
Terminó el mes de enero y con el también los últimos vestigios de “Las fiestas del 20 de enero”, una de las más populares del caribe colombiano, conocidas durante mucho tiempo por sus famosas corralejas, un espectáculo en el qué en una plaza provisional construida con madera, se realiza una corrida de toros, donde el torero y los banderilleros pueden ser cualquier persona que bajo la influencia o no del alcohol desee arriesgar su vida ante un toro.
Pero más allá de lo que pasa en la arena, lo cual ha venido siendo objeto de fuertes cuestionamientos por movimientos antitaurinos y asociaciones protectoras de animales, lo más interesante es lo que pasa en los palcos de las corridas y por fuera de la plaza. Como la mayoría de las fiestas en el caribe colombiano, inicialmente tuvo un origen religioso, en honor al Dulce nombre de Jesús y de San Francisco de Asís, patrono de la ciudad, pero poco a poco fue incluyendo diversas expresiones culturales, que se exhiben en desfiles, carrozas, reinados, cabalgatas, alboradas y conciertos.

Es por ello que dicha fiesta, ha sido el motivo de inspiración de numerosos autores, incluido Rubén Darío Salcedo, quien compuso el famoso porro “Fiesta en corraleja”, una canción que no solo tuvo un gran éxito a nivel nacional, ganando un Disco de Oro por ventas al ser durante dos años consecutivos la canción más escuchada de Colombia, sino que también tuvo un impacto internacional inesperado. Dicen que de ella pueden existir mas de 110 versiones en cuatro idiomas, una de las más recientes e inimaginada por su compositor, fue la del DJ neerlandés Tiësto (Tijs Michiel Vervest), quien gracias a la colaboración con el DJ colombiano Moska (Daniel Amézquita) realizó la adaptación de dicha canción y decidió interpretarla por primera vez en vivo en Boom, Bélgica, en el año 2019, en Tomorrowland, este último considerado el festival más grande del planeta.
Adaptaciones, de la Plaza de Majagual a Tomorrowland.

Pero, así como las fiestas del 20 de enero se han ido adaptando con el transcurrir de los años, una de sus más representativas expresiones culturales, la música al ritmo de porros y fandangos también lo ha hecho, transcendiendo de las versiones más tradicionales, hasta las adaptaciones más arriesgadas.
Fue precisamente la música electrónica, la que nuevamente puso en el escenario mundial la canción “Fiesta en corraleja”, lo cual fue viral en redes sociales y medios de comunicación, mientras el maestro Salcedo y los oriundos de las sabanas sucreñas aclaraban insistentemente que se trataba de un porro, no de un vallenato o de una cumbia, como se afirmaba en diversos medios.
En mi opinión lo que hay detrás de todo esto es la capacidad de la música folclórica y de las expresiones culturales tradicionales, que tantas satisfacciones nos han dado, de contribuir a revivir ese sentimiento de identidad y orgullo por lo nuestro. Aquello a lo que en algunas ocasiones no le damos valor suficiente en nuestro país, sin duda, ha demostrado ser uno de nuestros principales productos de exportación.
Es importante mencionar que para la utilización de música folclórica protegida por derecho de autor, entre otras cosas, se requiere una negociación que involucra los derechos de autor que existen sobre la canción original, los cuales no siempre están en cabeza del autor. Pueden estar en cabeza de un tercero considerado titular derivado de los derechos, como los herederos, un editor e incluso un fondo de inversión, dada la tendencia hoy en día de la realización de negocios de transferencias de derechos de grandes catálogos de obras musicales a inversionistas.
Cualquiera que sea el titular de los derechos sobre la obra, la mayoría de la veces deberá solicitarse su consentimiento para adaptar la obra, reproducirla por cualquier medio o procedimiento, distribuirla en soportes materiales; comunicarla al público, a través de diferentes modalidades, como por ejemplo, a través de la radiodifusión, la transmisión y retransmisión por cable, fibra óptica o por cualquier otro procedimiento análogo, que permita la difusión de tales sonidos, sin la previa distribución de ejemplares y, finalmente el derecho de puesta a disposición en internet, considerado en nuestra legislación como una modalidad de la comunicación al público, cuya característica principal es la interactividad que permite a los usuarios escoger las circunstancias de tiempo, modo y lugar, en las cuales quieren disfrutar la obra, por lo tanto, es inherente a esta modalidad de explotación de la obra la posibilidad de elección del usuario.
