Una de las principales actividades que un diplomático debe realizar, en el ejercicio de su función de representación y defensa de los intereses del Estado ante otros Estados o en el marco de las organizaciones internacionales en las que esté acreditado, es la negociación.
Aun cuando la práctica de negociar internacionalmente es antigua, el interés por abordar este tema desde distintos ámbitos es más reciente. En el mundo globalizado y diverso en el que vivimos, el número y espacio de las negociaciones se ha incrementado exponencialmente. Hoy no sólo los Estados negocian en el ámbito mundial, también lo hacen los organismos internacionales, las organizaciones no gubernamentales, las empresas, las personas que viven en zonas fronterizas, los sindicatos, las minorías étnicas etc.
La negociación es, sin duda, el método de solución pacífica de las controversias preferido por los Estados para resolver sus diferencias, de distinta naturaleza. Por ello, los redactores de la Carta de las Naciones Unidas la mencionan en primer lugar, en el artículo 33, que establece que: “Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección”.
En el mismo sentido, la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) establece en el Artículo 25 que: “Son procedimientos pacíficos: la negociación directa, los buenos oficios, la mediación, la investigación y conciliación, el procedimiento judicial, el arbitraje y los que especialmente acuerden, en cualquier momento, las Partes.”
Prácticamente en todos los tratados internacionales se suelen incluir cláusulas sobre solución de controversias en las que se incorpora como primera opción la negociación.
Naturalmente, los Estados tienen la opción de elegir libremente el método de solución pacífica de su preferencia, pero la práctica muestra que generalmente su primera opción es la negociación, y sólo subsidiariamente, cuando estas fracasan, algunos aceptan acudir a otro método que, excepto los de carácter judicial, generalmente implica la participación de un tercero cuyas propuestas de solución no son obligatorias.
Por otra parte, numerosos ordenamientos jurídicos contenidos en tratados concertados bilateral o multilateralmente, en resoluciones o decisiones, en declaraciones adoptadas en el marco de los organismos internacionales sobre los temas más variados: seguridad, desarme, medio ambiente, drogas ilícitas, derechos humanos, comercio, marcas, patentes, telecomunicaciones, educación, cultura etc., son el producto o resultado de la negociación. La propia creación de organizaciones internacionales es precedida de procesos de negociación que en ocasiones suelen tomar un tiempo considerable.
Negociaciones entre los Estados
Las negociaciones entre estos sujetos del derecho internacional pueden darse en varios ámbitos:
Negociaciones bilaterales: cuando se desarrollan o llevan a cabo entre dos Estados, por ejemplo, entre Colombia y Venezuela, entre Francia y Alemania, entre Estados Unidos y Brasil.
En este ámbito pueden negociarse declaraciones de carácter político, económico o social; también tratados internacionales sobre distintas materias, acuerdos interadministrativos, actas, etc.
En este tipo de negociaciones generalmente participan, además de los diplomáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, funcionarios de otros Ministerios y agencias estatales o aún de otras ramas del poder público, dependiendo del tema de que se trate, quienes ofrecen el apoyo técnico requerido.
Negociaciones multi-estatales: cuando en el proceso intervienen más de dos Estados. En este caso, se puede negociar el mismo tipo de instrumentos mencionados en el párrafo anterior y los participantes pueden ser igualmente diplomáticos y otros funcionarios estatales. Un ejemplo es la negociación que dio origen a la Alianza del Pacífico en la cual se pusieron de acuerdo Chile, Colombia, México y Perú.
Negociaciones multilaterales: cuando se llevan a cabo en el marco de un organismo internacional e intervienen o pueden intervenir todos los Estados miembros.
Los organismos internacionales pueden ser de carácter universal como las Naciones Unidas, ONU, y sus organizaciones especializadas o relacionados con ella; entre ellas la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, FAO; la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura UNESCO; la Organización Internacional del Trabajo, OIT; La organización de la Aviación Civil Internacional, OACI; la Organización Mundial de la Salud, OMS; la Organización Mundial de la propiedad intelectual, OMPI; La Organización Meteorológica Mundial, OMM; la Organización Mundial de Comercio OMC; la Corte Penal internacional, CPI; etc.
En otras ocasiones, dichas organizaciones tienen un carácter regional como la Organización de los Estados Americanos, OEA; La Organización de la Unidad Africana, OUA; la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático, ASEAN; la Liga Árabe; la Comunidad de Estados Independientes, CEI; La Unión Europea, etc.; o subregional, como la Unión de Naciones Suramericanas, UNASUR; Asociación de Estados del Caribe, AEC.
En este marco pueden negociarse también diversos instrumentos internacionales: declaraciones de carácter político, económico o social, de seguridad, etc., resoluciones, tratados, plataformas de acción, conclusiones de debates etc.
Como es propio de las negociaciones en las que participan múltiples partes, la negociación multilateral puede ser de las más difíciles y más lentas. Hay muchos temas sobre los cuales se negocia durante años. Por ejemplo, las discusiones sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional, duraron casi 50 años, antes de que se adoptara el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Generalmente, las discusiones empiezan en alguno de los órganos de esas organizaciones o en comités o grupos de trabajo de dichos órganos y luego se someten a la discusión y aprobación del plenario de la Asamblea de la Organización, o se informa de los resultados a dicha Asamblea, por ejemplo, el Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.
