Derecho para todos

Publicado el www.redjurista.com

Ante urgencia vital confianza plena en el médico tratante

Doctor hand with a stethoscope medical concept

A partir del mes de junio de 2016 los usuarios de los servicios de salud podrán acceder a tratamientos y medicamentos no POS sin necesidad de acudir al Comité Técnico Científico, gracias al nuevo sistema de información en línea que implementarán el Ministerio de Salud y las EPS, para garantizar el derecho fundamental de acceso a la salud.

Para dar cumplimiento al pronunciamiento de la Corte Constitucional T-760 del año 2008, en el cual se ordenó a la Comisión de Regulación en Salud “[…] que adopte las medidas necesarias para regular el trámite interno que debe adelantar el médico tratante para que la respectiva EPS autorice directamente tanto los servicios de salud no incluidos en el plan obligatorio de salud (contributivo o subsidiado), diferente a un medicamento, como los medicamentos para la atención de las actividades, procedimientos e intervenciones explícitamente excluidas del Plan Obligatorio de Salud, cuando estas sean ordenados por el médico tratante […]”, el Ministerio de Salud emitió la Resolución 1328 de 2016 en la cual se regulan todos los aspectos relativos a la prescripción, suministro, control, verificación y pago de los servicios y tecnologías no POS  que los médicos formulen a sus pacientes.

Esta nueva regulación pretende reafirmar la autonomía médica y beneficiar a los usuarios al eliminar los trámites de autorización por parte de los Comités Técnico Científicos que constituían una demora, un riesgo para la salud de los pacientes y una de las causas más comunes de las acciones de tutela en temas de salud.

Desde el mes de junio próximo, los médicos contarán con un aplicativo web que les permitirá reportar en tiempo real todo procedimiento o medicina que formulen a sus pacientes y este sistema generará un número para que las Entidades Administradoras de Servicios de Salud realicen los respectivos recobros. El usuario podrá acceder a su procedimiento o medicina de manera inmediata.

Algunos de los requisitos que se le imponen al médico tratante para realizar la prescripción son:

  • Que sean medicamentos o tecnologías aprobadas por el INVIMA o avaladas por evidencias científicas.
  • Que no sean servicios, medicamentos o tecnologías suntuosas o cosméticas.
  • Que se hayan agotado todos los recursos y se haya hecho uso de todas las herramientas dentro del Plan Obligatorio de Salud para manejar la enfermedad.
  • Que no sean medicamentos POS.

Si el médico tratante considera que se debe prescribir algún procedimiento o medicamento que no cumpla con los requisitos expuestos, debe consultar el caso con una junta de profesionales de la salud integrada por 3 médicos inscritos en el Registro de Talento Humano en Salud y estos tomarán la decisión. Sin embargo, en caso de urgencia vital o en la atención a víctimas –según la definición de la Ley 1448 de 2011– el médico tratante podrá hacer la prescripción sin consultar con la junta médica y presentar el caso en máximo 5 días para que esta decida si se continúa con la prestación o se suspende.

Cabe aclarar que la falta de acceso a la plataforma de sistemas no podrá constituir una excusa para no hacer la prescripción de los medicamentos o tratamientos no POS a los pacientes, ya que esta resolución da la opción de hacer la prescripción en un máximo de 48 horas en el sistema, si presenta fallas o utilizar los medios de prescripción disponibles en el momento, adquiriendo la responsabilidad el médico o la Institución Prestadora de Servicios de Salud del envío de la información por la plataforma.

Otro de los beneficios que trae esta nueva regulación corresponde al tiempo que tienen los prestadores de servicios para suministrar los medicamentos o tratamientos no POS que sean formulados. Se dispone que en caso de urgencia, riesgo inminente o atención a víctimas, los responsables del afiliado tendrán un máximo de 24 horas para suministrar lo solicitado, en caso de ser un servicio ambulatorio priorizado contarán con 1 día y para todos los demás servicios ambulatorios tendrán un máximo de 5 días.

Sin duda, esta regulación es un avance en materia de derechos de los usuarios del servicio de salud y en autonomía médica,  ya que los primeros no tendrán que enfrentarse a trámites y requisitos demorados para acceder a tratamientos o medicamentos que podrían salvar o mejorar la calidad de vida, y los segundos podrán brindar tratamientos de calidad, en pro de los pacientes sin que su criterio se vea evaluado por instancias administrativas.

Respuesta del día: 26 de abril de 2016

 

La Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) ha establecido en su artículo 47 el derecho que tienen los consumidores a retractarse de la compra  de bienes y servicios adquiridos por medio de contratos no tradicionales, como las ventas por internet, a distancia, por catálogo, mediante promoción en la calle o en eventos especiales, los tiempos compartidos y servicios turísticos en un plazo no mayor a 5 días hábiles, que se empiezan a contar desde la entrega del producto o la celebración del contrato.

Para materializar este derecho, los consumidores deben informar al vendedor la decisión de retractarse de la compra y hacer la devolución del producto. Si el vendedor se niega a realizar la devolución del dinero o a cancelar el contrato, puede acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio a interponer una demanda, trámite gratuito que puede realizar a través de internet en la página  http://www.sic.gov.co/drupal/introduccion-demandas.

Oportunidades del derecho

 

Depositphotos_55398757_s-2015

La Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso) en su artículo 531 y siguientes establece que toda persona natural no comerciante que tenga 2 o más acreedores a los cuales les adeude en forma vencida por más de 90 días, o que cursen en su contra 2 o más procesos ejecutivos, puede acogerse al procedimiento de insolvencia, que consiste en la negociación de la deudas con los acreedores con ayuda de un conciliador o notario para normalizar el crédito. Este procedimiento es gratuito si se acude a centros de conciliación o a los consultorios jurídicos de las universidades.

Pregunta del día

 

worker and businessmen with clipboard at warehouse

¿Cuánto tiempo puede durar el periodo de prueba en los contratos laborales a término definido e indefinido? (encontrará la respuesta en el siguiente blog)

Sugerencias: [email protected]

Comentarios