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«Operación E»: ¿Sí o no?

clara y emmanuel

Una de las utilidades de la ficción consiste en que podemos hablar de la vida íntima de un personaje imaginario sin vulnerar la sensibilidad de nadie puesto que ese personaje solamente existe en el mundo irreal de las ideas y no puede ofenderse ni sentirse vulnerado. Cervantes tenía todo el derecho a decir que Alonso Quijano era loco; tal vez no habría tenido el mismo derecho a escribir lo mismo sobre Lope de Vega. Una de las dificultades, e incluso de los límites, de la no ficción (reportaje, crónica, novela no ficticia, biografía de personas vivas, películas inspiradas en hechos reales) consiste en que no sabemos hasta qué punto tenemos derecho a revelar asuntos privados de personas existentes. Cuando alguien comete un hecho monstruoso -por ejemplo secuestrar a una niña, golpearla y violarla- no tengo duda de que el violador pierde el derecho a su intimidad: puedo contar el oprobio y revelar la identidad del delincuente. Lo que es más dudoso es si tengo derecho a revelar la identidad de la niña, los detalles de su padecimiento, y las circunstancias de su vida anterior a la violación, durante la misma y después de ella, si la niña sobrevivió a los hechos.

Vamos a suponer que esa niña, al ser la hija de una famosa actriz de televisión, se convirtió en un caso público, pues se la buscó durante horas y al fin apareció maltratada y violada. Al haberse vuelto público su caso ¿pierde la niña el derecho a su intimidad y cualquiera puede hacer una novela o una película sobre ella o inspirada en ella? ¿Tiene derecho un tercero a enriquecerse gracias a la “recreación artística” de la historia de su tragedia? ¿Puede la madre de la víctima reservarse el derecho exclusivo a hacer un dramatizado de televisión sobre el caso de su hija? (En esta última pregunta la palabra clave es el adjetivo “exclusivo”.)
Una gran paradoja de los “derechos de autor” es que uno es dueño de sus obras, pero no de sus actos ni de su vida. Es curioso, pero yo no podría hacer una película inspirada en una novela de Santiago Gamboa, pues me lo prohibirían leyes de derechos de autor y seguramente el escritor me demandaría por violación de esos derechos si yo me atreviera a hacer la película “El síndrome de Patroclo” inspirada en su Síndrome de Ulises. Sin embargo ninguna ley me prohíbe hacer una película sobre la vida y los actos de la persona Santiago Gamboa. Yo podría escribir un guión titulado “Las andanzas de S”, y decir que está inspirado en la vida de un escritor que vive en Roma, que tiene un hijo llamado Alejandro y una esposa de nombre Ana. Tal vez yo tenga el derecho legal a traicionar la amistad y revelar detalles de la vida privada de Santiago, pero dudo mucho que tenga el derecho ético de hacerlo. Y si al mezclar realidad con ficción digo que ese personaje es -qué sé yo- consumidor de heroína, podría alegar que no lo estoy difamando puesto que la parte de la droga es inventada. Alguna vez me encontré ante una situación parecida: quise escribir la biografía del pintor Fernando Botero y al averiguar todo lo que pude sobre su vida me di cuenta de que si escribía ese libro estaría ante una disyuntiva insoluble: o ser mal biógrafo (al no contar todo lo que sabía sobre él) o ser mala persona (al revelar secretos de su vida íntima). Opté por no ser ni lo uno ni lo otro.

Hace un año terminé una novela que se inspiraba en la vida de mi ex suegro, el padre de mi primera esposa, ya fallecido. Al ser una novela que revelaba cosas de la vida privada de un muerto, yo no estaba vulnerando ningún derecho a la intimidad (creo que los muertos ya no conservan ese derecho), pero su ex esposa -mi ex suegra, felizmente viva- me dijo que no estaba para nada de acuerdo en que partes de su vida fueran ventiladas por mí en un libro, así su nombre y muchas de sus circunstancias fueran muy distintas en la novela a como fueron en la vida real. Yo sé que legalmente yo tenía derecho a publicar esa novela (su título es Antepasados futuros) y que en la eventualidad de un pleito yo podía salir airoso, pero resolví también en este caso guardar la novela en mi baúl de borradores y libros inéditos, para que mis hijos hagan con ella lo que quieran cuando yo me muera. No siempre me he portado así. Otras veces, lo reconozco, he sido infidente con mis parientes, amigos y conocidos, en poemas, artículos y obras de ficción o de no ficción. Lo cual siempre ha significado y significa para mí un difícil dilema interior.

