“El Buen Samaritano, que pone en el centro de su corazón el rostro del hermano en dificultad, sabe ver su necesidad, le ofrece todo el bien necesario para levantarlo de la herida de la desolación y abrir en su corazón hendiduras luminosas de Esperanza”(Congregación para la Doctrina de la Fe, 2020, p. 20)

 

He podido escribir y discutir  respecto al desarrollo de la eutanasia en nuestro país, sin embargo, los cambios normativos, los vientos de progresismo y un entorno embebido en relativismo ético nos ha llevado a convertir o por lo menos querer percibir que la eutanasia al ser no punible desde lo penal y convertida en un procedimiento hospitalario ha sido pasada a los médicos como un procedimiento lícito, legal y ético. Todo lo anterior bajo el paraguas de las leyes que lo permiten y favorecen. En este escrito quiero reflexionar un poco a que nos enfrentamos y que implicaciones se tiene cuando se firma un consentimiento informado o se acepta una voluntad anticipada. Pero trataré de hacerlo para que todos podamos manejar una información sencilla y clara. Me parece que esto aporta al debate y que pueda servir para que quienes tienen dudas puedan asomarse mejor a una decisión consistente con base en hechos y datos y no en ideologías o marcos legales progresistas de moda.

Pienso que hay dos grandes formas de enfocarlo desde lo antropológico: quienes tienen una visión trascendente de la vida y quienes con claridad ven que la vida es solo material y no hay ningún tipo de trascendencia. Esto abarca visiones religiosas o no religiosas, culturas o posiciones ideológicas particulares que hacen participar la conciencia no solo del enfermo sino del equipo terapéutico alrededor del paciente y de esa manera el enfoque de la enfermedad será distinto probablemente.

La discusión a veces acalorada aparece cuando el proceso de la eutanasia se enfoca únicamente desde lo legal y se quiere asumir que los sujetos de dicha realidad asumen una posición universal donde al ser permitido el procedimiento por el estado pasa a ser parte de un portafolio de servicios comercial que los hospitales pueden ofrecer sin barreras y que por ende el paciente y su familia lo deben contemplar de manera neutra como cuando se ofrece una laparotomía o una artroscopia. Pero se olvida que la muerte no es solo la pérdida de las funciones vitales sino que para quienes tienen una visión trascendente independiente de su religión la muerte es la separación del alma y del cuerpo como dice Pieper: “ En esto no se ha cambiado  lo más mínimo, según yo creo, hasta el día de hoy- Incluso  para un hombre de nuestro tiempo, que tuviera reservas en  admitir que el alma sea separable en cuanto tal, saltaría  rápidamente, como lo primero de todo, aquel viejo principio  de Sócrates —la muerte no es otra cosa que la separación del alma del cuerpo—, si ese hombre se pone a pensar  sobre el fenómeno de la muerte. El principio vital abandona en ese momento el cuerpo que hasta entonces había vivificado.”(Mateo-Seco, 1974)

Toda enfermedad implica sufrimiento y eso dependerá adicionalmente del carácter personal de cada paciente, de sus capacidades y mecanismos para afrontar la adversidad y sobre todo y lo más importante cuál es su sentido de vida. Tanta razón de vivir una madre por sus hijos como un anciano que quiere terminar sus días con dignidad y respeto. Con esto quiero decir que ni la benignidad del padecimiento o la gravedad de la situación clínica pueden justificar la posibilidad de cuidar cada vida hasta su natural fin.

Hace años quienes llevaban a domicilio las “voluntades anticipadas “de una asociación que buscaba y propendía por morir con “dignidad” le decían a sus futuros adeptos:” – Usted no puede permitir que lo hagan sufrir dejándolo en una unidad de cuidado intensivo, eso es terrible. Firme este documento y cuando le toque se evitará ese trance”. Estas aproximaciones pro-eutanasia han minado las realidades de los pacientes y de los equipos terapéuticos. Creo se dio una información que además de favorecer la confusión daba a los pacientes futuros una sensación de incertidumbre frente a los equipos médicos a la tecnología en salud y al acto ético de enfrentar ciertas condiciones clínicas con la avanzada realidad del cuidado intensivo. El desarrollo científico, académico, tecnológico del cuidado intensivo ha permitido enfrentar infecciones, enfermedades congénitas soportar el trauma, permitir los trasplantes de órganos etc. Algo vimos de como el soporte en cuidado intensivo salvó muchas vidas durante la ultima pandemia de la humanidad. Pero con lo que se genera alrededor de estas tecnologías en salud las familias y los pacientes llegan angustiados a esa opción y ante la falta de información y los equívocos de comunicación terminan optando por negarse a esta oportunidad y muchas veces de manera pasiva la muerte llega dejando interrogantes sobre posibilidades de tratamiento que hubieran cambiado muchos desenlaces. En este momento se generan confusiones en el paciente y su familia: ¿qué hacer? , ¿Lo dejamos entrar a cuidado intensivo? ¿Permitimos que le realicen el procedimiento? ¿autorizamos el uso de una sonda? Es la zona gris más compleja que se empeora si la comunicación es equívoca o si dejamos en la soledad de su sufrimiento a los pacientes.

