Sí es posible demandar al Estado por falla en el servicio cuando una superintendencia omite sus funciones de supervisión. Lo afirma el abogado Andrés Flórez Villegas de la firma de abogados Esguerra Barrera Arriaga (que dirige el ex-ministro de Justicia y de Defensa Juan Carlos Esguerra Portocarrero) en columna publicada en ambitojuridico.com.————
En el 2009 el Consejo de Estado varió su jurisprudencia y decidió que no es necesario esperar a que termine la liquidación de una entidad intervenida para demandar al Estado, según el abogado Flórez Villegas.————-La intervención de una entidad financiera genera daños materiales e inmateriales y es posible demandar sin tener que esperar para saber cuánto dinero devolverá el liquidador. El daño consiste en que los clientes no podrán contar con su dinero de manera inmediata.————El texto completo de la columna se publicará en la siguiente entrada.
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