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Publicado el www.redjurista.com

Superindustria suspende comercialización de punteros láser azul y abre investigación

Laser pointer

Con la intensión de evitar daños severos en jóvenes y niños, la Superintendencia de Industria y Comercio ordena la suspensión de producción, distribución y comercialización de los Punteros Láser 303 azul con potencia de salida 1.000 mW y todos los punteros láser que tengan potencia de salida mayor a 1 mW (milivatio) para llevar a cabo la investigación pertinente que determine su posible riesgo para la salud de los colombianos.

La Red Nacional de Consumo Seguro, conformada en el 2015, por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –Invima–, la Secretaría Distrital de Gobierno, la Superindustria y demás entidades relacionadas, pretende actuar de manera coordinada frente a productos que afecten o tengan alta posibilidad de afectar la integridad física de los consumidores. Para garantizar un procedimiento efectivo se expidió el Decreto 679 de 2016 que establece el proceso que deben cumplir los miembros de la cadena de producción, distribución y comercialización cuando identifiquen un producto defectuoso. Conforme a esto, es responsabilidad de dichas entidades comunicar cualquier anomalía que se presenten en algún producto.

La Superintendencia de Industria y Comercio recibió un informe realizado por la Alcaldía de Medellín, en el que se exponía un accidente ocasionado con un puntero láser, que tenía como descripción “viene de diferentes colores y tiene potencial de explotar globos (bombas) y encender cigarrillos, etc.”, el cual terminó afectando a una persona de 19 años que presentó hemorragia en la retina y tuvo que someterse a una intervención quirúrgica. El láser que causó este daño es denominado Puntero Láser 303 azul con potencia de salida de 1.000 mW 3. Por lo anterior y considerando la alerta emitida por los miembros de la Red Nacional de Consumo Seguro, esta entidad decidió realizar una búsqueda en los portales de comercio electrónico para identificar a los que intervienen en la cadena de producción y distribución encontrando que dicho producto se comercializaba a través de las plataformas mercado libre y OLX.

Los punteros láser 303 azul tienen una luz ultravioleta que pueden ser usados para quemar bolsas de plástico, explotar globos, cortar cinta adhesiva y generalmente se recomienda su uso con gafas láser y se utilizan en sectores como la industria, medicina, topografía, astronomía y la tecnología militar.

Aunque el Ministerio de Salud ya había tomado acciones al respecto con el desarrollo de programas de promoción y prevención, emitiendo alertas sobre el peligro de punteros láser, advirtiendo que dichos productos no pueden considerarse juguetes ya que pueden afectar la salud de los niños, era necesario tomar medidas de fondo para evitar la venta libre de los punteros láser, para lo que se decidió abrir una investigación formal y preventiva.

La suspensión, emitida en la Resolución 33767 de 2016 de la Superindustria, tendrá un periodo de 60 días hábiles, contados desde el pasado 2 de junio, que deberá cumplirse por todos aquellos que intervengan en el mercado colombiano en calidad de importadores, fabricantes, distribuidores o comerciantes. Si esta no se cumple podrá acarrear multas de hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Es importante resaltar que esta medida no prohíbe el comercio de todos los productos láser, solo aquellos que cumplan con las características descritas.

Los accidentes que se han venido presentando con productos como estos deben evitarse no solo por parte de las entidades responsables, advertir a los consumidores en general de los peligros del mal uso de algunos productos y el seguimiento de padres de familia en la compra de objetos por parte de sus hijos evita daños mayores y aumento de accidentes de este tipo, siendo esta una responsabilidad conjunta. Por supuesto es de reconocer la labor de la Superindustria en los últimos años, que ha intensificado la vigilancia a productos engañosos o que puedan afectar a las personas, pero es labor de los ciudadanos identificar los objetos potencialmente riesgosos y hacer el respectivo reporte.

Respuesta de día: 20 de junio de 2016

 

Según lo establecido en el Decreto 1319 de 1998, para que una entidad religiosa no católica pueda obtener el reconocimiento de personería jurídica deberá reunir los documentos y actas de constitución, designación, estatutos y reglamentos internos y presentarlos en la dirección de gestión del Ministerio del Interior.

Luego de 60 días hábiles, MinInterior  expedirá el documento de reconocimiento de personería jurídica especial a entidades religiosas no cobijadas por el Concordato (no Católicas).

Oportunidades del Derecho

 

Radio host mixing

Dentro de la Política para el fortalecimiento del servicio comunitario de radiodifusión  sonora, el Ministerio de Tecnologías de la Información y de las Telecomunicaciones ha capacitado a más de 4.500 personas encargadas de las radios comunitarias de todo el país bajo el programa de apoyo a radiodifusoras de interés público.

Adicionalmente se encarga de fortalecer radios web, blogs, tutoriales, textos y galerías de imágenes  en internet que sean de interés público y que sean de desarrollo comunitario mediante cursos y aportes en recursos monetarios para llevar a cabo proyectos.

Pregunta del día

 

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¿Qué es la Contribución Parafiscal con destino al turismo? (Encontrará la respuesta en el siguiente blog).

Sugerencias: [email protected]

 

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