Escribe el abogado José Alberto Zambrano, abogado de víctimas de Estraval:—
Santiago de Cali, abril 25 de 2.018
SEÑOR VICTIMA-AFECTADO DE:
ESTRAVAL y COLOMBIA LAND
Se logró la primera devolución de dineros a los afectados después de sobrevivir a un sinnúmero de tutelas que lo único que buscaba era entorpecer dicho proceso de devolución para poder brindarle en el fondo los últimos auxilios al mal llamado plan de desmonte.
Con lo anterior se consiguió que en un número aproximado a 1.000 personas recuperaran sus dineros y que otro porcentaje quedara a punto de salir al haber recuperado entre el 50 y 90 % de su inversión con la primera devolución, lo que nos deja cifras de afectados residuales interesantes teniendo en cuenta que las devoluciones se hacen por cabeza.
La oposición por parte de mi despacho al plan de desmonte obedece entre otras a que a las victimas – afectados se les ha engañado durante todo el proceso por parte de los victimarios y promotores del mismo como lo son los comerciales, tanto unos como otros para conseguir sus intereses los primeros en lograr beneficios jurídicos importantísimos y fundamentales para ellos y los últimos con el afán de lograr su no vinculación a los actuales procesos por lo que continúan haciendo como lo hicieron en su momento proteger sus intereses a costas de los afectados- víctimas.
El propulsor de esas falsas esperanzas, el señor Mondragón con la anuencia y complacencia de ciertos medios de comunicación, en cada una de sus intervenciones públicas desde la cárcel trata de darle un fuerte aliento a dicho plan de desmonte el cual cuenta como respaldo a esa barra frenética compuesta por los comerciales y socializada en salones a puertas cerradas con el único fin de evitar las controversias ante verdades y pruebas de apuño que presenta mi despacho.
Claro ejemplo de dichas verdades es el tema TUBARÁ el cual como lo indique en anteriores comunicados, por contar con dicho certificado de tradición actualizado, no existía ningún derecho de propiedad a nombre de ESTRAVAL o de ninguno de los hoy intervenidos, por lo tanto era una ilusión que desinformaba a los afectados y en el fondo se les daba un tratamiento iluso y de irrespeto al menospreciarlos subestimando su calidad de afectado pero si jugando con su necesidad al presentarle este bien como un importantísimo activo en beneficio de los afectados.
En el tema TUBARÁ no existe ningún derecho real de propiedad en el mejor de los casos existiría unos derechos sobre un contrato que de cumplirse por las partes versarían a la vez unos derechos sobre un predio, ENTONCES ESTAMOS HABLANDO SOBRE UNOS DERECHOS INCIERTOS Y DISCUTIBLES.
Lo anterior se confirma con el pronunciamiento, ante la solicitud de la que en su momento figuraba como apoderada del señor Cesar Fernando Mondragón, Dra. Lamk, quien había solicitado el embargo de dicho inmueble, por parte de la superintendencia de sociedades al indicar dentro del Radicado2018-01-192726 de fecha 23 de abril de 2.018 entre otros puntos lo siguiente:
¨De la revisión de folio de matricula inmobiliaria se puede constatar que a la fecha el inmueble referido por la apoderada es de propiedad de , quien no se encuentra vinculado al proceso de intervención por captación ilegal¨ Negrillas y subrayados son míos.
Como observan las verdades jurídicas desmienten las afirmaciones del señor Mondragón demás intervenidos actuales y futuros ,por lo tanto los afectados no pueden caer en el desespero ahora que están a puertas de la terminación del proceso liquidatorio, los bienes de los intervenidos están vinculados al proceso, su valor de venta o adjudicación no podrá ser menor a su avaluó, valor que debe de quedar en firme en la audiencia de resolución a las objeciones de los avalúos debidamente presentados por el agente liquidador.
Existen otros bienes, gracias al avance de los actuales procesos, que se van a ir sumando en beneficio de los afectados como son los del exterior, los de los últimos intervenidos como es el caso de la señora Angela Daza y de los próximos intervenidos, comerciales entre otros, si se cuenta con su participación como afectado y víctima.
Como observan desde su inicio hasta el día de hoy las afectados se han visto revictimizados dentro de este proceso y para ello se han utilizado todos los medios dilatorios posibles argumentando desde violaciones a derechos fundamentales como el debido proceso hasta vulgares y repetitivas leguleyadas expresadas en recursos no coherentes con la normatividad procesal ocasionado con ello desasosiego a los afectados que solo recobran fuerzas y esperanzas con el actuar del agente liquidador y los pronunciamientos de la super intendencia de sociedades.
Concluyamos que deben de tener claro los intervenidos – victimarios que solo y únicamente cuandoentreguen bienes diferentes a los vinculados actualmente a la masa liquidatoria sin problemas jurídicos, no sobrevalorados y sin condiciones, se puede empezar a pensar que existe un principio de voluntad por parte de ustedes en resarcir a las víctimas.
Cordialmente
JOSE ALBERTO ZAMBRANO REINA
ABOGADO Y APODERADO DE UNAS VÍCTIMAS DE
CALI, MEDELLÍN Y BOGOTÁ
CELULAR- WASSAP: 312-2589439