Cosmopolita

Publicado el Juan Gabriel Gomez Albarello

Insisto en que el BCSC cambie su posición y tramite mi giro a WikiLeaks

El día de hoy le envié al doctor Jairo Mauricio Camelo Aragón, coordinador de la Unidad de Atención de Reclamos del BCSC, la carta que publico a continuación. En la carta le solicito al doctor Camelo que tramite mi petición de que el BCSC revise y modifique su posición en relación con el giro que quiero hacerle a WikiLeaks. En la carta ratifico lo que había expresado en la entrada anterior de este blog y doy razones adicionales para que el BCSC cambie su decisión. También explico por qué he decidido hacer pública esta comunicación. En la carta también afirmo que espero que de este proceso salga fortalecida la posición del público y la de la banca. Ser un crítico de la posición que ha tomado el BCSC es una cosa; querer que se acaben los bancos es otra. Colombia necesita una banca fuerte para desarrollarse social y económicamente. ¿Qué clase de banca es esa? Pues la que le infunda confianza y sirva al público, todo lo cual refuerza la necesidad de hacer público este debate. Y, por supuesto, nosotros, el público, también necesitamos de WikiLeaks.

Esta es la carta:

Doctor Jairo Mauricio Camelo Aragón
Coordinador Unidad de Atención de Reclamos
BCSC (Banca Caja Social-Colmena)

Doctor Camelo Aragón,

el día 17 de enero del presente año recibí una comunicación de la doctora María Victoria Moreno Jaramillo, Defensora del Consumidor Financiero BCSC, en la cual daba respuesta a la inconformidad que le manifesté respecto de la respuesta que recibí del BCSC de no tramitar una transferencia de fondos a título de donación a una cuenta de WikiLeaks.

De acuerdo con lo que entiendo de esa respuesta, la persona a quien debo dirigirme es usted puesto que la señora Defensora, de acuerdo con el artículo 14 literal f) de la ley 1328 de 2009, carece de competencia para resolver asuntos relativos a decisiones acerca de la prestación de un servicio o producto. Por lo tanto, a usted amablemente le solicito que tramite ante las instancias relevantes mi queja y haga oír mi pedido de que el Banco reconsidere la posición que ha tomado en este asunto. De esa reconsideración espero que finalmente el BCSC se decida a tramitar el giro que quiero hacerle a esa organización .

Puesto que la respuesta de la señora Defensora Moreno Jaramillo es bastante clara en relación con el fundamento que le asiste al Banco para haber tomado la decisión que me fue comunicada en carta de fecha 11 de los corrientes, me referiré sumariamente a sus consideraciones para luego argumentar por qué considero inapropiado e injusto que el Banco BCSC se haya negado a tramitar el mencionado giro. Como se lo expresé a la señora Defensora, creo que mi derecho a la libertad personal está siendo vulnerado de manera grave. Creo también que hay una violación a mi derecho a recibir un trato igualitario y no discriminativo. Creo además que el Banco ha apreciado erradamente las circunstancias objetivas que invoca para justificar la decisión tomada en mi caso.

La señora Defensora hizo alusión al criterio expresado por la Superintendencia Financiera con respecto a la autonomía que tienen las entidades financieras para “escoger sus clientes y decidir si celebran o no determinado negocio.” A renglón seguido, la señora Defensora aclara que esa autonomía es, sin embargo, limitada puesto que, como lo ha establecido la Corte Constitucional, su ejercicio debe ser “razonable, proporcional, adecuada a los fines que persigue, sin comprometer los derechos constitucionales de los usuarios del sistema financiero y/o principios fundamentales de mayor entidad.” A la luz de este criterio se comprende que la Superintendencia Financiera haya establecido en una Circular Externa del año 2005 que cuando una entidad bancaria se niegue a prestar un servicio “debe invocar criterios objetivos y razonables que justifiquen su negativa, derivados de la evaluación de las condiciones y los riesgos inherentes a las operaciones que se realicen o se realizarían con cada consumidor.”

La ley 1328 de 2009 reafirmó lo establecido en la mencionada circular. En su artículo 3o. literal b) la citada ley dispone que cuando una entidad se niegue a prestar un servicio esa negativa “deberá fundamentarse en causas objetivas y no podrá establecerse tratamiento diferente injustificado a los consumidores financieros.” Puesto que la respuesta que recibí alude a un “riesgo de carácter reputacional” para el Banco, la señora Defensora concluyó que el BCSC obró de conformidad con lo que establece la ley, la jurisprudencia y la circular de la Superintendencia Financiera.

