El Consejo de Estado tumbó decisión del Tribunal Administrativo de Nariño de repetir elecciones en una mesa. Sinisterra Angulo reasumió funciones desde el 23 de marzo.
Por: Laura Cortez Palacios y Carolina García*
En la jornada electoral de octubre de 2019 ganó la alcaldía Juan Carlos Sinisterra Angulo, de la coalición del Partido Liberal y Alianza Verde, por 55 votos. Osme Javier Segura (Partido Conservador), quien quedó de segundo, demandó la elección aduciendo que Sinisterra Angulo había comprado votos.
Como resultado de la demanda, el Tribunal Administrativo de Nariño ordenó la repetición de las elecciones en una sola mesa, de la vereda Arteaga, donde están habilitadas 163 personas.
Todo estaba listo para la elección atípica, pero por una acción de tutela interpuesta por Juan Carlos Sinisterra Angulo ante el Consejo de Estado se suspendieron los comicios del pasado 21 de febrero en Roberto Payán.
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Sinisterra Angulo había sido suspendido desde diciembre, cuando el gobernador de Nariño, Jhon Rojas, nombró un alcalde encargado.
Sin embargo, “el fallo de primera instancia de la acción ordena suspender definitivamente los efectos del fallo de única instancia emitido por el honorable Tribunal Administrativo de Nariño”, detalló Sinisterra Angulo.
Mediante la acción de tutela interpuesta por el alcalde se buscó la anulación de la sentencia que lo separaba del cargo.
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En la acción de tutela, Sinisterra alegó vulneración a sus derechos, ya que en el caso se desestimaron sus testigos, que negaron ver a alias “Meme” repartiendo dinero a cambio de votar por él en las elecciones, y en cambio se tomaron testimonios de dos personas con afinidades políticas con el demandante, y en un caso, también con lazos familiares.
Además, el documento hace hincapié en que “no existe en nuestra historia un precedente similar, pues jamás se ha ordenado repetir parcialmente elecciones circunscritas exclusivamente a una mesa”.
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Al tomar el Tribunal la decisión de anular las elecciones aún con el salvamento de voto de dos de los tres magistrados del caso, la tutela interpuesta por el alcalde Sinistarra Ángulo prosperó, ya que se vieron vulnerados sus derechos fundamentales en términos del artículo 25 de la Constitución Política de Colombia.
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Por esta razón la Subsección B de la Sección Tercera de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado falló a favor de Juan Carlos Sinisterra Ángulo ordenando dejar sin efectos lo decidido por el Tribunal Administrativo de Nariño y dándole a este 30 días para proferir una nueva decisión.
*Trazador misional de esta publicación de Fundación Color de Colombia: Línea estratégica 3: Mercados inclusivos y desarrollo sostenible. Proyecto: Control público para el desarrollo sostenible de municipios afrocolombianos.