Las Naciones Unidas es uno de los principales espacios de negociación internacional, además del plenario de la Asamblea General, en donde en principio tienen derecho a participar y votar en todas las discusiones, todos los Estados miembros, cuenta con 6 Comisiones Así:
Primera Comisión: Se encarga de los asuntos relativos al Desarme
Segunda Comisión: Se encarga de los temas económicos
Tercera Comisión: Se encarga de los asuntos sociales
Cuarta Comisión: Se encarga de los Asuntos de descolonización
Quinta Comisión: Se encarga de los Asuntos administrativos y presupuestarios de la Organización.
Sexta Comisión: Se encarga de los asuntos jurídicos.
Para facilitar las negociaciones estas comisiones suelen crear grupos de trabajo, a veces de composición abierta, a veces de composición cerrada, para que analicen un tema y hagan las propuestas que consideren pertinentes, las cuales se debaten en la Comisión en Pleno y más adelante en la Asamblea General. Lo propio hacen los demás órganos de la ONU y de otras organizaciones de carácter regional o subregional.
Es usual que en el marco de estas organizaciones se conformen grupos regionales de Estados que tengan, en común, algunos intereses básicos, o tener una conformación más amplia como el G-77, los No Alineados, o los países desarrollados que se alían con la idea de defender mejor sus intereses pero que no operan siempre en todos los temas.
Negociaciones entre Estados y Organizaciones Internacionales
Como quiera que las organizaciones internacionales también son sujetos de derecho internacional, cada vez con mayor frecuencia negocian con los Estados diversos tipos de acuerdos, especialmente de cooperación. Ejemplos del resultado de este tipo de negociaciones son el acuerdo suscrito entre el Estado Colombiano y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, denominado Acuerdo Relativo al Establecimiento en Colombia de una Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de 29 de noviembre de 1996, y el Acuerdo Suplementario Revisado sobre la Prestación de Asistencia Técnica del OIEA a Colombia, que tiene como objetivo la prestación de asistencia técnica hacia Colombia por parte del Organismo Internacional de Energía Atómica.
Negociaciones entre Estados y ONG
Hoy son cada vez más frecuentes las negociaciones de entidades gubernamentales con Organizaciones No Gubernamentales para la prestación de asesorías, servicios, cooperación etc.
La negociación Internacional no se agota en la negociación entre Estados o entre estos y otros sujetos de derecho internacional, sino que se extiende a empresas y aun a personas naturales de diferentes nacionalidades.
Naturalmente, el tipo de instrumentos que se negocian es de diferente naturaleza dependiendo de quiénes sean las partes que negocian. Pueden ser, además de los indicados en párrafos anteriores, contratos y otros tipos de acuerdos con entidades financieras internacionales, etc.
En las negociaciones multilaterales cada organización va teniendo su propio estilo de negociación lo cual no quiere decir que con el paso del tiempo éste no se vaya modificando y ajustando a los cambios de circunstancias. Por ello es muy importante que los funcionarios diplomáticos conozcan las características específicas del estilo o técnicas de negociación de cada organismo.
Como se puede observar, son múltiples los espacios y los temas objeto de negociación a nivel internacional, así como son varias las personas jurídicas o naturales que pueden ser parte de la negociación. Los procedimientos y reglas que se aplican al proceso de negociación pueden ser también diferentes.
Por lo anterior, es esencial que los diplomáticos además de preparase en los temas de fondo que se debaten en los escenarios internacionales, sean entrenados en las técnicas de negociación y en la identificación de los intereses nacionales que, en cada caso, es preciso defender en una negociación internacional ya sea ésta bilateral o multilateral o incluso interna pues, cada vez, con mayor frecuencia, antes de participar en una negociación internacional es preciso negociar internamente con distintas dependencias estatales con intereses disímiles en los asuntos a tratar, para concertar la posición nacional. Un ejemplo que podría mencionarse al respecto es el relativo a los precios de los medicamentos en general no es fácil poner de acuerdo a los ministerios encargados de los temas de salud con aquellos responsables de comercio exterior. Lo mismo ocurre en la esfera internacional entre la OMS y la OMC.
También es muy importante poder identificar los intereses de las otras partes en la negociación para poder buscar fórmulas de acuerdo y conocer su cultura para no incurrir en errores a la hora en entrar en relación con ellos o no malinterpretar algunas de sus conductas.
*Clara Inés Vargas Silva: Abogada especialista en Derecho Público y en Negociación y Relaciones Internacionales. Embajadora de Carrera diplomática y Consular, trabajó durante 35 años en el Ministerio de Relaciones y prestó servicio en las Embajadas de Colombia en Venezuela y Francia y en las Misiones Permanentes de Colombia ante la OEA, Naciones Unidas, en Nueva York, y Ginebra, y ante la UNESCO.