Derecho para todos

Publicado el www.redjurista.com

Por violación grave a los derechos humanos por el homicidio de Jaime Garzón, Consejo de Estado condena al Estado Colombiano

 

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Luego de un análisis juicioso de los hechos que rodearon la muerte del humorista Jaime Garzón en el año de 1999, el Consejo de Estado declaró responsable al Estado Colombiano por lo que consideró, una grave violación de derechos humanos materializada en el asesinato del periodista cuando se encontraba en estado de indefensión.

Adicionalmente las pruebas dieron cuenta de que ese acto fue perpetrado por los paramilitares, con la venia y ayuda de ciertos representantes castrenses de la institucionalidad del Estado. Por esto, la muerte del humorista se configura como una ejecución extrajudicial.

Sentencia 25000-23-26-000-2001-01825-02 (34349) Consejo de Estado – Sección Tercera

*Imagen Jaime Garzón tomada de: http://www.elespectador.com/noticias/judicial/asesinato-de-jaime-garzon-fue-un-crimen-de-estado-fisca-articulo-621261

 

Consejo de Estado ampara la moralidad pública y propende por la conservación de microcuencas en Risaralda

 

Respondiendo a una acción popular, el Consejo de Estado ordenó a la Corporación Autónoma Regional de Risaralda-CARDER cumplir con la ley y empezar a destinar mínimo el 1% de los ingresos de los entes territoriales para la conservación de las áreas de importancia estratégica para el abastecimiento de los acueductos, la adquisición y mantenimiento de los mismos.

La acción promovida por la indebida destinación de los recursos territoriales para proteger el medio ambiente y en especial las microcuencas de las cuales se deriva el recurso hídrico en el departamento de Risaralda dejó además una advertencia a las corporaciones ya que no pueden destinar dineros públicos para fines que no están estipulados en la ley bajo ninguna circunstancia.

Sentencia 66001233100020100034301(AP) Consejo de Estado.

 

 

 

Curiosidades Jurígenas*

 

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Siguiendo con los curiosos y en algunos casos innecesarios Proyectos de ley que se tramitan en el congreso de la república, el congresista Alfredo Ape Cuello Baute propuso que mediante este Proyecto de ley se estableciera el día “Lunes” como el primer día de la semana alegando que podría existir confusión al contar términos judiciales.

Aunque se reconocen normas ISO que establecen que el lunes es el primer día hábil de la semana, este congresista cree que la aplicación del calendario litúrgico en el cual el domingo es el primer día de la semana podría generar confusión en el Estado laico colombiano.

* “JURÍGENO” es un neologismo que ha sido utilizado por algunos escritores como sinónimo de “jurídico”, no tiene connotaciones positivas o negativas. En Redjurista creemos que somos seres jurígenos porque lo jurídico está presente en todos los ámbitos de nuestra vida.

Corpochivor activa plan de contingencia para enfrentar Fenómeno de la Niña

 

La Corporación Autónoma Regional de Chivor adopta el Plan de Contingencia para enfrentar el Fenómeno de la Niña en su jurisdicción, además solicita a las alcaldías municipales que apliquen lo establecido en el plan, activando los protocolos de respuesta de emergencias dentro de su competencia.

Los municipios, adicionalmente, deben enviar los avances en la estructuración de instrumentos y estrategias con las que cuenten para prevenir y mitigar las posibles emergencias que se presenten, dentro del reporte deben estar:

  • Implementación del Plan municipal de gestión de riesgo de desastres y de la estrategia municipal de respuesta a emergencias.
  • Creación del Fondo de gestión del riesgo.
  • Información de convenios o contratos, que se surtan con organismos de socorro.

Finalmente se recuerda a los municipios que deben realizar actividades como:

  • Hacer una limpieza preventiva de alcantarillados, drenajes urbanos y canales de aguas lluvias.
  • Hacer un monitoreo, limpieza y seguimiento de las fuentes hídricas.
  • Verificar y seguir las zonas inestables  o de riesgo que puedan afectar a la población.
  • Tramitar los permisos ambientales necesarios para la ejecución de obras hidráulicas.

Consulte la resolución aquí: RESOLUCIÓN 293 de 2016 CORPOCHIVOR Por medio de la cual se adopta el plan de contingencia para el fenómeno de La Niña 2016-2018.

 

Pregunta del día

 

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¿Qué es el servicio postal de pago?

 

El Servicio postal de pago es el mecanismo mediante el cual se ordenan pagos a personas naturales o jurídicas por cuenta de otras a través de una red postal. Los servicios de pago prestados aprovechan la infraestructura postal para el envío de giros nacionales, el envío puede hacerse en físico o por medio electrónico.

Los operadores de servicios postales de pago deben conformar una estructura de control interno que contenga el manual del sistema de control, el sistema de administración del riesgo de liquidez, el manual del sistema de administración del riesgo operativo y los requerimientos de tipo patrimonial y de mitigación. Los operadores habilitados deben estar inscritos en el registro de operadores postales, aquellos que no estén en dicho registro no están facultados para ejecutar las operaciones respectivas. Si las personas en general quieren verificar los operadores postales disponibles pueden ingresar en la página web: http://registrotic.mintic.gov.co:8099/Consultas/ROP/ROP_Consultas_Ciudadano.aspx o si deseen tener mayor información del proceso de registro podrán consultar la Resolución 3676 de 2013.

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