Acá tenemos que entender el concepto del llamado encarnizamiento terapéutico y no es otra cosa que intentar sobrepasar la realidad del enfermo, su pronóstico desbordándose con medidas terapéuticas desproporcionadas que de antemano por la evidencia científica se saben que no cambiaran la historia natural de la enfermedad, pero implicaran un aumento en el uso de recursos y puede enfrentar al enfermo a un sufrimiento o riesgo adicional; a veces vendiendo desenlaces esperanzadores que nunca serán mejores. Los médicos nos hemos formado  para cuidar racionalmente nuestros pacientes, las unidades de cuidado intensivo, los procedimientos quirúrgicos, las tecnologías nuevas en salud, los medicamentos tienen unas indicaciones y unos alcances que permiten enfrentar la enfermedad y de usarse de manera racional, coherente y costo efectiva han demostrado como la morbi- mortalidad de muchas enfermedades ha cambiado en los últimos años en el mundo.

Toda familia con su paciente debe recibir una información clara y adecuada acerca del diagnostico de la enfermedad y su pronóstico basado en estadísticas, resultados y todo lo que la evidencia científica aporta en cada situación particular.  Una vez explicado el alcance del tratamiento la familia en una respetuosa relación médico-paciente asumirá los riesgos y beneficios de la propuesta terapéutica. Nunca la mejor opción es hacer mucho o no hacer nada. Pues el paciente siempre requerirá un cuidado particular y unas realidades proporcionales a su condición especial. Acá aparece entonces la llamada adecuación del esfuerzo terapéutico que consiste en  “evaluar  clínicamente al paciente y adaptar los tratamientos a su  condición clínica, y a sea retirando tratamientos implementados  previamente (lo que se conoce en inglés como withdraw) o no instaurando tratamientos o medidas de soporte vital (lo que se denomina withhold). ”(Agamez-Insignares et al., 2023)

Hasta este instante del proceso de atención a ninguna familia se le ha ofrecido un acto y menos un procedimiento eutanásico, pues el objeto de la atención es acompañar la dificultad de la enfermedad y sus complicaciones asociadas.

Pero como país liberal desde nuestras altas cortes venimos a finales del siglo pasado en un itinerario jurídico donde se ha caminado desde la sentencia C-239 que habló de la llamada muerte “digna” y después de distintas sentencias; el 20 de abril de 2015 se definió la muerte digna como complemento al derecho a la vida digna. Es decir, con el eufemismo de muerte digna la República de Colombia ya tiene un marco legal de Eutanasia.  Se ha hecho un esfuerzo jurídico para favorecer que se puede realizar la eutanasia a quienes cumplan los requisitos estipulados en dichas normas. Es llamativo como se insiste de manera especial para tratar de evitar que los ciudadanos colombianos que estén asociados a la prestación del acto eutanásico; es decir médicos, enfermeras, etc.  Pero no es concordante cuando el articulo 18 de la Constitución política de Colombia dice:  “Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia”.

 Es aquí donde se hace evidente lo que he llamado la “confusión de las conciencias”, pues como hemos visto la realidad de fin de vida de cualquier paciente no solo implican sus indicadores clínicos, pronósticos de sobrevivencia o niveles de sufrimiento que se hace individual según cada paciente. Pero se englobe en mi opinión un tema superior y es la visión antropológica de cada persona, sus características personales, la red de apoyo, la calidad de atención de los aseguradores, y finalmente entender como se ha logrado soportar de manera interdisciplinaria a los pacientes y su familia.

Antes de acercarse a un paciente a ofrecerle  productos jurídicos para terminar anticipadamente su vida  como la eutanasia , debe existir la tranquilidad del equipo que el paciente tenga todos los medios al alcance y si definitivamente estamos acercándonos al final de la vida lo que le debemos ofrecer no es una voluntad anticipada sino la posibilidad de acceder a la ley de cuidados paliativos (Ley 1733 / 2014)  como derecho y esto implica permitir que la institución y el asegurador se concentren en un trabajo interdisciplinar que soporte al paciente en esa recta final de vida para que se le pueda acompañar en la ansiedad, la soledad, el dolor, la sed, la disnea, etc y el paciente puede realmente morir con dignidad.

