El Mal Economista

Publicado el El Mal Economista (EME)

Impuestos saludables… ¿para quién?

Uno de los puntos de la reciente reforma tributaria, que mayor revuelo y controversia generó, estaba relacionado con lo que los economistas llaman impuestos saludables. En esta categoría se incluyen todos aquellos tributos cuya motivación principal es promover hábitos o estilos de vida orientados a mantener o mejorar el estado de salud a través de factores modificables, como el consumo de ciertos productos transables.

Fuente: Getty Images
Fuente: Getty Images

Por: Juan Daniel Bustamante

Twitter: @jdbusta7 @elmaleconomista

Facebook: El Mal Economista 

Instagram: @elmaleconomista 

En el caso particular colombiano, la atención de este inédito debate se concentró en el impuesto a las bebidas azucaradas, su efecto negativo sobre los diversos eslabones de la cadena productiva y la intromisión del Estado en la vida privada de sus ciudadanos.

Lo primero que se debe considerar en este tipo de discusión es por qué las bebidas azucaradas y no otros alimentos con mayor contenido calórico. En efecto, estas bebidas aportan muchas menos calorías que una bandeja paisa, unas empanadas o un ajiaco, como folclóricamente se comparaba estos alimentos; sin embargo, más allá de eso, los argumentos para gravar las bebidas azucaradas se pueden resumir en tres:

  • Aunque el contenido calórico por porción es menor, la frecuencia de consumo es mucho mayor. Es usual que una persona consuma dos o tres bebidas azucaradas en un día cotidiano, mientras que un plato como aquellos usados en la comparación son de consumo esporádico.
  • A diferencia de otros alimentos, el consumo de bebidas azucaradas no representa saciedad ni una adecuada ingesta de nutrientes, pero estas sí aportan una suma considerable de calorías debido al azúcar que contienen: son calorías vacías. No nutren, ni llenan (Organización Mundial de la Salud, 2003).
  • Se ha comprobado que la ingesta de bebidas ricas en azúcar reduce el control de apetito, lo que conlleva incremento de peso y mayores riesgos en salud asociados a la obesidad (Organización Mundial de la Salud, 2003).

Ahora bien, ¿qué pasa cuando las comparamos con productos que cumplen las mismas condiciones? La respuesta resumida es que hay que priorizar. ¿Cómo lo hacemos? ¿Cuál es la mejor forma de hacerlo? La respuesta no es una sola, pero una buena aproximación es analizar la composición de la dieta de la población y enfocarse en aquellos alimentos con mayor participación en la ingesta calórica. En 2005, las bebidas azucaradas representaban el 8,5% del valor calórico total diario de los colombianos (ICBF, 2005), siendo el grupo de productos con mayor aporte calórico, y con seguridad, 12 años después, con una mayor oferta y mayor poder adquisitivo de los consumidores, la proporción debe haber aumentado.

Otro elemento para considerar –y es el más recurrente– es la relación entre el consumo de bebidas azucaradas con los factores de riesgo, y posteriores desenlaces en salud. Diversos estudios (National Task Force on the Prevention and Treatment of Obesity, 2000) han probado que el exceso en el consumo de azúcar está asociado con la aparición de enfermedades crónicas no-transmisibles, tales como obesidad y diabetes que, a su vez, se convierten en caldo de cultivo para la presencia de enfermedades cardiovasculares: la principal causa de muerte en el país (DANE, 2016).

La línea causal va de la siguiente manera: el consumo de bebidas azucaradas provoca una mayor ingesta calórica que, a su vez, implica ganancia de peso y aumento en el nivel de glucosa en la sangre, por tanto, está asociada con la obesidad y la diabetes. Estos son factores de riesgo para la aparición de enfermedades cardiovasculares causantes de desenlaces como infartos o trombosis.

Por su parte, las enfermedades cardiovasculares se caracterizan por una dependencia crónica de servicios de salud, debido a que no tienen cura, pero sí tratamiento. Un infartado debe asistir regularmente a controles y demandar una mayor cantidad de servicios de salud que una persona sin este tipo de enfermedades. Esto implica aumentos en el costo de estos pacientes, afectando la estabilidad financiera del sistema de salud de todos los colombianos.

