Detrás de Interbolsa

Publicado el Alberto Donadio

Yalile Lamk, abogada y sabandija

Yalile Lamk, la abogada del ex presidente de la firma estafadora Estraval, no tiene ninguna credibilidad. Presentó a Supersociedades un plan de desmonte a nombre de César Fernando Mondragón y ahora sostiene que no, que no era un plan de desmonte sino solamente un borrador.

¿Por qué lo hace? Porque el documento no reunía los requisitos legales y fue rechazado. Por eso alega ahora que diz que no se trataba de un plan de desmonte sino de un proyecto de plan de desmonte. Y pensar que esta abogada y sabandija es magistrada del Tribunal Disciplinario del Autorregulador del Mercado de Valores, donde administra justicia, dicta sentencias y puede imponer sanciones de hasta 20 años de expulsión del mercado de valores.

Como Supersociedades recibió tantas quejas sobre el plan de desmonte presentado por Yalile Lamk, esta sabandija del derecho terminó alegando que se trató de un ‘falso positivo’ porque el tal plan de desmonte en realidad no existía sino que era un borrador.

Este fue el intento de retractación de la magistrada sabandija:

“Resulta claro que se trataba de un proyecto de documento remitido a ustedes con el proposito de que conocieran el texto que iba a ser puesto consideración de los inversionistas afectados, con lo cual en efecto dicho documento no podía cumplir con los requisistos exigidos en el articulo (sic) 13 del decreto 1910 de 2019, puesto que, entre otras cosas para la fecha de la radicación se estaba anunciando apenas su socialización entre los Inversionistas Afectados de Estraval S.A”

Pero eso no es todo: ahora la abogada-sabandija quiere que se divulgue desde la página de internet de la Supersociedades el borrador del plan de desmonte.  La petición buscaba que la entidad sirviera de caja de resonancia para ‘mercadear’ la idea del plan de desmonte entre los afectados y fue rechazada porque la propuesta de Mondragón no ha recibido la bendición de las víctimas del desplome de Estraval.

Para Supersociedades la publicación de un plan de desmonte en su página web “solo es viable si el plan de desmonte presentado cumple con los la totalidad de los requisitos del artículo 13 y siguientes del Decreto 1910 de 2009”.

Este es el oficio del 7 de junio de 2017 remitido por Yalile Lamk a Supersociedades:

«Me permito precisar que el plan de desmonte voluntario radicado con fecha 3 de mayo de 2017 ante la Superintendencia de Sociedades sehizo a título de Información a esa entidad toda vez que del mismo texto del plan se lee en marca de agua que es un documento sujeto a discusión y adicionalmente en la comunicación mediante la cual radicamos dicho documento se señala: «( … ) me permito presentar el Plan de Desmonte Voluntario presentado por el seflor César Femando Mondragón, con el cual se iniciará el proceso de revisión y discusión del texto anexo al presente escrito con los inversionistas afectados en el proceso de la referencia.

Siendo ello así resulta claro que se trataba de un proyecto de documento remitido a ustedes con el proposito de que conocieran el texto que iba a ser puesto consideración de los inversionistas afectados, con lo cual en efecto dicho documento no podía cumplir con los requisitos exigidos en el articulo 13 del decreto 1910 de 2019, puesto que, entre otras cosas para la fecha de la radicación se estaba anunciando apenas su socialización entre los Inversionistas Afectados de Estraval S.A.»

Comentarios