Detrás de Interbolsa

Publicado el Alberto Donadio

Intertourist era ilegal: Superfinanciera

Según la Superfinanciera, todo lo que hacía Interbolsa al ofrecer el Fondo Premium por medio de Intertourist era ilegal, pues excedía la autorización contenida en el contrato de corresponsalía que permitió a la comisionista ofrecer esa inversión en el territorio nacional. Así se desprende de una reciente sanción impuesta por la Superfinanciera a una alta funcionaria de Interbolsa en Cali, Claudia Fernanda Saldarriaga Henao, que fue directora de banca corporativa y privada. La señora Saldarriaga fue sancionada con multa de $15.300.000 por destinar los recursos de inversionistas de Premium al mercado secundario manejado por la sociedad panameña Intertourist.
Casi todas las inversiones realizadas por clientes de Interbolsa en Premium se gestionaban en un mercado secundario que manejaba Intertourist, por fuera de la autorización dada por la Superfinanciera a Interbolsa para promocionar en Colombia el Fondo Premium, Premium Capital Appreciation Fund. Intertourist, sociedad panameña de Tomás Jaramillo y de Juan Carlos Ortiz, tenía acciones de Premium y era la que las asignaba a los clientes colombianos de Interbolsa que invertían en Premium.
Aunque la sanción se aplica únicamente a la señora Saldarriaga, en la resolución 849 de junio 18 de 2015 la Superfinanciera tácitamente reconoce que toda la operación de Premium en Colombia fue ilegal, por exceder el contrato de corresponsalía, que se aprobó por primera vez en 2001 y se renovó en 2008.
En la resolución, la SFC concluyó que la señora Saldarriaga «destinaba los recursos de los potenciales inversionistas de Premium al mercado secundario manejado por la sociedad panameña Intertourist, producto que no estaba cobijado por las actividades del contrato de corresponsalía entre Interbolsa y PCIA» (Premium Capital Investment Advisors).
En los contratos de corresponsalía, según la Superfinanciera, la entidad corresponsal debe limitarse a servir de enlace entre el potencial inversionista residente en Colombia y la entidad del exterior y en caso de concretarse la inversión por parte de un inversionista colombiano ese inversionista se convierte en cliente de la entidad del exterior más no de la comisionista de bolsa colombiana, en este caso Interbolsa.
Los contratos de corresponsalías sirven para adelantar la promoción o publicidad de productos ofrecidos por entidades financieras del exterior.
De acuerdo con la Superfinanciera, la mencionada señora Saldarriaga «llevó a cabo directa y sucesivamente gestiones para la destinación de recursos de propiedad de la sociedad H.I., en inversiones en el mercado secundario de Premium Capital Appreciation Fund, el cual se repite era manejado por la sociedad Intertourist Inc y correspondía a un producto que Interbolsa SCB no tenía autorizado a promocionar».
Por lo tanto, concluyó la Superfinanciera, la señora Claudia Fernanda Saldarriaga Henao » incurrió en el ejercicio de actividades que excedían las propias de los contratos de corresponsalía, pues llevó a cabo actividades distintas a la promoción de los productos de PCIA.»
Según la resolución 849 de 2015, la señora Saldarriaga «fue negligente e impurdente al materializar alternativas de inversión en los Fondos Premium que no se encontraban previstas en la autorización concedida por el Estado a la entonces firma comisionista de bolsa».
La Superfinanciera consideró que la señora Saldarriaga violó el art. 72 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, según el cual «los administradores de entidades financieras deben obrar no solo dentro del marco de la ley sino dentro del principio de la buena fe y de servicio al interés público».
Adicionalmente, la ex funcionaria de Interbolsa en Cali fue multada pues en un correo electrónico del 10 de septiembre de 2012 informó a un cliente de Interbolsa que: «El fondo Premium es 100% de Interbolsa es en Curasao (sic) y la rentabilidad es muy estable. Quedo pendiente a que me confirme donde recogemos el cheque». Este engaño fue comunicado por la sancionada al cliente dos meses antes de la intervención de la comisionista Interbolsa.
Para la Superfinanciera, la señora Saldarriaga suministraba a los potenciales inversionistas información errada sobre el fondo Premium al señalar que el fondo Premium era un producto 100% de Interbolsa y que el Fondo Premium estaba avalado por la Superfinanciera.
Dijo la SFC: «la investigada generó la falsa percepción frente a sus clientes que los Fondos Premium eran de propiedad, respaldados y/o administrados por alguna de las entidades del denominado Grupo Interbolsa».
En su defensa, la investigada dijo que otra funcionaria de Cali identificada con las iniciales L.A.M.A. era la que tomaba con el cliente la decisión de invertir en Premium y que ella, Saldarriaga, solamente cumplía función de acompañamiento. Pero la SFC no atendió sus razones.
Reiteró la SFC que: «La existencia y promoción de un mercado secundario para la colocación de participaciones en el Fondo Premium era manejada por la sociedad panameña Interourist y ese producto no estaba incluido dentro del contrato de corresponsalía».
Claudia Fernanda Saldarriaga Henao, que hasta diciembre de 2014 fue operadora de renta fija y renta variables en la comisionista Alianza Valores, «ejecutó conductas que no le estaban permitidas», en palabras de la Superfinanciera.
La multa fue impuesta por Pedro Felipe Lega Gutiérrez, superintendente delegado para intermediarios de valores.

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