Explicado lo anterior, me gustaría destacar que en el mundo musical dicen que un buen productor es aquel que le gusta y tiene la capacidad de apreciar todo tipo de música, utilizando un poco de diferentes géneros y ritmos. Tal vez esa es la razón por la cual un DJ y productor como Tiësto, decide explorar aires latinos acompañado por un colombiano y escoge una canción que ha sido grabada por primera vez hace un poco más de 50 años.
En el año 1963 el maestro Rubén Darío Salcedo compone la canción “Fiesta en corralejas”. Él mismo cuenta que se inspiro al ver a unos campesinos armando los palcos de la corraleja en Majagual y al observar el ganado que pasaba cerca de su casa los días de fiesta. No obstante, la canción fue grabada años más tarde en 1969, interpretada inicialmente por el maestro Salcedo, en compañía de la agrupación de Alfredo Gutiérrez y los Caporales del Magdalena.
Es emocionante escuchar al DJ Tiësto interpretando una obra que incorpora una adaptación de la canción “Fiesta en corraleja”, pero hay que resaltar que no es la primera vez que un exponente del célebre género musical identificado con el nombre Electronic Dance Music – EDM, toma una canción realizada varias décadas atrás para darle un nuevo sonido. Tim Berling más conocido como Avicii, entre muchos otros han hecho lo mismo y este es el caso de la canción que lo lanzó a la fama titulada “Levels”.
Aires suecos a la música popular estadounidense.
Rhythm and blues, llamado abreviadamente como R&B o RnB, fue el nombre que se le dio a un género de música popular afroamericana estadounidense, que surgió en los años cuarentas, combinando elementos de soul, blues, jazz y góspel. Este es el género musical de la canción “Something´s got a hold on me”, publicada en 1962, interpretada por Jamesetta Hawkins -conocida como Etta James- y coescrita por ella con Leroy Kirkland y Pearl Woods.
Después de su éxito inicial, nuevas versiones de dicha canción han sido creadas, y samples de su fonograma incorporados en otras piezas musicales. Pero tal vez una de las más famosas fue la realizada por el DJ y productor sueco Avicii, en su canción “Levels”. Publicada en octubre de 2011, alcanzó rápidamente los primeros listados de audiencias a nivel mundial y finalizó el año incorporada en el sencillo “Good feeling” del rapero estadounidense Tramar Lacel Dillard – Flo Rida -.
Dicen que Avicii empleó varios años buscando los sonidos perfectos para utilizar el sample del fonograma original con la voz de Etta James y solo hasta que los encontró salió a la luz “Levels”. Sin duda, el sueco impregnó toda su obra de este grado de perfeccionismo, gracias al cual, colocó nuevamente en boca de todos la canción de Etta, logrando una masificación de su sonido, en una época en que el consumo a través de internet facilitaba de forma exponencial la puesta a disposición de la música a personas ubicadas en distantes puntos geográficos, sin obstáculos como las fronteras físicas o las barreras idiomáticas.
Evidentemente lo realizado por Tiësto y Moska con “Fiesta en corraleja”, a través del sencillo Acordeão (2019), tiene sus coincidencias con lo realizado por Avicii con “Something´s got a hold on me”, a través del sencillo Levels (2011). Ambos casos coinciden en la utilización de música de los años 60´s, así como en la visión y el talento de los músicos involucrados, quienes descubrieron el alto potencial de la música popular y los géneros folclóricos del nuevo mundo. Sin embargo, hay que destacar que el proceso creativo para realizar dichas adaptaciones se distingue un poco, lo cual permite definir el tipo de derechos involucrados en cada caso.
¿Cuál es la diferencia?
Martín Madera y Carlos Vives dicen en su canción Décimas: “Si ustedes prestan atención y analizan bien, se darán cuenta que todos somos parecidos…” y ya vamos viendo cuanta razón tienen. Pero después de ver las coincidencias en estos dos procesos creativos, veamos las diferencias entre las canciones “Acordeão” y “Levels” desde el punto de vista de los derechos de autor y conexos.
Ambas canciones pueden ser consideradas obras derivadas de obras preexistentes, es decir adaptaciones de obras originales, lo cual no quiere decir que ellas por sí mismas no estén protegidas por derecho de autor. Las obras derivadas estarán protegidas siempre y cuando sean originales, entendida la originalidad como la impronta personal del autor, que hace que su obra se distinga de las demás y no sea copia de otras.
En relación con las obras derivadas, la Decisión Andina 351 de 1993, Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos aplicable en los cuatro países miembros de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) indica que: “Sin perjuicio de los derechos del autor de la obra preexistente y de su previa autorización, son obras del ingenio distintas de la original, las traducciones, adaptaciones, transformaciones o arreglos de otras obras.”
