Comunicado de Prensa 179
En relación con el preacuerdo oportunamente aprobado por la Corte Suprema de Justicia, que permitió la condena penal del exgobernador de Córdoba Alejandro Lyons, la Fiscalía General de la Nación se permite precisar:
1.- Tal como lo señaló la Corte Suprema de Justicia, el preacuerdo únicamente comprendió el delito de concierto para delinquir agravado, por el cual el señor Lyons fue condenado a 5 años, 4 meses y un día de prisión, sin derecho a reclusión domiciliaria. Este preacuerdo fue avalado en su momento por la Procuraduría General de la Nación.
2.- El proceso penal, en el cual fue condenado el exgobernador de Córdoba, tenía por objeto discernir su responsabilidad personal en materia criminal en la asociación delictiva para defraudar el patrimonio público en materia de regalías (concierto para delinquir), y no la responsabilidad patrimonial por los daños al erario, que compete a los organismos de control fiscal.
3.- El señor Alejandro Lyons, adicionalmente, ha sido imputado por la Fiscalía por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación. La acción penal correspondiente se encuentra suspendida por decisión de la Fiscalía General de la Nación, con aprobación del Tribunal Superior de Bogotá y previo concepto favorable de la Procuraduría, a condición de que el exgobernador contribuya a la administración de justicia, mediante las siguientes acciones:
(i) Declarar judicialmente para esclarecer los actos de corrupción contra la administración de justicia, a nivel de la Corte Suprema de Justicia y de la Fiscalía General de la Nación (3 expresidentes de la Corte Suprema de Justicia y 1 exdirector nacional de la Fiscalía).
(ii) Declarar judicialmente contra 1 miembro del Congreso de la República que presuntamente intervino en actos de corrupción regional en el departamento de Córdoba.
(iii) Declarar judicialmente contra los miembros de la administración departamental, de nivel directivo, involucrados en actos de corrupción en dicho departamento (1 gobernador y 1 secretario departamental).
(iv) Declarar judicialmente contra un abogado litigante partícipe del concierto para delinquir.
(v) Devolver el dinero del que se adueñó Alejandro Lyons en desarrollo de actos de corrupción en materia de regalías en el departamento de Córdoba. Este reintegro se refiere a la suma de 4 mil millones de pesos, “suma que corresponde a la directamente apropiada por él, situación que deberá ser verificada para el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el aspirante”.
También el exgobernador se comprometió “a aportar la información necesaria, que permite identificar el destino del dinero que terminó en manos de terceros”.
En caso de que su colaboración para resarcir los daños causados no sea plena, la acción penal debe continuar por todos los delitos imputados.
4. El principio de oportunidad aprobado en modalidad de suspensión de la acción penal, expresamente deja a salvo la continuación de los siguientes asuntos, que avanzan a cargo de la Fiscalía:
a. La investigación sobre el homicidio de Jairo Alberto Zapa Pérez, exdirector de regalías de Córdoba.
b. La investigación sobre el denominado “Cartel de la hemofilia” en el departamento de Córdoba.
c. La investigación por presuntos tratamientos a pacientes inexistentes por síndrome de Down.
d. La investigación en curso por reconocimientos pensionales a docentes.
e. La investigación por terapias a enfermos mentales.
f. La investigación por tratamientos inexistentes a enfermos de sida.
g. La investigación por el “carrusel en la educación”.
h. La investigación por otros contratos de ciencia y tecnología.
i. Las investigaciones iniciadas por irregularidades en contratación directa en el departamento de Córdoba.
j. La extinción de dominio de bienes adquiridos por él y su núcleo familiar, en desarrollo de lo cual se han incautado 6 predios (315 hectáreas), sin perjuicio de la extinción de dominio de los demás bienes que están siendo intervenidos actualmente por la Dirección Nacional de Extinción de Dominio.
5.- De otro lado, como es de conocimiento público, el señor Lyons enfrenta investigaciones penales en los Estados Unidos, país con el cual la Fiscalía ha desarrollado un eficaz acuerdo de cooperación judicial que permitió develar los actos de corrupción en la justicia que son de conocimiento nacional.
6.- Adicionalmente, el señor Alejandro Eugenio Lyons de la Espriella, será imputado este jueves 22 de febrero de 2018, por los delitos de enriquecimiento ilícito de particulares y lavado de activos, en razón a su presunta participación en el ocultamiento de dineros derivados de los actos de corrupción en los cuales está implicado el exgobernador.
7.- Por todo lo anterior, la Fiscalía está obligada a manifestar que se induce a error a la opinión pública cuando, infundadamente, se afirma que la responsabilidad del señor Alejandro Lyons –exgobernador de Córdoba- quedó reducida a una pena de 5 años y al pago de 4 mil millones de pesos.
Lo cierto es que el señor Lyons ya fue condenado por un (1) delito por la Corte Suprema de Justicia y en la actualidad avanzan en la Fiscalía más investigaciones y procesos de extinción de dominio.
Complementariamente, según se ha informado, la Procuraduría y la Contraloría también han iniciado investigaciones en el ámbito de su competencia, de cuyo resultado debe esperarse que se obtenga la plena responsabilidad del exgobernador, en el ámbito disciplinario y en la órbita fiscal, mediante el correspondiente resarcimiento del daño total al patrimonio público.