Por: Juan Guillermo Pérez Hoyos

 

“Pues échese diez mil pesos al bolsillo y pase por mi consultorio” le respondía hace muchos años un médico amigo a todo aquel que se acercaba a saludarlo en las fiestas de su club social y, queriendo evadir el pago de la consulta, le preguntaba qué le recomendaba para curar tal o cual dolencia. Igual nos ocurre a otros profesionales que somos blanco de consultas gratuitas. Hace unos días, en algún evento, me presentaron a alguien, quien me fue preguntando qué tan difícil es hacer una sociedad y empezar con un negocio. Lo de constituir una sociedad puede ser fácil, le dije, usted consigue en red modelos para cada tipo societario, es analizar, agregar y listo. ¿Y luego? Luego la registra en la cámara de comercio que corresponda y empieza con su negocio. ¿Y cuáles son las obligaciones en temas de impuestos? Viendo que la cosa iba para largo lo invité a mi oficina para unos días después. Allá conversamos, le dije.

 

Ya dedicado a atender la consulta empecé a enumerarle las responsabilidades y obligaciones en materia tributaria. En cuanto a impuestos nacionales, la sociedad es agente de retención y autorretención, y responsable del IVA de acuerdo con su actividad, por lo cual deberá presentar una declaración mensual de retención en la fuente y una bimestral de IVA, dieciocho declaraciones por año. También deberá presentar una declaración de renta anual, diligenciando previamente un largo anexo de ocho formatos y más de mil renglones. Luego, debe trasmitir anualmente un muy largo reporte de información exógena en que deberá enviar por lo menos unos catorce formatos diligenciados de más de cincuenta en total. Todo esto siempre que no establezca negocios en, o con, el exterior que impliquen la entrega de reportes de precios de transferencias y otros adicionales. También, deberá realizar, y mantener actualizado, el Registro Único de Beneficiarios. Entonces, dije, en estos impuestos cumplirá con un mínimo de 42 obligaciones formales cada año, que suben a 62 entendiendo que una declaración y su pago son procesos diferentes.

 

Otros deberes formales de impuestos nacionales están en la trasmisión mensual de la nómina electrónica, 12 al año, aparte del envío mensual de la planilla electrónica de nómina para el pago al sistema de seguridad social y parafiscales, seguí diciéndole. También debe tener en cuenta lo de la factura electrónica, la aceptación electrónica a las facturas de sus proveedores y el documento de soporte electrónico. Es decir, en el día a día de su empresa deberá tener una comunicación permanente en tiempo real con la Dian.

 

Pero también tendrá obligaciones con hacienda distrital en Bogotá, continué. Aquí presentará seis declaraciones anuales de ICA y seis de retención en la fuente de este impuesto. También entregará un reporte de información exógena diligenciando por lo menos unos diez formatos. Sin contar con otros impuestos distritales, en total entregará un mínimo de 22 reportes de obligaciones formales. Considere que, si decide abrir operaciones en otros municipios, este número deberá multiplicarlo por la cantidad de municipios en que opere.

 

Después le conté que aparte de las obligaciones tributarias mínimas, que ya van en 108 al año, su empresa deberá tener un Programa de Transparencia y Ética Empresarial para el riesgo de corrupción, uno de Sagrilaft para el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, y uno de Sistema de Gestión de Seguridad Social en el Trabajo. Y tenga en cuenta, agregué, que para el Programa de Transparencia y el Sagrilaft deberá nombrar un oficial de cumplimiento. Y no olvide el trámite y pago del registro mercantil, el RUT y el RIT, el registro de proveedores, la encuesta del Dane, los reportes a Superintendencias, y no deje de dar respuesta a todas las solicitudes de información que le envíen las entidades administrativas, usualmente se inspiran pidiendo información a las empresas.

 

Ahora, sume, le dije. El promedio mínimo de obligaciones formales tributarias es de 2,5 a la semana, que suena muy ágil por aquello de la tecnología pero que, en la vida real, le va a demandar mucho más tiempo del que usted se imagina; los empresarios no tienen idea de cómo es la comunicación con las páginas de las administraciones tributarias y de que la exposición a sanciones tributarias es alta pues un mínimo error tiene un máximo de sanción.

 

Atribulado, me preguntó: y, ¿Quién hace todo eso? Su grupo contable y usted, claro, le respondí, es trabajo en equipo; ellos preparan, usted verifica, usted firma, ellos firman y transmiten, usted paga. ¿Grupo contable? Pensaba en contratar un contador y listo, me dijo. No, así no funciona, le manifesté, una sola persona no alcanza para tanta obligación y así únicamente conseguirá aumentar su nivel de riesgo sancionatorio. Pensé que el contador estaba para asesorarme, comentó con voz apagada y con evidente desconcierto. Si le queda tiempo, le respondí.

 

Qué consulta tan larga, me dijo. Sí, pero no se desanime, vea que…No me dejó terminar, se fue sin despedirse, sin esperar la receta final. Me quedé pensando que ese prospecto de cliente era un novel empresario. Uno que no sabía que en Colombia se hace empresa a pesar del Estado.

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