Detrás de Interbolsa

Publicado el Alberto Donadio

ALGO DE HUMOR (Segunda parte)

Código de Etica y Conducta de Interbolsa SAI, la administradora de las carteras colectivas:

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Los destinatarios de este Código deben actuar con integridad, la cual se relaciona con
principios éticos que incluyen la confianza, honestidad, transparencia en los negocios, respeto
por los demás, apertura y sinceridad en las comunicaciones y la ejecución de todas las
acciones comerciales y personales bajo estándares de la más alta calificación
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La defensa y protección de los derechos del Consumidor Financiero es una prioridad dentro de
InterBolsa SAI. Cada uno de los empleados de la sociedad administradora, así como sus
directivos y colabores velará, en todo momento, por la defensa y protección de los derechos
del consumidor financiero
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La transparencia y oportunidad en la revelación de información se aplicará no sólo
frente a los inversionistas de las carteras colectivas administradas por InterBolsa SAI, sino
también frente al público en general
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Los empleados, administradores y accionistas de InterBolsa SAI están obligados a:
a. Actuar de buena fe, con lealtad, diligencia y cuidado y bajo estricta legalidad.
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los destinatarios del presente Código deben revelar a los
clientes, y al público en general, con total claridad y transparencia la información necesaria en
relación con los productos y negocios ofrecidos por la sociedad, incluyendo, como mínimo: i)
las características técnicas del producto, ii) los costos y comisiones de las operaciones; iii) las
particularidades de la rentabilidad y; iv) los riesgos inherentes a las inversiones en las carteras
colectivas administradas por la sociedad.
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InterBolsa SAI administrará sus carteras
colectivas dando prevalencia a los intereses de los inversionistas sobre cualquier otro interés,
incluyendo los de la sociedad administradora; sus accionistas; sus administradores; sus
funcionarios; sus filiales o subsidiarias, su matriz o las filiales o subsidiarias de ésta. En
consecuencia, los empleados y administradores de InterBolsa SAI, en el desempeño de sus
labores, deberán anteponer los intereses de los inversionistas frente a cualquier otro interés.
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los destinatarios de este Código deberán velar por la adecuada
prevención, gestión y revelación de los conflictos de interés, que se presenten en la
administración de las carteras colectivas

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Conflictos de interés en la gestión de administración de carteras colectivas.
Se entenderán como situaciones generadoras de conflictos de interés, en la gestión de
administración de carteras colectivas, entre otras:
c. La inversión directa o indirecta de los recursos de la cartera colectiva en valores cuyo
emisor, avalista, aceptante, garante u originador de una titularización sea la matriz, las
subordinadas de esta o las subordinadas de la sociedad administradora. Esta inversión sólo
podrá efectuarse a través de sistemas de negociación de valores debidamente autorizados
por la Superintendencia Financiera de Colombia.

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Anteponer la observancia de los principios éticos al logro de las metas comerciales

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