Yo discrepo de la conclusión de la señora Defensora porque no creo que una referencia a factores ajenos al control del BCSC, esto es, objetivos, sea suficiente para justificar la denegación de un servicio. Si he entendido bien lo que la señora Defensora ha indicado en su respuesta, la autonomía del Banco no es absoluta. Está limitada por varios criterios que deben regir su actividad. El Banco puede equivocarse en relación con la manera como da aplicación a esos criterios en un caso concreto. De manera análoga a lo que sucede en otros ámbitos del derecho como el admnistrativo o el constitucional, quien aplica principios y reglas a un caso puede incurrir en un error manifiesto de apreciación. El Banco pudo haber extraído una conclusión equivocada de la apreciación de las circunstancias de este caso. Además, pudo haber errado al no sopesar adecuadamente los intereses del Banco con respecto a los derechos de su cliente, en este caso yo.

Es muy probable que la apreciación errónea del Banco provenga de una analogía equivocada entre las consecuencias de la llamada “lista Clinton” y el presente caso. Me explico.

Un componente fundamental de la lucha contra el narcotráfico es la persecusión del lavado de activos. Como parte de las medidas tomadas para combatir este fenómeno, el gobierno de los Estados Unidos profirió una orden ejecutiva en 1995 (la 12978) mediante la cual se estableció que cualquier persona natural o jurídica que hiciera transacciones financieras o negocios comerciales con los carteles de la droga cometía un delito. Esa orden ejecutiva dio lugar a lo que es ampliamente conocido como la “lista Clinton.” Posteriormente, en 1999, el Congreso de los Estados Unidos promulgó la Ley de Designación de Líderes de la Droga Extranjeros (“Foreign Narcotics Kingpin Designation Act”) destinada a cumplir el mismo propósito.

Basado en el hecho de que otras entidades financieras decidieron negarse a realizar transacciones para WikiLeaks y de que el Vicepresidente de ese país ha llamado a Julian Assange “terrorista de alta tecnología”, el BCSC pudo haber creído que se encuentra en una situación similar a la de las entidades que le prestaron servicios financieros a organizaciones de narcotraficantes. En otras palabras, que se vería afectado por medidas que incidirían negativamente en la buena marcha de sus negocios.

La analogía es errónea por varias razones. En primer lugar, hasta ahora, el gobierno de los Estados Unidos no ha emitido ninguna orden ejecutiva respecto de WikiLeaks similar a aquella en la cual se basa la llamada “lista Clinton.”

En segundo lugar, es improbable que esa orden ejecutiva sea emitida en el futuro. La razón es muy simple. Las personas que deberían encabezar esa lista improbable son el director y los periodistas de The New York Times, The Guardian, Der Spiegel, Le Monde y El País, quienes gozan de una reputación intachable. Si el gobierno de los Estados Unidos procediera con WikiLeaks como lo ha hecho con las organizaciones de la droga o con organizaciones ilegales como las guerrillas de las FARC o los paramilitares de las AUC incurriría en un grave error porque estaría poniendo en una misma categoría a una organización que no está implicada actividades ilícitas junto con otras que si lo están. No hay ninguna ley que diga que las filtraciones a la prensa son un delito. Si el gobierno de los Estados Unidos hiciera eso, cometería una abierta violación de la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos relativa a la libertad de expresión. Eso es lo que explica que ese gobierno no haya emitido ninguna orden ejecutiva respecto de WikiLeaks.

En tercer lugar, gobiernos legítimos de varios países han expresado su solidaridad con WikiLeaks e incluso han llegado a postular a Julian Assange como candidato a recibir el Premio Nobel de Paz. En efecto, el 9 de diciembre del año pasado, Luis Ignacio Lula da Silva, a la sazón presidente de la República del Brazil, cuestionó el arresto de Julian Assange y le ofreció públicamente su solidaridad. (Algunos de los medios que publicaron esta noticia son bloomberg.com y BBC News) Por la misma fecha, varios medios reportaron que el presidente de Rusia, Dimitry Medvedev sugirió en Bruselas que le entregaran el Premio Nobel de Paz a Julian Assange, luego de que una fuente del Kremlin indicara que el gobierno ruso había pedido a organizaciones no gubernamentales que nominaran a Assange para ese premio. (El diario israelí Haaretz y The Guardian son algunos de los medios que le dieron cubrimiento a esta noticia) ¿Acaso a alguien se le habría ocurrido hacer una manifestación similar con respecto a Gilberto Rodríguez Orejuela, José Santacruz Londoño o Helmer Herrera Buitrago? Por supuesto que no porque las personas incluidas en la llamada “lista Clinton” no pueden ser en modo alguno puestas en el mismo nivel en el que se encuentran Julian Assange, Kristinn Hranfsson o cualquier otro miembro de WikiLeaks.

