Por Daniel Sarmiento Pavas

Los delitos de cuello blanco en Colombia, no ocurren por falta de leyes. De hecho, suelen aparecer en sectores altamente regulados, donde existen manuales, auditorías y protocolos de cumplimiento.

El verdadero problema está en otro lugar: la falsa sensación de control.

Muchas organizaciones cumplen formalmente con los requisitos del regulador, pero no transforman su cultura interna de prevención de riesgos. El compliance existe en el papel, pero no en la toma real de decisiones.

Corporate compliance y prevención de delitos de cuello blanco en Colombia en junta directiva empresarial – Pexels

Por eso, entender el derecho penal económico exige ir más allá del Código Penal. También implica analizar cómo se construyen las decisiones empresariales que terminan generando responsabilidad penal.

Delitos de cuello blanco en Colombia: el caso InterBolsa

El caso de InterBolsa no fue solamente una manipulación del mercado financiero.

En esencia, fue una falla grave en la gestión del riesgo de liquidez disfrazada de sofisticación financiera.

Las operaciones repo sobre acciones de Fabricato no eran ilegales por sí mismas. El problema fue su uso repetitivo para sostener artificialmente el precio del activo y alterar el mercado.

Aquí entraron en juego delitos como:

  • Manipulación fraudulenta de especies inscritas (artículo 317 del Código Penal)
  • Abuso de confianza calificado (artículo 250 del Código Penal)

Sin embargo, el verdadero fallo estuvo en la gobernanza interna. Los órganos de control no detectaron a tiempo cuándo una práctica aparentemente legal estaba cruzando el límite penal.

Muchos comités de riesgo existen, pero no tienen independencia real ni capacidad efectiva de frenar decisiones peligrosas.

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Saludcoop: cuando lo legal se usa para ocultar lo irregular

Uno de los delitos de cuello blanco más sonado, fue el de Saludcoop, este mostró una situación aún más compleja.

Se trató de la apropiación de recursos públicos destinados a la salud mediante estructuras empresariales que aparentaban total legalidad.

Contratos entre empresas del mismo grupo, reasignaciones presupuestales y decisiones financieras dificultaron distinguir entre una gestión administrativa legítima y un posible peculado por apropiación (artículo 397 del Código Penal).

Revisión de contratos y delitos de cuello blanco en Colombia en procesos empresariales – Pexels

El problema no fue solamente quién tomó la decisión, sino que el sistema permitió que esa apropiación pareciera una simple decisión gerencial.

Cuando no existe trazabilidad real sobre el destino de los recursos públicos, el control siempre llega tarde.

Delitos de cuello blanco en Colombia: el caso Odebrecht

Reducir Odebrecht a un simple caso de cohecho sería simplificar demasiado el problema.

Sí existieron delitos como:

  • Cohecho (artículos 405 y siguientes)
  • Celebración indebida de contratos (artículo 410)

Pero la falla estructural estuvo antes: en la debida diligencia insuficiente tanto del sector público como del privado.

Durante años, la discusión se concentró en funcionarios públicos, pero poco se analizó el papel de intermediarios financieros, estructuradores y asesores que hicieron posible la operación.

El delito no siempre nace en la firma del contrato. Muchas veces comienza en el diseño mismo del negocio.

El verdadero riesgo penal está en las pequeñas decisiones

Nadie se levanta un día diciendo: “voy a delinquir”.

En la mayoría de los casos, el delito aparece como resultado de múltiples pequeñas decisiones toleradas, justificadas o simplemente ignoradas.

Ese es uno de los grandes retos del derecho penal económico moderno: la responsabilidad no siempre está en una sola persona, sino en estructuras completas de decisión empresarial.

Por eso, el análisis penal no puede limitarse a buscar culpables individuales. También debe revisar cómo funciona la organización.

El compliance no sirve si solo está en el manual

La principal lección es clara: el cumplimiento formal no previene delitos de cuello blanco. En muchos casos, incluso los encubre.

Auditoría financiera y compliance para prevenir delitos de cuello blanco en Colombia – Pexels

Tener manuales, políticas internas o protocolos no basta si no existe una verdadera cultura de prevención.

El compliance no debe ser un requisito para mostrar al regulador, sino una herramienta real para tomar mejores decisiones.

Ahí está el verdadero valor del abogado penalista económico: no solo defender cuando el problema ya explotó, sino anticipar los riesgos antes de que se conviertan en un proceso penal.

Porque cuando llega el derecho penal, normalmente ya es demasiado tarde.

¿Su empresa tiene un verdadero sistema de prevención penal o solo un manual de cumplimiento? La diferencia puede definir el futuro patrimonial y reputacional de toda la organización.

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