Con relación a la película “Operación E”, basada en la historia de Emmanuel y Clara Rojas, y en particular basada en un periodo de su vida, los seis meses que el niño pasó al cuidado de un raspachín del Caguán, José Crisanto Gómez Tovar, y su familia. En la polémica y en el pleito legal desatado por la película se enfrentan varios derechos fundamentales: por un lado, el derecho a la libertad artística y de expresión, y el derecho del público colombiano a ver una película, y por el otro lado el derecho de un niño al libre desarrollo de su personalidad, a su intimidad y a que no se explote su historia con fines económicos. No tengo al respecto una postura definida, y por eso mismo me parecen superficiales quienes dicen que el problema se resuelve muy fácilmente a favor de una de las dos posiciones. Creo que el caso es muy difícil de dirimir tanto ética como jurídicamente.

No creo que lo que se discuta aquí sea el enfrentamiento entre dos verdades o dos interpretaciones de la historia, como se lo ha querido presentar. Al parecer la película -que no hemos visto- defiende la tesis de que el campesino fue una víctima más de la guerrilla, pues se vio obligado a cuidar un niño ajeno; Clara Rojas afirma que no se sabe si este campesino fue víctima o cómplice de las Farc (de hecho estuvo preso cuatro años y fue liberado hace poco por falta de pruebas), es decir, si estaba cuidando al niño o contribuyendo a su secuestro. Cuando Bienestar Familiar le quitó a Emmanuel a quien decía ser su abuelo, había señales claras de maltrato infantil, y el niño estuvo seis meses en manos de la familia Gómez Tovar.

Pero insisto en que establecer esa verdad no es lo fundamental aquí, pues es cierto que se pueden alegar circunstancias o testimonios que avalen cualquiera de las dos versiones. El problema es otro: el problema es que los productores aceptaron pagarle al campesino por su historia pues la película (así dijo por radio Farruco Castromán, uno de los productores) “vulneraba su intimidad”. Si se le pagó a José Crisanto Gómez Tovar por esta vulneración de sus derechos, no entiende uno cómo se le pueda negar, como mínimo, también una retribución económica el otro protagonista de la historia, el niño, cuyos intereses en este caso defiende su madre legítimamente.

Se critica a Clara Rojas por querer lucrarse de su historia y por los planes que tiene de hacer ella también una película basada en su experiencia. Ella padeció seis años de secuestro en la selva; tuvo allí mismo un niño por cesárea y estuvo a punto de perder la vida; el niño nació con una lesión y le fue arrebatado. Todo esto lo cuenta ella en un libro, Cautiva, que no dudo que los guionistas de “Operación E” habrán leído para documentarse. Seguramente ella no es la dueña exclusiva de su historia, de su vida, ni de la historia de su hijo, Emmanuel, pero sí es claro que la Constitución colombiana tutela los derechos de los niños con un énfasis incluso excesivo. En el artículo 44 se dice, entre otras cosas, lo siguiente: “[Los niños] serán protegidos contra toda forma (…) de explotación económica.” Y, más adelante: “Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.” Es posible que este artículo no nos guste, por exagerado, pero existe. Y creo que para un juez sería difícil no aplicar esta norma constitucional que parece situar los derechos de los niños incluso por encima de los derechos de la libertad de expresión.

Esto no me deja sin perplejidades. Casi todos los libros y casi todas las películas tienen niños entre sus personajes. ¿Entonces será imposible hacer obras de no ficción sobre niños? ¿Pueden los niños autorizar a que se escriban o filmen historias sobre ellos? Ya sé que “Operación E” no se presenta como un documental, sino como una obra de ficción. Pero también sé que no estaríamos hablando de todo esto si no fuera evidente que la inspiración de la película es un niño real y un niño vivo, Emmanuel Rojas, que tiene derecho a que él (o su madre, mientras sea menor) sea quien decida qué se cuenta sobre él, y a que su vida privada no sea exhibida a los cuatro vientos.

No sé quién tenga la razón en este debate. Los argumentos de los autores y productores de la película han sido defendidos inteligentemente por Santiago Gamboa en este par de artículos publicados en El Espectador: [Operación E y Clara Rojas y la libertad del arte]. Lo que sí sé es que la cosa no se decide tan fácilmente a favor de los derechos o intereses de ninguna de las dos partes. Yo por mi parte me declaro feliz de no ser el juez que tiene que decidir en un asunto que difícilmente podrá tutelar por igual los derechos de todo el mundo. No veo una solución salomónica que deje a todos contentos.

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