Si fuese llamado a invocar un ejemplo en este caso, yo le diría al BCSC que aprendiera la lección que le ha dado al mundo Nueva Zelanda al oponerse a que barcos que transportan armas nucleares atraquen y se estacionen en sus puertos. Respondiendo a un clamor popular, en 1984 el gobierno de ese país le comunicó al gobierno de los Estados Unidos la decisión mencionada. Los Estados Unidos reaccionaron airadamente y renegaron de las obligaciones establecidas en un acuerdo de asistencia militar recíproca del que hacían y todavía hacen parte tanto ese país como Australia y Nueva Zelanda. Sin embargo, no hubo ninguna clase de retaliación comercial que afectara los intereses ni las operaciones de las empresas neo-zelandesas.

En la actualidad, el gobierno de los Estados Unidos considera que la decisión del pueblo y del gobierno neozelandeses no es un motivo para renegar de sus obligaciones de asistencia mutua en caso de agresión. Por el contrario, considera que el apoyo de Nueva Zelanda es crucial para enfrentar muchos de los desafíos relativos al orden y la seguridad internacionales.

Yo tengo la impresión que el BCSC se ha dejado intimidar por la forma como el gobierno de los Estados Unidos y algunos políticos y congresistas se han referido a WikiLeaks y a las filtraciones que ha realizado esta organización. Me parece que, con base en esas referencias, ha recurrido a una analogía errónea, que ha cometido un ostensible error de apreciación de las circunstancias de este caso. A la luz de lo que aquí he argumentado, espero que el Banco revise y modifique su posición. También espero que la referencia a la actitud del pueblo y del gobierno neo-zelandeses inspire al BCSC a seguir un curso de acción distinto al que ha seguido hasta ahora y que, por lo tanto, haga valer los derechos de sus clientes frente a cualquier clase de presión indebida. No creo que los intereses del BCSC se vayan a ver seriamente comprometidos y, por el contrario, creo que insistir en el curso actual entraña una grave vulneración de mis derechos y del estatuto del Banco como entidad comercial que presta servicios al público.

Como ya lo he expresado en otro lugar, no hay ningún fundamento legal para que una entidad financiera como el BCSC se niegue a prestarle servicios a WikiLeaks o a las personas que quieren apoyar su causa. No hay ningún pronunciamento judicial en ningún país del mundo contra WikiLeaks o contra sus miembros en razón de las filtraciones que han realizado hasta ahora. Si no hay ley ni mandato judicial, ni siquiera orden ejecutiva del gobierno de los Estados Unidos, no hay razón alguna para que el BCSC se niegue a realizar la transacción que he solicitado. (Por lo demás, una orden ejecutiva del gobierno de los Estados Unidos, o una ley de ese país, no constituye per se fundamento para la denegación de un servicio. Lo otro sería tanto como aceptar la extraterritorialidad de la legislación estadounidense, esto es, su aplicación más allá de sus fronteras. Otra cosa distinta es que las autoridades colombianas usen la “Lista Clinton” como fuente de información para tomar medidas contra el lavado de activos dentro del marco de la legislación colombiana, tal y como lo hace la Unidad de Información y Análisis Financiero del Ministerio de Hacienda, el equivalente de la Office of Foreign Assets Control del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.)