Menciono la confusión de las conciencias pues no necesariamente todos piensan igual ni tienen la misma visión de la vida y me refiero a médicos, enfermeras y pacientes.  Pues independiente del diagnóstico y pronóstico de la enfermedad se deben conciliar las conciencias para que esa relación médico paciente permita que el camino del final de la vida del paciente pueda transcurrir sin conflictos y cargas morales que empeoren la situación.  La vida como “don”  hace cuestionable cualquier análisis que contemple pensar en arrebatarla de manera instrumental. Tanto quien piensa que se le fue dada por un creador o quien cree que es fruto exclusivo de lo material y biológico tampoco permite aducir un derecho en contra de esa realidad; es así como darle sentido a la propia vida se puede convertir en una especial utopía que ordena las fuerzas del hombre y lo prepara para enfrentar su muerte con la mejor capacidad ética para lograrlo. (Flecha, 2016)

Dicho de otra manera, debemos evitar que se genere ese conflicto de valores, que en lugar de aportar al bienestar del enfermo, lo que hace es generar una confusión y termina por tratar de solucionar un problema moral en una solución legal que como sabemos no necesariamente será una decisión ni ética ni moral. Es por eso que los cuidados paliativos se convierten en el elemento por excelencia que con una visión personalista logra excelentes desenlaces en los pacientes y sus familias : “ los cuidados paliativos, cuando se practican con competencia, ayudan a enfrentar y tratar el sufrimiento posicionándose como una respuesta clínica y éticamente válida. Al mismo tiempo, frente a la eutanasia, constituyen un camino firme, pues no solo se trata de desarrollar una actitud compasiva, sino de realizar acciones específicas y concretas -adaptadas a la realidad de cada paciente- para aliviar cada uno de los motivos de sufrimiento y mejorar la calidad de vida, respetando la evolución natural de la enfermedad.”(de Antueno & Silberberg, 2018)

Si queremos entonces resumir podríamos decir:  que la eutanasia como legislación no obliga ni al personal sanitario en asumirla de manera obligante y ciega y tampoco a los pacientes a aceptarla de manera subordinada y necesaria. Y menos perder ante la constitución colombiana la posibilidad de objetar conciencia.

Para acercarse al final de la vida de una persona se necesita algo más que una voluntad anticipada, se requiere superar la compasión y obliga a quienes estén frente al enfermo a indagar en sus creencias, visión del mundo y su proyecto de vida para poder entender y conciliar esa visión que logre ajustar objetivos de desenlace y así poder tener la mejor posibilidad de acompañar el final de la vida de una persona.

Los cuidados paliativos con su marco legal es un derecho del enfermo para que se le den las mejores opciones y posibilidades y que de manera progresiva, en consenso y con amor podamos estar cerca del paciente y su realidad final sin atropellar su visión trascendente o su libertad.

No habrá confusión de conciencias si volvemos al principio Hipocrático de “no harás daño” entendiendo toda la magnificencia de la medicina moderna , los principios humanistas y los valores de una civilización cristiana que no puede negar su historia y menos la realidad de un país como Colombia donde las personas siguen teniendo una visión trascendente de la vida como lo demuestra un estudio reciente  (Diversidad religiosa, valores y política en Colombia) donde el 57,2 % son católicos, evangélicos un 19,2% , 3,8 % otras creencias,  ateos y agnósticos un  6,3 %.(Beltran & Larrota, 2019)

Es un reto para quienes hacemos parte del personal de salud defender los derechos de los pacientes y no olvidar su visión trascendente sin imponer marcos legales o visiones personales que avasallen sus principios morales o éticos de acuerdo con su visión particular de la vida. Un país es más democrático si asegura la defensa de la libertad de cultos, garantiza la objeción de conciencia y no se confunde en lo que debe ser la defensa incondicional de la vida de sus ciudadanos.

 

 

Agamez-Insignares, C. P., Sanchez-Pedraza, R., León, M. X., & Sejia-Butnaru, D. (2023). Toma de decisiones para la adecuación del esfuerzo terapéutico al final de la vida en pacientes oncológicos del Instituto Nacional de Cancerología de Colombia. Persona y Bioética, 27(1), 1–14. https://doi.org/10.5294

Beltran, W. M., & Larrota, S. P. (2019). Diversidad Religiosa Valores y Participacion Politica en Colombia.

Congregación para la Doctrina de la Fe. (2020). Carta Samaritanus bonus de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre el cuidado de las personas en las fases críticas y terminales de la vida. In Santa sede.

de Antueno, P., & Silberberg, A. (2018). Eficacia de los cuidados paliativos en el alivio del sufrimiento. Persona y Bioética, 22(2), 367–380. https://doi.org/10.5294/pebi.2018.22.2.12

Flecha, J.-R. (2016). Bioética . La fuente de la vida. Ediciones Sigueme.

Mateo-Seco, L. F. (1974). EL CONCEPTO DE MUERTE EN LA DOCTRINA DE SANTO TOMÁS DE AQUINO. Scripta Theologica., 6(1), 173–208. https://hdl.handle.net/10171/12576

 

 

 

 

 

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