Red X: @LiliEstupinanAc
“No por ser mujeres se merecen el espacio’’, tremenda frase que refleja la vacua introyección de las lógicas de igualdad, equidad y paridad en aquellos/as que tienen en sus manos la posibilidad de construir escenarios justos y diversos.
Al parecer, ellos cuentan con un espacio histórico natural e incuestionable, algo así como una presunción de mérito; pero para ellas, la presunción va en contra, es de insuficiencia, lo que las lleva a probar hasta la saciedad lo obvio. Por todo esto, hablemos de listas, ternas y otros demonios en el mundo de la justicia.
¿Por qué priman los hombres en la integración de las altas cortes en Colombia: Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Comisión Nacional de Disciplina Judicial?, ¿por qué no pueden construir listas paritarias para ser sometidas a consideración de los altos tribunales y sus consabidos procesos de cooptación?, ¿qué falla en el diseño de la integración paritaria de los altos tribunales?, ¿por qué se presentan mayoritariamente hombres?, ¿por qué las mujeres se sustraen de estos procesos?, ¿tienen el espíritu de la paridad, aquellos/as que integran las listas y las ternas?, ¿por qué necesitan de normas y sanciones para hacer la tarea moral de la paridad?, ¿por qué repiten los mismos nombres y de los mismos señores en las listas, una y otra vez?, ¿son tan buenos para ser listados infinitamente? Y siguen más preguntas que no se resolverán en este escrito, ni más faltaba.
¿Por qué siguen construyendo ternas en donde las mujeres apenas son un relleno, o mejor, ternas de uno?, ¿por qué la construcción de una terna de mujeres los asusta tanto hasta llevarlos a invocar violación de sus derechos fundamentales a seguir disfrutando del patriarcado eternamente?, ¿Por qué otros tribunales como la JEP (Justicia Especial para la Paz) o la Corte Constitucional han podido iniciar el proceso de transformación en clave de paridad?, ¿por qué el proyecto de ley estatutaria de reforma a la administración de Justicia, ya revisado por la Corte Constitucional, habló en tono bajo sobre el tema de paridad?, ¿por qué no aplican un compromiso moral y ético con el desarrollo del artículo 6º de Ley 581 de 2000, el cual señala sin titubeos que: “Para el nombramiento en los cargos que deban proveerse por el sistema de ternas, se deberá incluir, en su integración, por lo menos el nombre de una mujer” -ese por lo menos, no impide las ternas integradas por tres mujeres o un hombre y dos mujeres-; y además señala que: “Para la designación en los cargos en que deban proveerse por el sistema de listas, quien las elabore incluirá hombres y mujeres en igual proporción”.
¿Por qué no se ha publicado la Sentencia C-134 de 2023 que estudió la constitucionalidad de la reforma a la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia –Ley 270 de 1996?, ¿por qué el comunicado de prensa de la Corte Constitucional -relativo a esta sentencia- es débil a la hora de hablar de la paridad y la equidad? Ojalá sea una simple impresión, y que la versión final de la sentencia realmente interprete con contundencia eso del principio de la paridad.
Esta reforma, de naturaleza estatutaria, ya fue revisada de forma automática por la Corte Constitucional y está pendiente de la publicación de la sentencia, y de la correspondiente sanción presidencial. La misma reforma, en su artículo 19 plantea que para integrar las listas y ternas de candidatos/as a magistrados/as de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado o la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, aplicará, entre otros principios, el de la equidad con miras a garantizar la paridad, alternancia y universalidad de las mujeres dentro de las listas y ternas. ¿Qué esperan para actuar con tratamiento paritario y de integración 50/50 o más?, ¿por qué no avanzan con la igualdad? Siempre ven a los hombres más aptos para la alta judicatura. A ellas siempre les falta tela p’al moño. Y así para todos los sectores de Colombia (público, privado y más).
Asimismo, la reforma -tímida a mi entender-, dejó por fuera el criterio de la paridad para la selección de magistrados/as, conforme se lee en su artículo 20. A tal punto, que la Corte señaló en su comunicado de prensa sobre la constitucionalidad de dicho artículo: “siempre y cuando se aplique también la equidad de género y el desarrollo pleno del principio de igualdad”.
Por esto, se hace necesario reiterar que las reglas de paridad deben quedar claras y hasta la saciedad. Así el albur y el machismo podrán controlarse -un mal histórico que también está introyectado en nosotras, ¡por supuesto! Todo lo que esté sujeto a interpretación quedará para beneficio del sistema patriarcal.
De hecho, en escenarios de mérito/concursos ciegos y objetivos, las mujeres logran los espacios negados por décadas. Así no sorprende que en los niveles civiles y del circuito primen las juezas mujeres. Esto a pesar de que el mérito también tiene su toque patriarcal, porque la educación también los favorece a ellos.
De nada sirve que revisemos cifras de discriminación histórica, estadísticas, datos o que realicen cursos y cursos de enfoque de género, diversidad y más, porque al final, seguimos haciendo lo mismo. Y hablamos de “techo de cristal”, “de piso pegajoso”, eso sí, se nos pegan mil teorías, pero en la práctica no tenemos códigos morales y éticos feministas para pensar en escenarios cremalleras (50/50), de mérito y de aplicación de medidas en clave de discriminación positiva.
Y así, eso de la equidad, la paridad y el uso de los lentes violetas para todo seguirá siendo una lucha de nunca acabar.
Cierro esta entrada de blog, con una mujer del Norte Global, que a pesar de sus privilegios, también sufrió de lo mismo: un mundo hecho a medida de los hombres, en donde todo lo de ellas se debe probar hasta la saciedad. Decía Ruth Bader Ginsburg: “Cuando en ocasiones me preguntan cuándo habrá suficientes magistradas en la Corte Suprema de los Estados Unidos y yo digo: `cuando haya nueve’, las personas quedan impactadas. Pero ha habido nueve hombres y nunca nadie lo ha cuestionado”.
“No por ser mujeres se merecen el espacio”…
Nota 1. : Lo siento, esta columna adolece de cifras. ¿Cuántas han visto para seguir haciendo lo mismo?
Nota 2: Agradezco los comentarios críticos sobre esta columna a Margarita Suárez Mantilla, Nicole Anzola Virgüez y al que me acompaña todos los días.
Liliana Estupiñán Achury
PhD en Sociología Jurídica e Instituciones Políticas, constitucionalista, feminista tardía y por reacción ante la crueldad, profesora universitaria, conferencista nacional e internacional, cofundadora de la Red de Mujeres Constitucionalistas y de la Red de Constitucionalismo Crítico de América Latina – REDCCAL e integrante de la Red Rinde y Defendamos La Paz Colombia. Miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia desde el año 2017 e investigadora senior MinCiencias desde el año 2015. Una pluma para el pluralismo, el Estado de Derecho, la autonomía territorial, los derechos y la libertad. Una habitación para los frenos y contrapesos. Espacio personal que no refleja la posición oficial de la entidad en la que actualmente laboro. Blog de opinión personal y doctrinal.