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Real malicia y verdad

La libertad de información es uno de los ejes fundamentales de la democracia liberal. Cuando un ciudadano tiene acceso al libre flujo de información se le brinda la posibilidad de evaluar distintas perspectivas que le permiten tomar decisiones propias y no infundadas.

Lo anterior, le da un papel muy importante y difícil de manejar a los medios de comunicación puesto que deben ser ellos quienes brindan las herramientas que posibilitan un acceso democrático a la información, y al mismo tiempo tienen la obligación de respetar los derechos fundamentales a la honra y el buen nombre. En este punto el Estado entra a regular la libertad de expresión con artículos como el 220 y 221 del Código Penal en donde se tipifican los delitos de injuria y calumnia.

Según dicho Código, comete el delito de injuria: “el que haga a otra persona imputaciones deshonrosas”. Así mismo, una persona es culpable de calumnia cuando “impute falsamente a otro una conducta típica”.

Hace unos días, la columnista y periodista Salud Hernández fue denunciada ante la Fiscalía General de la Nación por supuesta injuria y calumnia en contra del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla Paucar. Esta no es la primera vez que un periodista se ve involucrado en este tipo de denuncias. De hecho, en el transcurso del año, han sido absueltos en investigación por alguno de estos delitos: Alejandro Santos, director de Semana, y Alfredo Molano, periodista y columnista de El Espectador.

Por supuesto, estos no son los únicos casos. Debido a que es muy difícil comprobar la culpa de un periodista en estos delitos, en un gran porcentaje, se archivan o se alargan los procesos. Igualmente, como son delitos definidos ampliamente, los vuelve susceptibles a abusos que posibilitan la violación del derecho a la voluntad de expresión. De este modo, las denuncias se convierten más bien en un mecanismo de coerción que le pone trabas a la libertad de prensa, dando cabida a que muchos medios se autocensuren.    

A pesar de que son comunes los agravios civiles de injuria y calumnia, es problemática su penalización. Es claro que en periodismo para publicar algo es indispensable basarse en hechos comprobables o fuentes confiables. Sin embargo, esto no siempre es fácil  de verificar ya que todo depende de las fuentes a las que se acude. El que un periodista tenga que probar en una sala penal lo que informa, va contra el principio de buena fe frente a hechos de interés público ya que existen múltiples situaciones en las que no se puede constatar con certeza la información que se publica.

Es necesario que se replantee el proceso penal frente a la injuria y calumnia dejando como alternativa acciones civiles, entre ellas la rectificación de la información. En este punto se debe destacar y tener en cuenta la figura de la “real malicia” que mide la intención que tuvo el periodista  a la hora de elaborar la información. Hay que asimilar que debido a la inmediatez que rige los medios de comunicación, la verdad debe ser el principio y aquello a lo que se tiende, sin desconocer que existe un margen de error que no siempre es intencional.

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