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    <title>Blogs El Espectador</title>
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    <description>Blogs gratis y diarios en El Espectador</description>
    <lastBuildDate>Mon, 06 Apr 2026 15:00:37 +0000</lastBuildDate>
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	<title>Maria MesaR, Bloguero de Blogs El Espectador</title>
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        <title>Tengan hijos, pero no salgan de casa</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/politica/maternidad-digna-en-colombia/</link>
        <description><![CDATA[<p>Tengan hijos, pero los andenes no están adecuados para el coche Tengan hijos, pero cúbranse la teta si van a lactar Tengan hijos, pero no vayan a restaurantes porque ocupan mucho espacio con el coche Tengan hijos, pero no viajen en avión porque molestan a los pasajeros Tengan hijos, pero no se queden en hoteles [&hellip;]</p>
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        <content:encoded><![CDATA[
<p></p>



<p>Tengan hijos, pero los andenes no están adecuados para el coche Tengan hijos, pero cúbranse la teta si van a lactar Tengan hijos, pero no vayan a restaurantes porque ocupan mucho espacio con el coche Tengan hijos, pero no viajen en avión porque molestan a los pasajeros Tengan hijos, pero no se queden en hoteles “normales” porque no dejan descansar a los huéspedes Tengan hijos, pero no salgan a parques porque no hay espacio para los bebés Tengan hijos, pero elijan muy bien qué calles tomar porque de un momento a otros sólo hay espacio para los carros o las bicicletas Tengan hijos, pero no usen el transporte público porque no está diseñado para nosotras Tengan hijos, pero no vayan trabajar quédense en casa porque el bebé las va extrañar</p>



<p>¿Te cansaste de leer esto sin puntuación?, imagina cómo es vivirlo.</p>



<p>Ahora que te tengo leyéndome, considero importante poner la siguiente reflexión sobre la mesa. ¿Está la cotidianidad hecha para llevar una maternidad sana y fuera de casa?, pues no. Como les conté antes, todo está diseñado para que el cuidado de las infancias se haga en la esfera privada y nada está planeado para que podamos sacarlo de los hogares. Además, no hay el mínimo interés de parar la rapidez del capitalismo que prioriza los entornos para la productividad y reduce los lugares para el cuidado que siempre implican más calma, más tiempo y más espacio.&nbsp;&nbsp;</p>



<p>Hice una búsqueda de las leyes o&nbsp; políticas públicas colombianas para las maternidades dignas y encontré muy pocas –y muy recientes para lo que deberíamos tener– teniendo en cuenta que&nbsp; el cuidado y las nuevas vidas es lo que nos sostiene como sociedad. Existen <strong>tres enfocadas en temas de salud como:</strong> parto humanizado <a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=189347">(Ley 2244 de 2022)</a>, ruta de atención integral <a href="https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/lists/bibliotecadigital/ride/de/dij/resolucion-3280-de-2018.pdf">(Resolución 3280 de 2018)</a> e interrupción voluntaria del embarazo <a href="https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/c-055-22.htm">(Sentencia C-055 de 2022)</a>. <strong>Hay dos enfocadas en temas de lactancia </strong>que <em>“permiten, un poco que ejerzamos la maternidad fuera de casa”</em>: salas amigas de la lactancia en el entorno laboral<a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=79037"> (Ley 1823 de 2017)</a>, creación de áreas de lactancia materna en el espacio público <a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=215030">(Ley 2306 de 2023)</a>. Por último, <strong>dos leyes más en temas laborales</strong>: el fuero de maternidad para evitar los despidos (artículo 239 y 240 del<a href="https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=3001932"> Código Sustantivo del Trabajo</a>) y la licencia de maternidad y paternidad ampliada (<a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=167967">Ley 2114 de 2021</a>).</p>



