A inicios de la década del noventa se configuró en el Norte y Bajo Cauca antioqueño un grupo paramilitar denominado los “doce apóstoles”, nombre dado porque uno de sus miembros más activos era el sacerdote Javier Gonzalo Palacio. El párroco generalmente andaba de civil y, en sus confesiones, les sacaba información a los ciudadanos sobre las guerrillas para pasársela al grupo paramilitar. La mal llamada “limpieza social” (en especial el asesinato de personas que consideraban aliados de la guerrilla) era la forma en que operaban el grupo armado y, un gran número de los crímenes, los cometieron en inmediaciones de la finca La Carolina, propiedad de la familia Uribe Vélez.

En el marco de sus operaciones, el 25 de febrero de 1994 el comandante de la policía de Yarumal, Juan Calos Meneses, y el patrullero, Alexander Amaya Vargas (miembro “los doce apóstoles”), asesinaron a Camilo Barrientos Duran, conductor de un autobús que viajaba entre Campamento y Yarumal, porque había rumores que transportaba guerrilleros de las FARC. Los dos asesinos fueron condenados por homicidio y se inició un proceso penal contra Santiago Uribe Vélez por la autoría intelectual en el crimen y su participación en el grupo

23 años después, el 13 de octubre de 2017 se inició el juicio contra Santiago Uribe. Aunque estuvo preso, en marzo de 2018 quedó en libertad por vencimiento de términos. Según los fundamentos que estableció la Fiscalía, existieron patrones de macrocriminalidad que configuraron el delito como de lesa humanidad. Igualmente, determinó que tres elementos le dan ese carácter: i) la existencia de un fenómeno paramilitar con el grupo “doce apóstoles” que contaba con una estructura de mando y generó el exterminio de sectores de la sociedad al catalogarlos como pertenecientes a la insurgencia; ii) la constante violación de Derechos Humanos favorecida por la acción u omisión de la Fuerza Pública en connivencia con el grupo paramilitar; y iii) una evaluación material probatoria de los hechos en la que se cuenta, entre otros, con acuerdos criminales, aniquilamiento y limpieza social e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.

Las pruebas de la Fiscalía en el juicio contra Santiago Uribe fueron contundentes. Entre las de tipo documental, se encuentran informes de la Personería y Fiscalía de Yarumal que dan cuenta de la existencia del clan doce apóstoles, la estigmatización de personas y el asesinato de alrededor de 30 personas entre julio de 1993 y noviembre de 1994. Al tiempo, audios transcritos y actas notariales de testigos que dan cuenta del liderazgo de Santiago Uribe en los “doce apóstoles” y las ordenes que daba desde la finca La Carolina con el objetivo de hacer “limpieza social” para eliminar integrantes de subversión y delincuentes. Nueve fueron los testimonios que complementaron el acervo probatorio. Cuatro de los cuales fueron contundentes en asegurar que Santiago Uribe hizo parte y lideró el grupo criminal, entre ellos los dos policías que cometieron el asesinato de Camilo Barrientos.

A pesar de que el 9 de febrero de 2021 culminó la exposición de evidencias y se llegaron a los alegatos de conclusión, el juez del caso -Jaime Herrera Niño- señaló que, por ser un caso complejo, se demoraría cuatro meses. Ya van para tres años y, por distintas razones expuestas por el juez que Daniel Coronell sintetiza en su reporte de ayer, aún está en vilo la decisión judicial.

Es entendible que se trata del hermano del expresidente Álvaro Uribe, quizás el representante de derecha más poderoso del país, pero la justicia no se puede politizar. El juez Jaime Herrera debe tomar una decisión pronta sobre el caso así exista una presión mediática y social, pues las dilaciones, además de generar una afectación a las victimas frente al conocimiento de la verdad y la reparación que se les debe garantizar, generan implicaciones que están pasando al ámbito de lo político. Se está generando una politización de la justicia, pues claramente hay intereses políticos en este proceso judicial.

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