Derecho para todos

Archivo diciembre 2016

Publicado el www.redjurista.com

Las incompatibilidades de los concejales solo tienen vigencia desde el momento de su elección

Depositphotos_38781591_s-2015  Así lo recordó el Consejo de Estado refiriéndose a una supuesta inhabilidad de un Concejal de Tame, Arauca quien, según el demandante, se encontraba inmerso en la incompatibilidad de la que habla el artículo 45 numeral 5 que prohíbe a los Concejales ser contratistas o empleados de empresas... Ver post completo.