Por este motivo, el debate trasciende la esfera privada de cada persona. Ciertamente, cada uno puede decidir qué consume y en qué cantidad, pero se vuelve un problema de política pública cuando esas decisiones individuales afectan las de otras personas. Por ello, el impuesto funciona como un mecanismo de compensación indirecta y de prevención. Usted puede elegir tomar más bebidas azucaradas, y por ello va a ser un paciente más costoso en el futuro, por lo que se justifica que pague una mayor cuantía por su comportamiento. Además, en condiciones normales, ni usted ni la sociedad en general quiere que alguien padezca una enfermedad crónica: es su salud, y su salud importa. Esto es solo una manera de darle un empujoncito para que cuide de sí mismo y del interés general.

Por otro lado, algunos argumentos que podrían haber sido empleados por los opositores a la medida, se pueden sintetizar en tres. Primero, estudios como el de Fletcher, Frisvold y Tefft (2009) muestran que (en Estados Unidos) los efectos del impuesto a bebidas azucaradas son muy pequeños sobre el índice de masa corporal (IMC): En promedio, un aumento de 1 punto porcentual del impuesto conlleva a una reducción de solo 0.003 puntos del IMC. Como ejemplo, en una persona que mida 1,70 m, 1 p.p. del impuesto provoca una reducción en el peso corporal de 8.7 gramos. Este tipo de resultados hay que tomarlos con cuidado y ser cautelosos a la hora de extrapolar, pues el resultado aplica para Estados Unidos, y se deben tener en cuenta las diferencias culturales.

Como segundo gran argumento está la regresividad de este tipo de impuestos. Un impuesto igual para todas las personas golpea en mayor medida a aquellas de menores ingresos. Una persona con elevados ingresos no le importaría demasiado pagar el gravamen y no cambiaría significativamente su comportamiento, mientras que una persona pobre se lo pensaría dos veces.

Por último, el tercer y más utilizado argumento consistía en los efectos sobre los eslabones de la cadena de producción y comercialización de bebidas azucaradas. La medida se vaticinaba como el desastre para las tiendas de barrio, pero deliberadamente se ignoraron estudios como el de Colchero, Popkin, Rivera y Wen (2016), quienes encuentran que reducciones en la compra de bebidas azucaradas son compensadas por aumentos de otro tipo de bebidas no gravadas, por lo que los efectos sobre los pequeños comerciantes no son del todo claros.

En general, el debate fue pobre y los argumentos técnicos escasearon. La discusión debe ser profunda y no limitarse a intereses privados. Los impuestos saludables tienen múltiples ventajas y limitaciones, pero ciertamente son necesarios, y más aún en un país como el nuestro, con altas y crecientes tasas de obesidad (ICBF, 2005, 2010, 2015) y la inminente transición demográfica, entre otros factores. En vista de que el impuesto no fue aprobado, es clave que el debate trascienda y se aúnen esfuerzos por nuevas políticas saludables, y que, más allá de lo que defina el Congreso, los gobiernos departamentales tomen un rol más activo sobre la salud de su población.

Bibliografía

Colchero, A., Popkin, B., Rivera, J., & Wen, S. (2016). Beverage purchases from stores in Mexico under the excise tax on sugar sweetened beverages: observational study . British Medical Journal, doi: https://doi.org/10.1136/bmj.h6704

Departamento Administrativo Nacional de Estadística. (2016). Estadísticas vitales. Bogotá D.C.: DANE.

Fletcher, J. M., Frisvold, D., & Tefft, N. (2009). Can soft drinks taxes reduce population weight? Contemporary Economic Policy, 28(1), 23-35.

ICBF. (2005, 2010, 2015). Encuesta Nacional de Situación Nutricional en Colombia. Recuperado de: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/ED/GCFI/Ensin%202005.pdf

Ministerio de Salud. (2016). Impuesto a las bebidas azucaradas. Bogotá D.C.: Papeles en Salud.

National Task Force on the Prevention and Treatment of Obesity. (2000). Overweight, obesity, and health risk. Archives of Internal Medicine, 160(7), pp. 898 – 904.

Organización Mundial de la Salud. (2003). Diet, Nutrition and the Prevention of Chronic Diseases. Génova, Italia: OMS.

 

Comentarios