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Publicado el www.redjurista.com

El próximo Presidente de Colombia no podrá modificar el Acuerdo de Paz

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La Corte Constitucional declaró exequible el Acto Legislativo 2 de 2017, con el que se buscaba blindar el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, para ello se creó un artículo transitorio en la Constitución Política y así brindarle estabilidad y seguridad jurídica al proceso.

Dentro del Comunicado se resalta que los desarrollos normativos del Acuerdo Final, la interpretación y aplicación deben tener coherencia con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos y los principios de este.

También hizo precisiones respecto a las dudas del ingreso de todo lo acordado a la Constitución, aclarando que en el bloque de constitucionalidad solo ingresan los temas que se relacionen de manera directa con el Derecho Internacional Humanitario o Derechos fundamentales que define la Constitución, garantizándose unas precisas condiciones sustantivas y temporales de estabilidad jurídica. Por lo tanto blindar el Acuerdo Final para la Paz no incurre en vicio de competencia por reforma constitucional.

El Acto legislativo 2 de 2017 específica que durante los próximos 3 gobiernos, se debe respetar el acuerdo de Paz con las FARC, cumpliéndose con lo definido desde las entidades del Estado.

Además consideró importante imponer una labor interpretativa para determinar su lectura conforme a la Constitución y así evitar un desbordamiento de la competencia del Congreso en el ejercicio de su facultad de reforma constitucional.

Proteger el Acuerdo se considera una parte fundamental para cumplir lo negociado con las FARC ya que cumple con todos los criterios exigidos en la Constitución, resaltando que la Paz es un objetivo de primer orden en el modelo de organización política que adopta la Constitución. La Corte también manifiesta que, aunque el Acuerdo Final para la Paz no es la única forma de concretar el valor y el derecho a la paz, si constituye un instrumento en esa dirección.

Ver también en: Corte Constitucional blinda el Acuerdo de Paz por 12 años.

Para mayor información consulte el comunicado aquí: Comunicado Corte Constitucional No 51.: 11 de octubre de 2017.

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