Detrás de Interbolsa

Publicado el Alberto Donadio

ACCION DE GRUPO – ULTIMO COMUNICADO

Este es el comunicado #10 recibido por los clientes de Premium que dieron poder al abogado Juan Diego Vélez de Medellín para iniciar la acción de grupo: ————-
COMUNICADO DIEZ

—————
El pasado martes 19, la firma contratada para la valoración de Fabricato S. A. fijó el precio de la acción en un margen que oscila entre $35 y $55. Este es un dato que aporta muy poco a la situación que venimos planteando algunos de los inversionistas de Premium: no solo ignoramos cómo se comportará la acción a partir del 1 de marzo, cuando volverá a ser negociada en bolsa, sino que además la diferencia entre los dos extremos fijados no disminuye la incertidumbre para realizar el “juramento estimatorio” de los perjuicios, de cuya falta de precisión se deriva una sanción onerosa, como lo explicamos en comunicados anteriores.
————-
Para sortear lo anterior, se le presentó un derecho de petición al doctor Nelson Amaya, Gerente de Premium. Estos son algunos apartes de dicho escrito:

Fundamento de la Petición:

El pasado 15 de enero recibí una comunicación suscrita por Usted en la que se me informa que mi inversión en PREMIUM CAPITAL APPRECIATION FUND B.V. se disminuyó en un porcentaje superior al 15%, fundada esta reducción en la valoración de las acciones de la sociedad Interbolsa S.A. y en la provisión de créditos.

Con el fin de poder estimar con un mayor grado de certeza el valor de la pérdida definitiva y poder tomar las medidas contables y tributarias requeridas, así como para entablar las acciones legales que considere oportunas, en ejercicio del derecho fundamental de petición contenido en el artículo 23 de la Constitución Nacional, le solicito que se sirva informar lo siguiente:

————
Petición:

1) ¿Cómo está compuesto en la actualidad el portafolio de Premium Capital Appreciation Fund BV ?

———-
2) ¿En cuánto se valora el portafolio que actualmente tiene Premium Capital Appreciation Fund BV?

——–
3) Teniendo en cuenta la valoración actual de portafolio perteneciente a Premium Capital Appreciation Fund BV, ¿a qué porcentaje asciende la pérdida de los Inversionistas del Fondo?

————–
Igualmente presentamos un Recurso de Insistencia ante la Superintendencia Financiera de Colombia para que nos entregue copia auténtica de la denuncia penal puesta ante la Fiscalía General de la Nación. Transcribimos algunos apartes del texto enviado al Doctor Álvaro Eduardo Atencia Martínez, Director Legal para Intermediarios de Valores y otros Agentes:
——–
Respetado doctor:

———–
El pasado 19 de enero recibí por correo electrónico la comunicación radicada con el número 2013007732-002-000 en la que me niegan la documentación solicitada en ejercicio del Derecho de Petición radicado con el número 2013007732.

———–
En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 21 de la Ley 57 de 1985, me permito interponer Recurso de Insistencia teniendo presente las siguientes razones:

———–
1. Existe una contradicción en el oficio que me remite esa dependencia, toda vez que mientras mi solicitud de refiere a que: “… me envíen por este medio copia de la denuncia penal que ante la Fiscalía General de la Nación presentó en señor Superintendente Financiero de Colombia en el caso de INTERBOLSA S.A.,” la negativa se funda en que la documentación en que se soporta la denuncia penal se encuentra sometida a reserva legal. Una cosa es la denuncia penal y otra muy diferente son los documentos en los que esta se soporta.
————-

2. La denuncia penal presentada por el Superintendente Financiero de Colombia fue dada a conocer por los medios de comunicación, que no se limitaron a informar el hecho, sino que presentaron el facsímil de la misma. Esto es, la denuncia penal cuya copia solicito es ampliamente conocida por todos los interesados en ella, y si solicito copia expedida por la Superintendencia es para cumplir con el requisito de la autenticidad del documento.

————-

3. Si bien el artículo 14 del Decreto 1168 de 1980 establece que la información que obtenga la Comisión Nacional de Valores es confidencial, también establece la disposición que la misma se excepcionará cuando se trate de garantizar la defensa de los intereses de los inversionistas, como sucede en el presente caso.
————

Leyendo la comunicación que motiva este recurso, debo concluir que para el caso de Interbolsa S.A., en el que aparentemente se presentaron serías irregularidades con los dineros allí depositados por los inversionistas (tan graves que dieron lugar a que la Superintendencia los denunciara ante la Fiscalía General de la Nación), la Dependencia a su cargo protege más los intereses de los presuntos responsables de los ilícitos que los intereses de los inversionistas que requieren de toda la información relacionada con el manejo de sus portafolios en aras a lograr la recuperación de la inversión.

———-

La ponderación de estos intereses no merece mayor análisis: por encima de los intereses de quienes presuntamente defraudaron a los particulares, tienen que estar los de estos; y así lo consagra la norma invocada: hoy, en el caso de INTERBOLSA S.A., la obligación del gobierno no puede ser otra que proteger a lo inversionistas posibilitando los medios necesarios para que estos inicien todas las acciones legales tendientes a recuperar no solo su inversión sino también, más importante aun, la confianza en el mercado y en la entidades estatales encargadas de vigilar las operaciones de quienes lo manejan.

————-
En consecuencia, recurro a esta instancia para obtener copia auténtica de la denuncia penal que interpuso el Superintendente Financiero de Colombia ante el Fiscal General de la Nación en el caso e INTERBOLSA S.A., y, más aún, como solicitud aditiva, para obtener copia de los documentos que le sirven de soporte a la misma.

———–
Por último, nos reuniremos con el doctor Sergio Rodríguez Azuero, representante de algunos inversionistas del Fondo, con quien analizaremos las acciones a seguir en el proceso de resarcimiento de perjuicios que estamos adelantando.

———-
Cordialmente,

Juan Carlos Arango

Coordinador Logístico
[email protected]

Comentarios