Derecho para todos

Publicado el www.redjurista.com

Facultades extraordinarias para la Paz

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Luego de 8 meses de intensos debates y discusiones en el Congreso de la República, la Cámara de  Representantes aprobó en último debate el Acto legislativo para la paz con 97 votos a favor y 17 en contra, dando paso a la conciliación del texto con el Senado de la República y la posterior sanción presidencial.

Mediante este acto legislativo se busca, entre otras cosas, otorgar al presidente de la república facultades extraordinarias para expedir únicamente decretos con fuerza de ley que aseguren un marco normativo adecuado para la terminación del conflicto y lo que conlleva un escenario de posconflicto. Esta autorización facultará al mandatario por 180 días luego de la entrada en vigencia del acto legislativo.

Otro aspecto que se discutió y aprobó está relacionado con la sostenibilidad presupuestal de la paz, por lo cual se ordena que dentro de los Planes Nacionales de Desarrollo durante los 20 años se adicionen recursos destinados a dar cumplimiento a las políticas públicas para la paz y  las inversiones de las entidades para llevar a cabo los acuerdos a los que se lleguen en La Habana.

En este acto además se detalla claramente el procedimiento legislativo preferente que surtirán las normas que se expidan para asegurar la implementación del acuerdo final.  Las particularidades son:

  • Los proyectos de ley y actos legislativos serán de trámite preferencial.
  • El tramite será en una sola vuelta con 4 debates, con un rápido tránsito entre cámaras de 8 días y aprobados por mayoría absoluta.
  • Contará con un control automático y único de constitucionalidad que se realizará posterior a la entrada en vigencia, excepto las leyes estatutarias que tendrán un control previo. Para los actos legislativos aplicará el control de constitucionalidad solo por vicios de procedimiento.

Finalmente, por vía constitucional se establecerá que el pacto al que se llegue en los diálogos de La Habana constituirá un Acuerdo Especial que, luego de firmado y tramitado para entrar a regir, hará parte del bloque de constitucionalidad en busca de mayores garantías para la construcción de la paz e impidiendo modificaciones a futuro.

Mediante esta modificación a la Constitución se podrán brindar garantías a los combatientes y a los ciudadanos que verán reflejado en las normas, los acuerdos aprobados en los diálogos y refrendados por la sociedad. Además es una oportunidad que tiene el Estado para demostrar a otros combatientes de grupos armados al margen de la ley su voluntad conciliadora, respetuosa y garantista de los acuerdos en pro de una paz estable y sostenible.

 

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Respuesta del día: 1º de mayo de 2016

 

“Mi Casa ya”  es un programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social. Podrán acceder a dicho programa los hogares que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Tener ingresos totales mensuales al equivalente entre 2 y 4 salarios mínimos legales vigentes.
  • No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
  • No haber sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensación Familiar.
  • No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por el Gobierno Nacional, excepto aquellos que hayan perdido la vivienda al no tener capacidad de pago.
  • No haber sido beneficiarios de cualquier título, coberturas de tasa de interés que se establecieron en los Decretos 1143 de 2009, 1190 de 2012, 701 de 2013 o 161 de 2014.
  • Tener un crédito aprobado para la adquisición de vivienda. Dicho requisito debe acreditarse con una carta de aprobación de crédito, siendo una evaluación crediticia favorable emitida por la entidad de crédito o por el Fondo Nacional de Ahorro.

El subsidio se otorgara según el ingreso de los hogares de la siguiente manera:

  • Hogares que tengan ingresos entre 2 y 3 smmlv. al momento de asignación podrán obtener un subsidio hasta por un monto equivalente a 20 smmlv.
  • Hogares que tengan ingresos superiores a 3 y hasta 4 smmlv. tendrán un subsidio hasta por el monto equivalente a 12 smmlv.

La vigencia de estos subsidios  será de 12 meses contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de asignación.

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Oportunidades del Derecho

 

Mature students studying in a library

El programa Regalías para Educar, regulado mediante el Acuerdo 19 de 2013 de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías –CRSGR–, busca fortalecer la educación otorgando créditos a servidores públicos de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que tengan dentro de sus funciones labores relativas a las regalías en los entes territoriales.

Mediante el crédito los beneficiarios podrán acceder a diplomados, especializaciones y maestrías, de manera presencial, semipresencial o virtual enfocados en temas relativos a la operación del Sistema General de Regalías, la formulación, gerencia o gestión de proyectos de inversión y contratación pública.

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Pregunta del día

 

drivers license

 ¿Cuáles son las causales para la suspensión o cancelación de la licencia de conducción? (Encontrará la respuesta en el siguiente blog).

 

Sugerencias: [email protected]

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