Derecho para todos

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Detenidos en Unidades de Reacción Inmediata y estaciones de policía protegidos por la Corte Constitucional

 

La Corte Constitucional falló acción de tutela en defensa de los detenidos en Unidades de Reacción Inmediata y estaciones de policía, luego de que en medios se evidenció las condiciones precarias en las cuales se mantienen a los detenidos.

En ciertos casos, estas personas debían esperar la definición de su situación judicial a la intemperie. Estas situaciones fueron analizadas y los magistrados expresaron que este tipo de circunstancias no otorgan a los detenidos las condiciones dignas que merecen como seres humanos por lo cual ordenó que en un plazo de 24 horas se suspenda el uso de remolques, carpas, autobuses, parques, plazas públicas o cualquier lugar distinto a los establecimientos de reclusión como lugares para mantener a los detenidos.

Consulte la sentencia aquí: Sentencia T-151 de 2016 Corte Constitucional.

                           

 

Excusarse en incompatibilidad entre requisitos para obtener el título de abogado y la aceptación de un cargo de elección popular no constituye fuerza mayor

 

En sentencia de la sección primera decidió que no constituye fuerza mayor los actos de una candidata electa que se excusó de tomar posesión como concejal de un municipio del Cauca excusándose en la existencia de una incompatibilidad entre el ejercicio del cargo y la práctica requerida para obtener el título de abogada.

La sección decidió que la fuerza mayor se produce cuando el hecho exógeno al concejal elegido es imprevisible, cosa que no ocurrió ya que la candidata sabía de la existencia de los requisitos.

Consulte la sentencia aquí: Sentencia 19001-23-33-003-2015-00496-01 Consejo de Estado, Sección Primera 

 

Política Nacional para mejorar el impacto de publicaciones científicas en el país

El Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación adopta la Política Nacional para mejorar el impacto de publicaciones científicas nacionales y el modelo de clasificación  de revistas científicas nacionales –Publindex–.

La política nacional para mejorar el impacto de las publicaciones científicas tiene como objetivo aumentar las publicaciones de los investigadores nacionales en revistas científicas. Incluidas en los índices de citaciones y bases de datos de alto impacto científico, para poder cumplir con estos objetivos se hizo necesario actualizar el modelo de clasificación de revistas científicas nacionales Publindex. La verificación del cumplimiento de la política y el modelo estará a cargo de la Subdirección General de Colciencias.

 Consulte la resolución aquí: RESOLUCIÓN 790 de 2016 COLCIENCIAS Por la cual se adopta la Política Nacional para mejorar el impacto de las publicaciones científicas nacionales y el Modelo de clasificación de revistas científicas nacionales, Publindex.

 

 

 

Pregunta del día:

 

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¿Qué es la ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública?

 

La ley de transparencia busca regular el derecho de acceso a la información pública y los procedimientos para la garantía y excepciones a la publicidad de la información.

La Ley 1712 de 2014 establece que el derecho al acceso a la información rige bajo los criterios de razonabilidad y proporcionalidad, aplicando algunos principios, dentro de los que podemos destacar:

  • esume pública, por lo tanto, todos los sujetos están obligados a proporcionar y permitir el acceso a esta, excluyendo solamente las que se acojan a excepciones constitucionales.
  • Principio de buena fe: los sujetos obligados a cumplir las disposiciones del derecho de acceso a la información pública deben hacerlo con motivación honesta y sin intención dolosa o culposa.
  • Principio de facilitación: se debe facilitar el acceso a la información excluyendo las exigencias o requisitos que puedas impedirlo.
  • Principio de no discriminación: se debe entregar la información a todo aquel que lo solicite en igualdad de condiciones.
  • Principio de gratuidad: el acceso a la información pública es gratuito y no es posible cobrar valores adicionales al valor de la reproducción de la información.
  • Principio de transparencia: Toda la información en poder de los sujetos obligados que define esta ley se pr

Por lo anterior, se recuerda que los ciudadanos tienen derecho de acceso a la información pública en general, con la intención de garantizar la transparencia y sin costos diferentes al valor de las copias.

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