Le reitero, sin fundamento legal o judicial, la denegación del servicio de giro por parte del BCSC infringe gravemente mi derecho a la libertad personal, al igual trato y a no ser discriminado. En primer lugar, el BCSC obra como si tuviera la potestad para decidir a quién le puedo hacer donaciones y a quien no. El BCSC, con el solo hecho de impedir que haga el giro, ha expresado implícitamente un juicio de reproche, de censura respecto de mi propósito personal. En efecto, lo que implica su decisión es que yo le he pedido que realice una operación cuyo propósito no es loable sino, por el contrario, bastante cuestionable. Ese juicio de valor, sin estar adecuadamente fundamentado, como lo demostré anteriormente, constituye una limitación inapropiada de mi libertad personal. Con respecto a este punto, no es excusa que yo pueda ir a otra entidad financiera a solicitar este servicio. Verme obligado a ir a otra entidad financiera a solicitar lo que me ha sido denegado, sin que haya una razón válida para ello, es poner una carga indebida al ejercicio de mi libertad.

En segundo lugar, si el BCSC tramita giros en un caso y en otro no sin que haya razón legal ni criterio comercial justificable comete, de hecho, la injusticia de discriminar en contra de quienes apoyan a WikiLeaks. Por estas razones, insisto en pedirle que reconsidere su posición y tome cartas en el asunto.

A usted le puede extrañar que haya hecho pública esta comunicación dirigida a usted. Quiero aprovechar la ocasión para expresarle que mi propósito, al hacer pública esta diferencia, no es desacreditar al BCSC. Como lo explicaré más adelante, yo creo que Colombia necesita una banca fuerte que le sirva al público pues esa banca es un requisito indispensable de nuestro desarrollo económico y social. He decidido hacer pública esta controversia porque estos asuntos conciernen al público, son de interés de la opinión nacional porque aquí está en juego, como ya lo he expresado anteriormente, “algo mucho más valioso que mi preferencia personal o que el prestigio del BCSC. Está en juego la libertad de los ciudadanos para decidir qué causas les parecen merecedoras de su apoyo económico, así como la discreción de los funcionarios de un banco para decidir cómo es que ellos le prestan el servicio a sus clientes.”

Es mi intención que, como resultado de esta controversia, la posición del público salga fortalecida y también la de la banca. Al afirmar esto último quiero decir lo siguiente: si el BCSC revisa el criterio de su accionar y decide hacer valer los derechos de sus clientes por encima de cualquier presión indebida que se ejerza en relación con la realización de donaciones a WikiLeaks, el BCSC y, por añadidura toda la banca, gozarán de una renovada confianza de parte del público.

Sin confianza no puede haber crecimiento económico ni siquiera orden social. Esa confianza se expresa en acciones tan elementales como usar un billete para comprar algo o aceptar un billete al venderlo. Fue la confianza la que permitió que la introducción del papel moneda reactivara la economía francesa a comienzos del siglo XVIII. Sin embargo, el abuso del gobierno de entonces, que se dedicó a imprimir sin límite ese papel moneda, erosionó la confianza del público y dio al traste con el proceso de recuperación iniciado con las medidas propuestas por el economista escocés John Law. En la segunda mitad del siglo XIX, un agudo observador de los asuntos financieros, Walter Bagehot, atribuyó a esa desconfianza y al precario desarrollo de la banca la razón por la cual Francia estaba rezagada con respecto a Inglaterra.

Lo mismo sucede aquí en Colombia. La banca goza de una posición dominante y ha abusado de ella. El precio que cobra por sus servicios es exagerado. Lo digo basado en mi propia experiencia, al comparar el costo de los servicios financieros que usé cuando era estudiante de doctorado y luego profesor en los Estados Unidos con el costo de los servicios financieros que he usado una vez que regresé a Colombia. Si la banca rectifica sus errores, si en este caso el BCSC reconsidera su posición y se pone del lado del cliente y tramita mi donación a WikiLeaks, puedo asegurarle que la banca comenzará a ver fortalecida la confianza que en ella deposita el público. Todo esto contribuirá al desarrollo económico y social del país. Desde luego, eso depende de varias acciones, incluida la suya como Coordinador de la Unidad de Atención de Reclamos.

Quiero informarle, finalmente, que voy a publicar un ejemplar ligeramente editado de esta carta en mi blog cosmopolita en elespectador.com con el fin de que el público pueda conocer integralmente los argumentos en los que se basa la petición que le hago al banco BCSC a través suyo. La edición consistirá meramente en reemplazar las notas de pie de página por hipervínculos a las páginas web de medios noticiosos donde fueron publicadas las noticias a las cuales hice referencia en mi argumento.

De usted,

Juan Gabriel Gómez Albarello

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