<p><br>Para mí, que apenas estoy iniciando en el mundo de la maternidad, celebro que en los últimos cinco años se haya avanzado y ya goce de varios derechos que ahí se exponen. Pero, aquí sí un pero válido, siete políticas desarticuladas  no me parecen suficientes para lo que  significa en lo tangible ejercer la maternidad en la cotidianidad. De verdad, yo quiero salir de casa con mi bebé, quiero hacerlo sola –algunas tienen que hacerlo por obligación–, <strong>pero, en serio otro pero, </strong>cada minuto en la calle es como una carrera de obstáculos no sólo de infraestructura sino también de falta de cultura y humanidad: el clamor para que tengamos hijos y el rechazo cuando los tenemos parecen hacer corto circuito y crear un círculo vicioso infinito que no se solucionará hasta no tener una economía del cuidado como política pública nacional.</p>
]]></content:encoded>
        <author>Maria MesaR</author>
                    <category>Política</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=121145</guid>
        <pubDate>Tue, 07 Oct 2025 23:32:01 +0000</pubDate>
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                <media:description type="plain"><![CDATA[Tengan hijos, pero no salgan de casa]]></media:description>
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        <title>Ya no hay vuelta a atrás: El mejor alivio humanitario para Colombia es la aplicación del DIH</title>
        <link>https://blogs.elespectador.com/politica/ya-no-vuelta-atras-mejor-alivio-humanitario-colombia-la-aplicacion-del-dih/</link>
        <description><![CDATA[<p>Por Lina Mejía y  Maria Mesa Rivera de la Corporación Vivamos Humanos Los colombianos debemos exigir que las partes en conflicto cumplan a cabalidad el Derecho Internacional Humanitario (DIH), porque las poblaciones de los territorios históricamente afectados por el conflicto no aguantan más guerra.  Según el último informe presentado por la Corporación Vivamos Humanos en [&hellip;]</p>
]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<blockquote><p>Por Lina Mejía y  Maria Mesa Rivera de la Corporación Vivamos Humanos</p></blockquote>
<p><span style="font-weight: 400;">Los colombianos debemos exigir que las partes en conflicto cumplan a cabalidad el </span><b>Derecho Internacional Humanitario </b><span style="font-weight: 400;">(DIH), porque las poblaciones de los territorios históricamente afectados por el conflicto no aguantan más guerra. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Según el último informe presentado por la Corporación Vivamos Humanos en el marco de la Coordinadora Humanitaria del 01 de enero al 31 de marzo de 2023  hubo </span><b>219 violaciones al </b><b>Cese al Fuego Bilateral, y Temporal de Carácter Nacional </b><span style="font-weight: 400;">(CFBTN)</span><b> en el que</b><b> 193 fueron eventos con afectación humanitaria, es decir contra población civil, y 26 eventos por incidente armado.</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En su informe Vivamos Humanos advirtió sobre la escalada de acciones y eventos violentos en contra de la población civil por parte del Estado Mayor  Central (EMC) y </span><b>la importancia de escuchar a los territorios quienes tienen mecanismos como los Acuerdos Humanitarios que les ayudan a amortiguar los vejámenes del conflicto. </b></p>
<blockquote><p><span style="font-weight: 400;">Estos datos no hicieron mucho eco hasta que, en el Putumayo, </span><b>integrantes del EMC violaron, de manera infame, el DIH al reclutar y asesinar a 4 jóvenes. </b><span style="font-weight: 400;">La información sobre </span><b>el no cumplimiento al cese al fuego estalló después de que el Gobierno anunció la suspensión unilateral del mismo.</b><span style="font-weight: 400;"> Ahí sí las redes sociales y los medios masivos de comunicación se llenaron de comentarios sobre lo que esto significa para los territorios y el país.</span><b> </b></p></blockquote>
<p><b>Pero, ¿conoce Colombia lo que realmente implica la activación o suspensión o de un cese al fuego o cese de hostilidades? </b><span style="font-weight: 400;">Lo primero que hay que hacer es diferenciar entre cese al fuego y cese de  hostilidades:</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El </span><b>cese de hostilidades </b><span style="font-weight: 400;">busca que las partes en conflicto tomen un tiempo sin combatir </span><span style="font-weight: 400;">(realizar operaciones militares</span><span style="font-weight: 400;">): es el primer paso para poder llegar a un </span><b>cese al fuego </b><span style="font-weight: 400;">y empezar a establecer un posible diálogo político. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El </span><b>cese al fuego </b><span style="font-weight: 400;">es </span><span style="font-weight: 400;">un acuerdo, entre las partes en conflicto, para  suspender el combate. El objetivo es que inicien diálogos para un acuerdo político y/o de paz permanente. Por lo general es a largo plazo y cubre toda el área geográfica donde hay conflicto armado. