Derecho para todos

Publicado el www.redjurista.com

Luz verde a la siembra y transformación del cannabis con fines medicinales y científicos

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El Consejo Nacional de Estupefacientes –CNE– junto con el Ministerio de Salud y Protección Social –MSPS– reglamentaron las condiciones generales de las licencias de posesión de semillas para siembra y cultivo de cannabis, producción y fabricación de derivados, así como los requisitos principales para acceder a ellas, priorizando la seguridad y evitando vínculos entre esta actividad y el narcotráfico.

Las licencias reglamentadas son actos administrativos emitidos por las entidades enunciadas, que requieren que se certifique el cumplimiento de los siguientes requisitos previos:

  • El documento de identificación o la certificación de existencia y representación del solicitante (la fecha de expedición de la certificación no puede ser mayor a 5 días hábiles antes de presentada la solicitud).
  • Cumplir a cabalidad con los protocolos de seguridad y los establecidos en las leyes anti-lavado de activos, de conformidad con las guías contenidas en las resoluciones 04 del 2016 del Consejo Nacional de Estupefacientes y 1816 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social.
  • Los planes de cultivo o transformación del cannabis, que deben certificar que estos son exclusivamente de uso médico o científico.
  • El plan de inversiones, que debe incluir el valor a invertir y describir los programas en materia social que se van a adelantar.
  • Vinculación de trabajadores habitantes de la región. El porcentaje de trabajadores se establece dependiendo del impacto y el tamaño del proyecto a desarrollarse.
  • Pólizas de riesgo que asuman los valores derivados de incumplimientos, responsabilidad civil extracontractual y daños ambientales a la zona del proyecto.

Con el lleno de los requisitos y al recibir la solicitud, la autoridad encargada de emitir la licencia deberá realizar una verificación de antecedentes penales de los solicitantes, ya que es una limitante haber sido condenado por delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes en Colombia o en el extranjero. El plazo que tienen las autoridades para otorgar o negar las licencias es de 30 días hábiles.

Consciente de la necesidad de un mecanismo eficaz que permita hacer las verificaciones pertinentes para evitar procesos fraudulentos o relativos al narcotráfico, la Resolución 7 de 2016 del Consejo Nacional de Estupefacientes creó un mecanismo especial de seguimiento y registro de información de licencias de posesión y siembra de cannabis y producción, fabricación y exportación de derivados.

Estos reglamentos abren el campo laboral en las regiones donde se desarrollarán las iniciativas consecuentes. Además, aceptan y resaltan las características medicinales y científicas del cannabis, desestigmatizando esta planta y aprovechando sus propiedades para el beneficio de la sociedad.

 

Respuesta del día: 20 de mayo de 2016

 

El subsidio de sostenimiento para atender gastos personales relacionados con la asistencia a clases de estudiantes beneficiarios del ICETEX, es un apoyo económico, actualizado por el Acuerdo 13 de 2015, que se otorga a quienes sean adjudicatarios de un crédito educativo en las líneas de pregrado, que además cumplan con las siguientes características:

  • Que estén en la versión III del SISBEN dentro de los puntos de corte establecidos.
  • Beneficiarios de crédito educativo a partir del primer semestre de 2011 que cumplan con los puntos establecidos de la siguiente manera: 1. Ciudades principales: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cúcuta, Bucaramanga, Cartagena, Ibagué, Pereira, Villavicencio, Pasto, Monterías, Manizales y Santa Marta. Con un puntaje máximo de 54.00. 2. Demás zonas urbanas, zona rural dispersa de las ciudades principales y centros poblados. Con un puntaje máximo de 52.72. 3. Rural. Con un puntaje máximo de 34.79.
  • Beneficiarios de crédito educativo, línea pregrado, modalidad ACCES y CERES, identificados por un instrumento diferente al SISBEN para poblaciones víctimas del conflicto armado, Indígenas, Red Unidos y Reintegradas.

Los beneficiarios del crédito de sostenimiento y los beneficiarios del crédito para curso de suboficial, patrullero o curso de oficial no tendrán acceso al subsidio de sostenimiento ni condonación de crédito, ya que estos reciben un subsidio del 25% sobre el valor del mismo.

El pago del subsidio se realiza mediante una tarjeta débito recargable, en un solo desembolso, por semestre, por un valor de $707.409, tarifa que se ajusta cada año con el Índice de Precios al Consumidor. Una vez notificado, el estudiante beneficiario tiene 4 meses para reclamarlo y activarlo.

La tarjeta recargable será una Visa Débito Electrón de uso nacional e internacional, sin cuota de manejo. La clave no podrá ser modificada, necesita montos mínimos de permanencia en la tarjeta y solo permite abonos realizados por el ICETEX.

Finalmente, a los beneficiarios de crédito educativo adjudicados a partir del segundo semestre de 2015 se les condonará el 25% del capital prestado cuando se gradúen, si se encuentran registrados en la base de datos del SISBEN III.

 

Oportunidades del Derecho

 

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El Servicio Público de Empleo es un sistema reglamentado mediante el Decreto 722 de 2013 que tiene dentro de sus funciones principales ayudar a los ciudadanos  a acceder al mercado de trabajo de la manera más conveniente, y prestar asesoría a los empleadores para llevar a cabo procesos de incorporación de trabajadores competentes que cumplan con las necesidades de las empresas.

Este servicio es prestado por las Cajas de Compensación Familiar y el Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA–, entidades que se encargan de gestionar y celebrar convenios con empresas públicas y privadas, para capacitar a los empleados y ofrecer más plazas de trabajo.

Pregunta del día

 

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¿Cuáles son los derechos de los arrendatarios a la hora de finalizar un contrato de arrendamiento? (Encontrará la respuesta en el siguiente blog).

 

Sugerencias: [email protected]

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