La droga, ¿y Colombia?

Publicado el Jorge Colombo*

Index Librorum Prohibitorum

Por más de cuatro siglos la Iglesia Católica administró una lista de libros vedados. Las ideas inmorales o los errores teológicos podrían conducir a los buenos cristianos por un mal camino, o hasta en el peor de los casos llevarlos a la perdición. Por este indice de libros prohibidos pasaron obras como los trabajos de Kepler y de Galileo, el Contrato Social de Rousseau y la Crítica a la Razón Pura de Kant entre muchas otras grandes obras de la sociedad occidental. El Index Librorum Prohibitorum fue abolido el 16 de Junio de 1966 por el Papa Pablo VI. Hacía ya muchas décadas que el Indice no era más que otra excentricidad del Vaticano.

El 30 de Marzo de 1961, en el seno de las Naciones Unidas, se estableció otra lista con fines, métodos e intenciones similares. La Comisión de Estupefacientes de la ONU se encargaría de administrar los tratados que buscarían controlar ciertas sustancias. Sustancias que por su peligrosidad se consideraba que debían estar fuera de nuestro alcance.  Ya no sólo se buscaba proteger la moral de los feligreses, ahora es la libertad y la productividad de la humanidad entera lo que también está en juego [1]. Ambos indices buscan salvarnos de nuestra condena.

Ahora bien, el símil entre el Index Prohibitorum de la Iglesia y el de la Comisión de Estupefacientes no hay que exagerarlo: por un lado, ser expuesto a ideas de grandes pensadores no es menos que benéfico, y por encima de todo, la libertad de expresión es un pilar de nuestra sociedad; por el otro, la exposición a las sustancias en la lista de la Comisión acarrea riesgos reales, y por eso estas han de ser controladas y reguladas.

Lo que el símil quiere sugerir es el carácter histórico de estos dos indices. Hoy por hoy, son muy pocos los que se atreven a decir que los trabajos de Kepler estaban errados o que los escritos de Kant son inmorales. El Indice de libros prohibidos nos sirve para entender el momento en el que fue concebido, o para entender la posición del Vaticano, pero no como guía moral. De la misma forma, los tratados de la Comisión de Estupefacientes se explican mejor como documentos históricos que como  tratados racionales. Los tratados anti-narcóticos muestran muy bien el sentimiento, la angustia, de un mundo que estaba en plena transición. De un mundo que estaba cambiando de colonizado a globalizado, de tradicional a tecno-optimista [2].

Los criterios y mecanismos que explican la lista de drogas prohibidas los consideraremos en otra ocasión. Primero expliquemos como está estructurada la política anti-narcóticos de la ONU. En la base hay tres organizaciones: la Comisión de Estupefacientes, la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes y la Oficina contra las Drogas y el Crimen. La Comisión se encarga de modificar los tratados, de sugerir políticas y de aprobar el presupuesto; la Junta Internacional vela porque los tratados sean respetados; y la Oficina coordinada la implementación de las políticas [3, Apéndice 1]. Los miembros de la Comisión son 53 estados [4] y los de la Junta son 13 personas [5]. Estos miembros se eligen en el Consejo Económico y Social de la ONU. El director ejecutivo de la Oficina es escogido por la Secretaria General de las Naciones Unidas.

Lo que caracteriza el funcionamiento de la política anti-narcóticos es:

1. Los tratados no son «auto-ejecutables»: los tratados deben ser interpretados por cada estado y luego implementados. Se espera que los estados firmantes hagan una interpretación de buena fe pues no hay un texto universal que deba ser incorporado en la legislación de cada firmante.

2. No hay mecanismo para castigar al que no cumpla con sus obligaciones: la Junta puede hacer llamados de atención a los países que no estén cumpliendo. A lo sumo, la Junta puede revocar la licencia de un país para producir opiáceos.

3. Cada modificación de los tratados requiere unanimidad en la Comisión: es suficiente el rechazo de un sólo miembro para descartar un cambio. Se debe saber que dentro de la comisión hay una alianza bastante peculiar [6, Apéndice 1] que se encarga de hundir cualquier modificación.

La pregunta es: ¿Y cual es el papel de la Organización Mundial de la Salud (OMS)? pues en teoría, al igual que cualquier miembro de la Comisión, la OMS puede proponer modificaciones a los tratados (que igual poco importan gracias a la alianza que existe dentro de la Comisión). En la siguiente entrada explicaré como queda todo esto cuando le agregamos los intereses políticos.

Referencias

[1]: J. Colombo, Los valores morales de la guerra contra las drogas, La droga, ¿y Colombia?, 4 de Abril de 2010.

[2]: J. Colombo, Una posición racional frente al problema de las drogas, La droga, ¿y Colombia?, 12 de Abril de 2010.

[3]: After the War on Drugs: Blueprint for Regulation, Transform Drug Policy Foundation (TDPF), 2009.

[4]: CND Membership, página oficial de la Comisión de Estupefacientes.

[5]: INCB Membership, página oficial de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes.

[6]: TDPF op.cit. Entre los miembros de la alianza están los Estados Unidos, Japón, Rusia, Suecia y la mayoría de los países árabes.

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