Pero aquí hay que adicionar que en “Levels” no solo se utilizaron apartes de la composición inicial al igual que “Acordeão”, sino que también se utilizaron pedazos del sonido que había sido previamente fonograbado, empleándose un sample con la voz de Etta James fijada en un fonograma , para lo cual se requería utilizar el fonograma y la interpretación fijada en el mismo, ambos protegidos por derechos conexos.
Dichos derechos pueden estar en cabeza de un productor de fonograma y de un interprete respectivamente y digo “puede”, simplemente porque no siempre es así, todo dependerá de la legislación vigente y de los contratos suscritos por las partes, debido a que los convenios multilaterales en materia de derechos conexos establecen mínimos convencionales y de allí en adelante cada país puede establecer estándares superiores de protección para los titulares originarios de los derechos conexos (Interpretes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusión). Por esta razón los derechos reconocidos y las prácticas contractuales pueden variar de un país a otro, por ejemplo, no en todos se establecen derechos en favor de los interpretes de obras musicales por ciertas utilizaciones de las interpretaciones fijadas en fonogramas, una vez que ellos han autorizado su fijación.
Por su parte “Acordeão”, aparentemente supuso la grabación y producción de nuevos sonidos en un fonograma distinto, utilizando apartes de la melodía de la composición original y la gramática musical como diría el maestro salcedo y sus colegas, sin utilizar la letra (para esta canción se utilizó una letra en portugués de la artista brasilera MC Deise Loira) o voces fijadas previamente en la versión original, por lo tanto, solo requerían la autorización para la utilización de la composición protegida por derecho de autor, pero no requerían autorización para la utilización de un fonograma donde estuviera fijada la interpretación de la versión original de “Fiesta en corraleja”.
Las remezclas y adaptaciones un estimulo a la conquista de nuevas audiencias.
Hay muchas razones para hacer una remezcla -llamadas también por su anglicismo remix – o una adaptación en términos jurídicos de una obra musical con sus diferentes posibilidades, como arreglos, cambios de melodía, armonía, timbre, tono, letras etc. Sin embargo, es necesario, en cada caso particular, hacer un análisis de la situación concreta en materia de derechos de autor y conexos, para verificar si se requiere contar con autorizaciones o no.
Podría ocurrir que la obra que se desea modificar, sea una obra que se encuentra en el dominio público o sea una parodia amparada por una excepción al derecho de autor, conforme lo establecido en las legislaciones nacionales siguiendo la regla de los tres pasos, es decir, determinados casos especiales, que no atenten contra la normal explotación de la obra y que no causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos de los titulares de los derechos.
Más allá de realizar dicho análisis caso por caso, lo que quisiera destacar, es que dichas remezclas o adaptaciones también se convierten en una gran oportunidad para llevar a otro nivel la música local y los géneros más populares, como aconteció en los dos ejemplos que hemos colocado previamente, brindando la posibilidad de que fanáticos de uno y otro género se acerquen más al otro y viceversa. De esta manera se atrae al público que de otro modo no escucharía la canción en su versión original, ya sea porque la desconoce o porque entre sus gustos musicales no se encuentra el género musical en el que dicha canción fue creada. No en vano “Acordeão” tiene una letra completamente distinta a «Fiesta en corraleja» y utiliza una voz en portuqués, lo que dicen, fue idea de Tiësto : “Se eligió así, de forma estratégica, para llegar al público brasilero que es inmenso” . Inmediatamente después de su lanzamiento, los países donde más se escucho la canción fueron Estados Unidos, Alemania, México, Los Países Bajos, España, Italia, Suecia, Brasil, Canadá y el Reino Unido.
En consecuencia, hacer estas adaptaciones puede ser de gran interés tanto para los compositores, los editores, los productores de fonograma y los interpretes, por la capacidad de llegar a nuevas audiencias y por la posibilidad de recibir beneficios económicos de esas nuevas versiones cuando a ello haya lugar, todo lo cual, hace evidentemente que la globalización y la evolución de la música brinda nuevas posibilidades y escenarios a la música folclórica y popular de cualquier país, entre ellos Colombia.
Sobre “Acordeão”, varios medios de comunicación nacionales reseñaron lo manifestado por el maestro Rubén Darío Salcedo en la sección de comentarios del video con la interpretación en Tomorrowland, puesto a disposición en Youtube: «Una canción de mi autoría.. ahora interpretada por este gran artista de música electrónica q viva la música, que viva el porro y que viva mi Sincelejo Sucre».
Dedicado in memoriam a Tim Bergling – Avicii ( 08.septiembre.1989 – 20.abril.2018 ). Un talento que nos dejó antes de tiempo.