué significa esto dado las recientes medidas adoptadas por el Presidente?

Las cesantías es el mecanismo de protección que tiene el sistema laboral para no desamparar al trabajador cesante. Corresponde a un ahorro equivalente a un mes de salario por cada año de servicios que el empleador debe consignar a favor del trabajador en el respectivo fondo. Si bien, este es el objetivo principal de las cesantías, la legislación ha permitido que puedan ser utilizadas para inversiones en vivienda o educación. Dado los objetivos de esta institución, parece racional que estos ahorros puedan ser utilizados para mantener la estabilidad económica de cientos de hogares, y evitar con ello seguir propagando los efectos nefastos del coronavirus.

Sin embargo, ¿Qué otras implicaciones tiene esta medida? Debe recordarse que la lucha por los derechos de los trabajadores tiene un poco más de historia que de normas. Dentro de las formas en cómo se ha protegido al trabajador se encuentra la premisa constitucional de que sus derechos no pueden ser renunciables, lo que refuerza su garantía. Que ni la ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores. Que incluso, aún declarado el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, el Gobierno de turno no puede desmejorar los derechos sociales de los trabajadores mediante los decretos emitidos.

Y es que tal y como lo expone Karena Caselles, profesora de derecho laboral de la Universidad de Los Andes, permitir que los trabajadores acudan a las cesantías, debido a que existen cambios en su relación laboral ocasionados por los efectos económicos del coronavirus y las medidas para controlar sus efectos, pareciera ir en contra de la prerrogativa legal que dispone que “[el] trabajador puede participar de las utilidades o beneficios de su patrono, pero nunca asumir sus riesgos o pérdidas” (artículo 28 del Código Sustantivo del Trabajo). En particular, resalta que el trabajador no puede ser el único que, ante este tipo de crisis, es el que siempre tiene que ver menoscabados sus derechos. Nos preguntamos entonces por los costos sociales de la crisis y quién debe asumirlos.

Las medidas tomadas el día 27 de marzo por el Presidente de la República responden a la crisis que estamos viviendo y buscan proteger la economía colombiana atendiendo la situación de los trabajadores formales, es una medida necesaria e inevitable dada la crisis. Sin embargo, ello no nos exime como sociedad de analizar las implicaciones que estas decisiones tienen. Ahora, existe un incentivo menos para que más empresas sigan el ejemplo de Arturo Calle, Crepes & Waffles, Cine Colombia, entre otras que anunciaron seguir garantizando el salario a sus trabajadores pese a la crisis, abriendo la posibilidad de que muchas de ellas dejen de garantizarlo. Y todo esto a costa de la educación, la vivienda y la estabilidad económica del futuro de un trabajador, hoy aparentemente cesante.

Debe recordarse que el Gobierno dio líneas de crédito y alivios financieros con el objeto de que las empresas puedan mantener los salarios de los trabajadores, incluso dentro de las últimas medidas adoptadas se encuentra la disminución de la tasa de interés de referencia. Por lo que ya se contaba con alternativas financieras para evitar que los trabajadores se vieran obligados a renunciar a sus cesantías.

Es por eso que, se requiere una necesaria y constante supervisión del Ministerio de Trabajo sobre las decisiones que justifiquen despidos, suspensiones y disminuciones salariales masivas, que en principio debieron haber sido asumidas por las empresas. Una solicitud que pasó completamente desapercibida en el contenido del Decreto-Legislativo 488. Por el momento solo queda esperar la decisión que la Corte Constitucional pueda tomar sobre la constitucionalidad de este decreto en los próximos días.

 

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