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Publicado el www.redjurista.com

Consejo de Estado anuló Concepto de la DIAN que permitía deducción de renta a industria minera

3d man with prohibition sign and dollar

El Consejo de Estado tumbó Concepto 015766 de 2005 emitido por la DIAN en el que se permitía que las empresas de extracción minera privada descontaran los pagos que hacían por regalías de la base para liquidar el impuesto sobre la renta.

Es importante resaltar que en el Estatuto Tributario, artículo 116, se expone que solo las empresas públicas pueden descontar el pago de las regalías, pero fue la DIAN la que en el 2005 quien en el ejercicio hermenéutico, interpretó la posibilidad de generar beneficios a la industria de explotación minera.

En su momento, la DIAN catalogó como un acto de confianza inversionista dichos descuentos tributarios, en los que las transnacionales de explotación minera tuvieron beneficios en el aporte a las regalías por más de 10 años.

En este sentido, la decisión del Consejo de Estado se da pensando en la protección de los recursos naturales no renovables y en especialmente con el interés de que se analice si la deducción por pago de regalías reúne los requisitos del artículo 107 del Estatuto Tributario, ya que su procedibilidad no se puede definir de manera general a través de un concepto. Para mayor información consulte la sentencia aquí: Sentencia 19950 de 2017 Consejo de Estado. ¿Son deducibles las regalías que los contribuyentes diferentes a las entidades descentralizadas, pagan por la explotación de recursos naturales no renovables? – Consejo de Estado anula concepto emitido por la DIAN sobre deducción de renta por explotación de recursos naturales no renovables.

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