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Como lo vemos en el nombre del Decreto</span><span style="font-weight: 400;"> 2656 de 2022 que determinó el “</span><b>Cese al Fuego Bilateral, y Temporal de Carácter Nacional” </b><span style="font-weight: 400;">(CFBTN),</span> <span style="font-weight: 400;">hay términos que pueden llegar a confundir. Desglosaremos entonces las palabras que contiene este título y lo que significan.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El cese al fuego tiene cuatro aspectos: </span><span style="font-weight: 400;">unilateral, bilateral, multilateral y entre grupos armados. </span><b>En lo decretado por el Gobierno Nacional se habla de bilateralidad, quiere decir que las dos partes, como resultado del diálogo, expresan voluntad de detener los enfrentamiento</b><span style="font-weight: 400;">s.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En otros casos puede existir un cese </span><b>unilateral, </b><span style="font-weight: 400;">declarado por solo una de las partes. </span><b>Multilateral</b><span style="font-weight: 400;"> que es acordado entre más de dos partes y no define una agenda de diálogo. Cuando es declarado </span><b>entre grupos armados, </b><span style="font-weight: 400;">ambos detienen los enfrentamientos y</span><b> el Estado no necesariamente participa.</b></p>
<p><b>¿Y la temporalidad?,</b><span style="font-weight: 400;"> también puede variar: en el caso de lo acordado entre el Gobierno y los actores armados en un </span><b>CFBTN, </b><span style="font-weight: 400;"> tiene un inicio y fin definido. Las 00:00 horas del día 1 de enero de 2023, hasta las 24:00 horas del día 30 de junio de 2023.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Existen otras tres temporalidades: </span><b>cese al fuego indefinido,</b><span style="font-weight: 400;"> es unilateral y el tiempo depende</span><b> del interés del grupo armado. </b><span style="font-weight: 400;">El </span><b>cese al fuego preliminar </b><span style="font-weight: 400;">es</span><b>  </b><span style="font-weight: 400;">declarado con el propósito de lograr un espacio de negociación y el </span><b>cese al fuego permanente </b><span style="font-weight: 400;"> se usa en el marco de un acuerdo final de paz.</span></p>
<blockquote><p><span style="font-weight: 400;">Con los términos claros, evidenciamos que, desde el Gobierno, están anunciando con errores la suspensión del Decreto. Citamos textualmente: informan que  </span><span style="font-weight: 400;">“</span><b>el cese bilateral que había actualmente con el EMC, en los departamentos del Meta, Caquetá, Guaviare y Putumayo se suspende y se reactivan todas las operaciones ofensivas</b><span style="font-weight: 400;">”. El yerro es que el cese al fuego bilateral temporal es de carácter NACIONAL, quiere decir  que no está dividido por territorios, jurídicamente hablando no está bien afirmar tal cosa. </span></p></blockquote>
<p><span style="font-weight: 400;">Otro error común es confundir el cese al fuego con el cese de hostilidades como lo evidenciamos en esta frase de un trino: “</span><i><span style="font-weight: 400;">Un cese al fuego implica cese de hostilidades a la población civil”</span></i><span style="font-weight: 400;">. Si bien los dos conceptos pueden encontrarse, un cese al fuego no necesariamente implica un cese de hostilidades o un cese al fuego exclusivamente a la población civil. El CFBTN como se expresa por ejemplo en el Decreto 2556 </span><b>puede tener dos finalidades detener los incidentes armados, y lo más importante detener las afectaciones humanitarias contra la población civil.</b></p>
<p><b>Lo segundo y muy importante es  humanizar el conflicto armado, ¿cómo?: </b><span style="font-weight: 400;">respetando a cabalidad el DIH para sacar de una vez por todas a la población civil de la guerra. La norma lo dice claramente en el protocolo II de los Convenios de Ginebra y específicamente en el artículo 3 común del mismo que </span><b>busca proteger a la población civil en medio del conflicto armado. </b></p>
<blockquote><p><span style="font-weight: 400;">Ya no hay vuelta atrás, las violaciones al cese afectaron a una docena de personas en el territorio nacional.  </span><b>Ahora hay que aprender de los errores porque quienes pagan la factura son las poblaciones que están en medio del conflicto armado, que en Colombia son cerca de diez millones de personas. </b></p></blockquote>
<p><span style="font-weight: 400;">Para esto sería primordial que antes de delimitar el CFBTN a los incidentes armados se establezca </span><b>como punto central detener las afectaciones humanitarias.</b><span style="font-weight: 400;"> En los acuerdos estipulados entre las partes siempre deberían priorizar los</span><b> alivios humanitarios porque cuando </b><span style="font-weight: 400;">se rompen los ceses al fuego o de hostilidades la población civil es la que más sufre y no debería ser así: </span><b>con cese o sin cese al fuego en Colombia debería primar el DIH. </b></p>
]]></content:encoded>
        <author>Maria MesaR</author>
                    <category>Política</category>
                <guid isPermaLink="false">https://blogs.elespectador.com/?p=94763</guid>
        <pubDate>Thu, 25 May 2023 01:00:28 +0000</pubDate>
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