La Corte Constitucional informa que la Ley 1776 de 2016 por la que se crearon las zonas de interés rural, económico y social – ZIDRES – no desconoce el derecho a la igualdad cuando permite acceder a los subsidios que otorga a profesionales con títulos de doctorado y maestría, frente a los profesionales que no han llegado a este nivel de educación formal.
Para llegar a esta conclusión, la Corte decidió aplicar el test-leve de igualdad, el cual comprende 3 etapas: identificación de los sujetos o situaciones reguladas por la medida y el parámetro de comparación; la escogencia del nivel de intensidad del juicio de igualdad; el escrutinio sobre la medida, según los grados de exigencia que prevea el grado de intensidad escogido.
Basándose en los resultados de este Test, no se consideran irrazonables los estímulos e incentivos por la vinculación de los profesionales con maestría o doctorado:
– La vinculación de profesionales con alto grado de formación en áreas afines al sector agrícola forma parte de la política agraria en la que se busca la internacionalización de la economía sobre bases de alta competitividad, equidad y reciprocidad, esto desde las zonas apartadas del país Zidres.
– El medio que se eligió para lograr los fines de desarrollo rural es la extensión de los incentivos y estímulos no está prohibido y es legítimo, ya que el legislador puede exigir títulos de idoneidad para acreditar la preparación académica y científica de determinadas profesiones con alta responsabilidad frente a las comunidades.
– Con esta medida se garantiza que en los proyectos productivos y de investigación se vinculen profesionales de altos niveles de formación e materia científica en áreas afines al sector agrícola y agropecuario. Consulte el comunicado aquí: C-220 de 2017. Norma demandada Ley 1776 de 2016 “Por la cual se crean y desarrollan las zonas de interés rural, económico y social, Zidres”. Artículo 7 sobre incentivos y estímulos a proyectos productivos.
Conozca el Comunicado de la Corte Constitucional respecto a las sanciones por ocupación de espacio público
La Corte Constitucional declaró condicionalmente exequible el artículo 140, de la Ley 1801 de 2016, que expide el Código Nacional de Policía y Convivencia, ya que se considera prudente analizar cuando se haga referencia a la ocupación del espacio público cuando son personas en situaciones de debilidad manifiesta o pertenecientes a grupos de especial protección.
Considerando la jurisprudencia constitucional, se concluye que estas personas están protegidas por el principio de confianza legítima, por lo tanto se les aplicarán las medidas correccionales de multa, decomiso o destrucción solo hasta que se les haya ofrecido programas de reubicación o alternativas de trabajo formal, garantizándoles los derechos a la dignidad humana, el mínimo vital y trabajo. Consulte el comunicado aquí: C-211 de 2017 Norma demandada Ley 1801 de 2016 “Por el cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia». Artículo 140 sobre sanciones por invasión del espacio público.
Corte Constitucional no encuentra omisión legislativa en el artículo 317 del Código de Procedimiento Penal
La Corte Constitucional manifiesta que no encontró la existencia de una omisión legislativa en lo relacionado con el numeral 6 del artículo 317 del Código de Procedimiento Penal, según el cual, transcurridos 150 días contados desde la fecha de inicio de la audiencia de juicio, si no se ha celebrado la audiencia de lectura del fallo o su equivalente, el acusado debe ser puesto en libertad, al no incluir a los acusados, también privados de la libertad, con esto se desconocerían los derechos a la igualdad, la libertad y el debido proceso sin dilaciones injustificadas.
Luego de hacer la respectiva revisión, la sala concluye que los derechos de libertad, igualdad y debido proceso sin dilaciones del proceso en segunda instancia, están protegidos por el artículo 1 de la Ley 1786 de 2016, ya que el plazo máximo de un año para la detención cautela se ha estimado, tomando como referente el término máximo para la emisión del fallo de segundo grado. Consulte el comunicado aquí: C-221 de 2017 Norma demandada: Ley 1786 de 2016, sobre las modificaciones a la Ley 1760 de 2015.