“No acumules oro en la tierra, porque el oro es padre del ocio, y éste, de la tristeza y del tedio”. Jorge Luís Borges.
Si yo fuera el Constituyente del poder judicial en Colombia, le haría cambios profundos a su configuración y funcionamiento, le pondría coto a las barbaridades que vienen ocurriendo desde que se expidió, la tantas y tan exageradamente elogiada, Constitución de 1991.
En primer lugar, suspendería durante cinco años, por lo menos, el ingreso de nuevos estudiantes a las facultades de Derecho e impondría como requisito para estudiar esta disciplina, haberse graduado antes (no egresado), de una de las siguientes facultades: Licenciatura (en matemáticas, español, geografía, historia, educación, idiomas, historia o filosofía), Sicología, Sociología, Trabajo Social, Economía, Filología, Literatura, Lingüística, Artes o Medicina.
Con esto, creo, desestimularíamos las facultades de garage y las vocaciones equivocadas, personas que no gustan de la lectura y, sin embargo, terminan jubiladas en la administración de justicia. Abogados que no sueñan con ser partes, sino jueces, burócratas judiciales, que no piensan, siquiera, que estos cargos no son para cualquier persona, sino para los mejores, pues se trata, nada más y nada menos, que de impartir justicia.
En el fútbol y otros deportes, es una minoría casi insignificante de quienes los practican, los que sueñan con ser jueces, a casi a nadie le gusta ser árbitro; al parecer los deportistas respetan más la dignidad de la justicia que los abogados; éstos, en su mayoría, sueñan con ser jueces aunque, si no pueden, son capaces de asumir como defensores o fiscales, sin el más mínimo pudor, entienden el ejercicio de la abogacía como un oficio cualquiera.
En el libro “El Federalista” se da cuenta de cómo el constituyente de los EE. UU. se preocupó porque el poder judicial estuviera en las mejores manos y estuviera a salvo de los otros poderes públicos.
Para efecto de que estuviera en buenas manos, se hacían las siguientes consideraciones: del conjunto de los seres humanos, un grupo muy pequeño, minúsculo, tienen la sensibilidad humana y social que se requiere para hacerle frente a las distintas controversias humanas, políticas, económicas y sociales, que se siguen de la vida en comunidad, esto es, para ser abogados.
Y de ese pequeñísimo grupo de personas idóneas, capaces y dotadas de la sensibilidad social necesaria para ser abogados, un grupo muchísimo más pequeño, en proporción al anterior, tienen la serenidad, sabiduría, paz interior, magnanimidad y sentido de la justicia, que se requiere para ser juez y hacer justicia, en aquellas controversias humanas, políticas, económicas y sociales, que se siguen de la vida en comunidad.
Cuando uno entiende la dimensión de estas consideraciones del constituyente estadounidense de 1776, no puede más que estremecerse ante su capacidad para valorar la naturaleza humana que se requiere para hacer justicia y vislumbrar un mejor futuro para ella, conmueve y emociona la belleza y profundidad de sus consideraciones.
Para proteger al poder judicial del ejecutivo y del legislativo, le confiere autonomía presupuestal, hace intocable el salario de los jueces y les confiere carácter vitalicio (con la única condición de la buena conducta), eliminando de raíz la interinidad en la administración de justicia.
Se pregunta uno, ¿por qué nunca en Colombia se les ha ocurrido copiar esto, tan dados como somos a copiar casi todo lo malo de la cultura gringa?
Creo que si copiamos lo anterior, lograremos mejora y cualificar el personal que se encargará de administrar justicia en el futuro.
Ahora bien, para efecto de su organización y funcionamiento, estoy de acuerdo con el ex magistrado auxiliar de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Andrés Nanclares Arango, quien en la Revista Berbiquí, del Colegio de Jueces y Fiscales de Antioquia, propone que a la carrera judicial sea obligatorio el ingreso por concurso de méritos y que todo estos servidores públicos tengan que ingresar como jueces municipales.
De allí en adelante los jueces municipales eligen democráticamente por voto directo a los jueces de circuito, éstos a los magistrados de tribunal y los magistrados de tribunal, a los magistrados de la Corte Suprema.
Yo agregaría algunos puntos: para ser juez municipal pondría como edad mínima los 30 años, para circuito 40, para tribunal 50 y para ser magistrado de la Suprema, una edad mínima de 55 años, debiendo terminar allí su carrera, bien sea a la edad mínima de su jubilación o a los 70 años que es la edad de retiro forzoso, pero en ambos casos, no podrá volver a ejercer la profesión de abogado ni como asesor, consultor o litigante.
Los magistrados de la Corte Suprema y todos los servidores públicos encargados de impartir justicia, al momento de tomar posesión de sus cargos, deberán hacer un juramento de no gratitud a quienes los eligieron y, para juramentarlos, impondría la siguiente solemnidad: “Juro por la memoria de mis ancestros, por la de mis abuelos, mis padres, mis hermanas y hermanos, por mis hijos y nietos, y demás descendientes, que cumpliré y respetaré nuestra Constitución y nuestras leyes, y si llegare a faltarle el respeto a las mismas, que también ellos paguen por mí, con su salud y buen nombre”.
De otro lado y sin ninguna duda, integraría la Corte Constitucional a la Suprema, para que ésta vuelva a ser realmente la Corte Suprema de Justicia, pues existen demasiadas razones históricas para hacer este retorno, algo que no debería tomarnos mucho tiempo.
Los magistrados de la Sala Constitucional deberán ser elegidos por los magistrados de tribunales del país, tanto de la justicia ordinaria como de la Contenciosa Administrativa.
La justicia administrativa, debe tener la misma estructura y funcionamiento que la ordinaria y sólo para efectos de elegir los magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, votarán conjuntamente los tribunales del país.
La Procuraduría la convertiría en una policía anticorrupción y la separaría de cualquier otra actividad, claro, también, con una planta de personal de carrera.
La Defensoría Pública tendría también un personal de carrera y dedicación exclusiva, provistos por concurso de méritos al ingreso y después ascenderán por elección directa de sus compañeros.
La Fiscalía General de la Nación también debe tener una estructura y funcionamiento como el de la justicia ordinaria, ingreso del personal por concurso a las fiscalías locales y ascensos por elección directa entre ellos. El Fiscal General deberá ser de carrera y elegido por los fiscales delegados ante Tribunal de todo el país por periodos de cuatro años que coincidan con la última mitad de un gobierno y la primera mitad del siguiente, sin reelección posible.
El Procurador, el Defensor del Pueblo y el Contralor General, serán elegidos por el presidente de la República, de una terna de nombres que le presente el candidato que quedó de segundo en la elección presidencial y éstos deberán tomar posesión del cargo simultáneamente con él.
El Consejo Electoral debe desaparecer, nunca fue un tribunal ni sus integrantes magistrados, sus funciones las debe cumplir el Consejo de Estado en su sección quinta.
Ningún servidor público en Colombia tendrá fuero especial, salvo el Presidente de la República, que deberá, antes de enfrentar a su juez natural, ser removido de su fuero por el Congreso. Todos los servidores públicos deben ser ejemplo de honestidad y vocación de servicio.
Para los abogados se establecerá la colegiatura obligatoria y ésta determinará su reglamento y un tribunal que los discipline.
Por supuesto, el Consejo Superior de la Judicatura debe desaparecer y será reemplazado por una gerencia encargada de manejar y administrar su presupuesto y por un tribunal cuya única y exclusiva función será ejercer la justicia disciplinaria de todos los servidores judiciales del país.
¿Qué haría usted, apreciado lector, si fuera el constituyente del poder judicial en Colombia?
